TIPOS DE CARTA PORTE

¿Qué es el complemento de carta porte?

Se incorpora al CFDI de tipo Traslado para poder acreditar la posesión de las mercancías, de esta manera se brinda información sobre el origen y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
Los contribuyentes que dan servicios de traslado de mercancías, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con este se puede amparar la legal posesión de las mercancías.

¿Quieres saber acerca del CFDI de Egreso?

Por la entrada de la versión 3.3 de los CFDI, muchas empresas tienen dudas acerca de los CFDI"s de Egreso, así que EdiFact te ayudará a entender el tema. El CFDI de Egreso es un comprobante conocido como Nota de Crédito y ampara las salidas de dinero de la empresa como devoluciones, bonos y descuentos principalmente.

El principal objetivo de un CFDI Egreso es la deducibilidad, pues sirve para restar al CFDI de Ingreso o simplemente para corregirlo y de esta manera, restar los impuestos que estos amparan.

¿Para qué sirve un CFDI de Egreso?
El Comprobante de Egreso sirve en las empresas para poder amparar salidas de dinero que no son justificadas en facturas de gastos, más bien que son descuentos o devoluciones, pero aún así restan a tu ingreso. Dicho fundamento se encuentra establecido en los artículos 25, fracción I y 76, fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), así como en el artículo 29, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).

El objetivo principal de este comprobante es poder llevar a cabo la deducibilidad de los montos amparados bajo los mismos; no obstante, de acuerdo con versión actualizada de comprobantes fiscales (3.3), puede ser utilizado para modificar o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que estos documentan.

Los comprobantes de Egresos son necesario para poder aplicar los CFDI´s de anticipo emitidos por los contribuyentes contra los CFDI´s que amparan el total de la operación, cuando se dio cualquiera de los siguientes supuestos para su expedición:
-Se desconozca o aún no esté determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.
- Se desconozca o aún no se determine ni el bien o el servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.

Con la finalidad de que no se dupliquen los ingresos facturados previamente como anticipos, los mismos deben cancelarse a través de la emisión de un CFDI de Egresos de conformidad con la mecánica ya establecida en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 así como en la guía de llenado de CFDI´s.

Por lo anterior, es de gran importancia verificar que los contribuyentes siempre cumplan de forma correcta con la emisión y recepción de sus comprobantes fiscales.


¿Cuándo se debe de Emitir un CFDI de Egreso?
Debes de aprender en qué momento se debe de emitir un CFDI de Egreso en tu empresa.
Existen distintas razones por la cual se debe de emitir un CFDI de Egreso, ya sea por descuentos en ventas ya facturadas, al momento de anular por completo un CFDI de Ingreso, al devolver mercancías o por la bonificación aplicables a ventas futuras.


¿Cuál es la relación entre CFDI de Egresos e Ingresos?
Es necesario que primero deba de existir una CFDI de ingreso. Los comprobantes deben de tener relación a través del UUID y el catálogo de tipos de relación entre CFDI.

En ese catálogo encontrarás para crear un CFDI Egresos:

01 – Nota de Crédito de los Documentos Relacionados: Es utilizado al momento que se otorga un descuento en una venta.
03 – Devolución de Mercancía sobre Facturas o Traslados Previos: Es utilizado al momento que se acepta devolución de alguna mercancía previamente facturada.
06 – Factura Generada por los Traslados Previos: De igual manera puede utilizarse un CFDI de Ingreso pero es importante que esté relacionado con un CFDI de Traslado.
07 – CFDI por Aplicación de Anticipo: Es utilizado como lo que antes era una nota de crédito, para poder restar a la factura original que requiere un monto completo, no parcial, pero siempre debe de tener relación con el mismo tipo de CFDI.


Llenado Correcto del CFDI de Egreso y sus Claves
La forma de llenar un CFDI de Egreso se modificó desde Septiembre de 2018. Para poder llenarlo de forma correcta se tiene que tomar en cuenta en la creación de un CFDI de Egresos sin importar quien sea el proveedor de CFDI:
- Es necesario crear un CFDI de Egreso por cada comprobante a los que debes de aplicar alguna bonificación,  descuento o devolución.
- Se debe registrar el mismo método de pago del CFDI de Ingreso.
- En dado caso que el CFDI de Ingreso todavía no haya sido pagado, se puede registrar con la clave “15 – Condonación”.
- Es muy importante poner en el NODO, documento relacionado el CFDI “I”
- En la forma de pago, tiene que ser registrada con la clave “PUE” Pago en Una Exhibición.
- Al momento de describir los productos y servicios se tiene que poner la clave “84111506 – Servicios de Facturación”.
- En la clave de la unidad se tiene que registrar con “ACT – Actividad”.


Tipos de Emisión de CFDI de Egresos

1.- EMISIÓN DE CFDI DE TIPO “E” (EGRESO) RELACIONADO A VARIOS COMPROBANTES:
Se debe de emitir el CFDI de egresos por el descuento, devolución o bonificación que represente el valor neto de cada factura, lo que corresponderá al 100%. En este caso se puede emitir un solo CFDI por la sumatoria de los descuentos.

2.- EMISIÓN DE CFDI DE TIPO “E” (EGRESO) RELACIONADO A UN COMPROBANTE:
Se debe de emitir el CFDI de egresos por el descuento, devolución o bonificación a condición de que el Importe del descuento sea menor a cada comprobante de ingresos, no a la suma, sino a por cada comprobante.
Por lo tanto se debe de emitir un CFDI de egresos por cada comprobante y monto total de los descuentos, devoluciones o bonificaciones.

3.- EMISIÓN DE UN CFDI DE TIPO “E” (EGRESO) RELACIONADO A VARIOS COMPROBANTES CON UN IMPORTE MENOR AL CFDI DE TIPO “I” (INGRESO).
Se debe de emitir el CFDI de egresos por el descuento, devolución o bonificación a condición de que el Importe del descuento sea menor al importe de cada uno de los comprobantes, por lo tanto podrá emitir un solo comprobante por la sumatoria del total de los descuentos, devoluciones o bonificaciones que apliquen a cada comprobante de tipo “I” (Ingreso).

Tomando en cuenta los casos anteriores, se deberá:
-Registrar en el Nodo: Un nodo por cada UUID de los comprobantes.
-Registrar en forma de pago, de acuerdo con a las siguientes opciones:

a) Se registra la forma de pago con la que se está realizando el descuento, devolución o bonificación.
b) Si el o los CFDI de Ingreso no se han pagado aún, puede registrarse como forma de pago la clave “15” (Condonación).

Nota: Es importante considerar que el uso de la forma de pago con clave “15” (Condonación) sólo se debe de usar ante la inexistencia de un pago y la necesidad de tener que llenar este campo para poder emitir el CFDI.

-Registrar en la parte de método de pago la clave “PUE” (Pago en una sola exhibición).
-Registrar en el campo Clave del Producto o Servicio, la clave que corresponde de acuerdo a el caso o la clave “84111506” (Servicios de facturación).
-Registrar el uso del CFDI la clave “G02” Devoluciones, descuentos o bonificaciones
-Registrar en el campo Clave de Unidad, la clave que corresponde de acuerdo a el caso, o la clave “ACT” (Actividad)

4.- EMISIÓN DE UN CFDI DE TIPO “E” (EGRESO) RELACIONADO A UN CFDI DE TIPO “I” (INGRESO) A FUTURO.
    A. CFDI de Egresos relacionado a un CFDI de Ingresos:
Cuando se genera un descuento global a futuro, el contribuyente podrá emitir un documento de forma interna en el cual anexe dicho descuento para aplicarlo cuando se realice el ingreso futuro, siempre y cuando primero expedir el CFDI de ingreso y después emitir el CFDI de egresos que ampare el valor del descuento registrado en el documento interno.
    B. CFDI de Egresos emitido sin relacionar a un CFDI de Ingresos:
Cuando se genera un descuento global en un futuro, el contribuyente podrá emitir un CFDI de egreso por el valor del descuento sin tener que relacionarlo, registrando en el campo forma de pago la clave “23” (Novación).

Una vez que se genera el ingreso se debe de emitir el CFDI de ingreso el cual tiene que estar relacionado al CFDI de egreso antes emitido, debiendo registrar en el campo tipo de relación la clave “02” (Nota de débito de los documentos relacionados) y como forma de pago la clave “23”.

¿Quieres saber más del CFDI de Ingreso?

Primero debemos de saber algunas cosas básicas. El CFDI de ingreso es una de las facturas electrónicas más comunes, por lo tanto, es necesario realizarla cuando se adquiere un producto, se brinda un servicio, por el arrendamiento de un inmueble, por honorarios o donativos recibidos. Su objetivo principal es mostrar los ingresos de los contribuyentes a la autoridad.

Todos los contribuyentes sin importar el régimen tienen la obligación de emitir un CFDI de Ingreso si es que se están activos y cumplen con los requisitos. Es un deber facturar a sus clientes o al público en general si los movimientos son en efectivo.


Comprobantes de Ingreso más Comunes
Después de leer acerca de lo que es, deberás de preguntarte ¿Cuáles son los comprobantes más comunes? A continuación te los diremos:

- Donativos
- Enajenación de Bienes o Mercancías
- Recibos de Honorarios
- Arrendamiento
- Prestación de Servicios
- Nota de Cargo



¿Para qué sirve?
Conocer para qué sirve la carta de porte es el primer paso para entender más del alcance de este documento. Este complemento debe de contener la información relacionada a los bienes o mercancías, así como también el origen, puntos intermedios y destino, además deberá de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
Es emitido por la compañía de transporte y vienen en diversas formas y cada una sirve de varias maneras. A continuación te detallamos:

1) Recibo de las mercancías, que evidencia la carga, despacho o entrega a disposición y que indica el estado general de los bienes recibidos.
2) Prueba del contrato de transporte entre el cargador y el porteador.
3) Factura de la compañía de transporte en concepto del importe correspondiente al servicio ofrecido.
4) Sirve como un documento negociable que puede intercambiarse por dinero, siempre y cuando permitiendo que los bienes a que hace referencia se vendan durante el tránsito.
5) Es un documento constituyente de título que representa la propiedad de los bienes y que sólo se da a conocer por la compañía naviera contra la presentación de un documento original firmado.


¿A quién aplica?
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, deberás de emitir un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y amparar el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en carreteras.
Se usa en aquellos casos que se necesitan trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, ya sea por medio de autotransporte federal, por medio marítimo, aérea o ferroviaria. El CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte se debe emitir por quien presta el servicio de transporte cuando haya sido contratado para el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional.


¿Cuáles son los tipos de comprobantes?
Existen 2 tipos de comprobantes, ingreso y traslado:
-Ingreso: Son los que se dedican al servicio de transporte terrestre de carga que circulan por carreteras federales, deben de ser emitidas para poder amparar la prestación del servicio, siempre y cuando incorporando el complemento Carta Porte.
-Traslado: Debe ser emitido por el propietario de los bienes o mercancías que necesita trasladar su mercancía con sus propios medios de transporte.


¿Quién debe de emitir el CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte?
Lo debe de emitir ya se la propietaria o propietario de los bienes o mercancías, cuando estos se trasladan por su cuenta o cuando el intermediario de transporte presta servicios de
logística para poder trasladar los bienes o las mercancías.


¿Quién debe emitir el CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?
Debe emitirse por quien presta el servicio de transporte cuando se contrata para trasladar bienes o mercancías en territorio nacional.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.


¿Cuál es su estructura?
El complemento tiene 195 campos divididos en una sección principal y tres subsecciones; ubicaciones para origen, puntos intermedios y destino, mercancías y medio de transporte.


Fecha de entrada en vigor y disponibilidad

El Complemento Carta Porte entra en vigor el 1 de diciembre de 2021 y es obligatorio transcurridos 30 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia, 1 de enero del 2022.
Ya se encuentra disponible para su uso en ambiente de prueba desde el día 1 de junio de 2021.

 

Carta Porte versión 2.0

La Secretaría de Administración Tributaria (SAT), con fecha 26 de octubre de 2021, publicó la versión 2.0 del complemento de “Carta Porte” a través de su sitio de internet.
A través de esta publicación, el SAT, da a conocer la versión 2.0 de este complemento y resalta que los principales cambios son:

• Incorporación y eliminación de atributos.
• Ajuste en la longitud de algunos atributos del nodo “Autotransporte”.
• Ajustes a la redacción de algunas descripciones.
• Ajustes en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento.
• Adición de validaciones adicionales de acuerdo con la nueva estructura.
• Actualización de los catálogos de uso para este complemento.

Para la incorporación de la versión 2.0 del complemento se debe observar lo siguiente:
• Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional (propietarios de mercancías o, intermediarios o agentes de transportes).
• El complemento Carta Porte 2.0 inicia su vigencia el 1 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo, publicado en la 2a. versión anticipada en relación con el Décimo Primero Transitorio publicado en la 1a. versión anticipada, ambas de la 3a. Resolución de Modificaciones a la RMF vigente.
• Para el registro de datos solicitados en el complemento Carta Porte 2.0, se podrá utilizar lo señalado en la correspondiente guía de acuerdo con el tipo de transporte.

EdiFactMx está llevando a cabo la implementación de esta nueva versión en sus distintas plataformas de timbrado.

Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado

Más información

Facturación para PYMES

Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.

Facturación para empresas

Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.

Facturación para corporativos

Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.

Descarga masiva de XML

Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.

Facturación sectores

Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.

Retenciones fiscales

Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.

Recibos de
nómina

Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.

Contabilidad electrónica

Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.

Validador CFDI

Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.

Norma 035

Identifica los eventos traumáticos severos,
los factores de riesgo psicosocial y laboral en los centros de trabajo.

Complementos

Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.

Addendas

Incluye información adicional para uso específico del solicitante (Emisor o Receptor).

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