Dentro de la Miscelánea Fiscal en la Ley del ISR, fue incorporada un Régimen Simplificado de Confianza mejor conocido como RESICO.
El Régimen simplificado de confianza (RESICO), se crea con el objetivo de reducir las obligaciones fiscales para personas físicas que tienen actividades empresariales. Si aún no sabes de lo que te hablamos, sigue leyendo.
El Sistema de Administración Tributaria mejor conocido por sus siglas SAT, es una institución que forma parte del Gobierno y se hace cargo de que las personas físicas como morales, participen y se encarguen de las obligaciones tributarias y aduaneras.
El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están, de no ser así, se le exigirá que realice el pago por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo. El contribuyente solo cuenta con un periodo de 20 días hábiles para poder desacreditar lo imputado.
Se trata de un nuevo régimen fiscal promovido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuyo fin es simplificar las obligaciones fiscales para personas físicas que tienen actividades empresariales y para personas morales en ciertos casos. Dicho régimen entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022.
El Régimen Simplificado de Confianza, se aplicará a las personas físicas que tengan ingresos de hasta 3.500.000 pesos y a las personas morales con hasta 35.000.000 de pesos.
Aquellas personas físicas que realicen actividad empresarial, servicios profesionales (honorarios) o arrendamiento.
Así mismo, también aplica a personas físicas con características anteriormente mencionadas pero adicionalmente, que perciban ingresos por salarios e interés, con la condición de que la suma de los ingresos no sobrepasen los 3.5 millones de pesos al año.
No califican en este régimen los socios, integrantes de personas morales, accionistas o partes relacionadas y residentes en el extranjero con uno o varios establecimientos en el país.
Igualmente no podrán tributar personas con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes y personas registradas bajo el régimen de asimilables a salarios (consejeros, comisarios, honorarios preponderantes y adquisición de acciones).
Si eres persona física y deseas tributar al Régimen de Confianza, tienes que cumplir con al menos 9 obligaciones para poder tener las tasas bajas de ISR.
Con este régimen, se proporcionan facilidades administrativas con tasas de ISR bajas que van desde el 1 por ciento y 2.5 por ciento.
Se busca exceptuar el pago de dicho impuesto a aquellos contribuyentes siendo personas físicas que solo se dediquen a actividades ganaderas, agrícolas, pesqueras o silvícolas siempre y cuando el monto de los ingresos en el ejercicio fiscal no excedan los 300 mil pesos.
Se podría agregar que la información de los CFDI de manera automática estará en las plataformas del SAT por lo que se facilitará cumplir con las declaraciones tanto provisionales como anuales.
Gracias a este régimen, se eliminará el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) al igual que el de actividades agrícolas, pesqueras, ganaderas o silvícolas. Si es aprobada, los contribuyentes de manera automática pasarán a este régimen.
Este régimen tendrá un esquema de deducción de inversiones pero a corto plazo por lo que la deducciones está sujeto al monto y tipo de bien invertido.
Al igual se permite acumular ingresos y deducciones de las erogaciones con límite de que se perciban y se paguen con el objetivo de abstenerse a los flujos de efectivo.
Se establece con base a los ingresos percibidos por las actividades realizadas en el nuevo régimen y deben aparecer en los CFDI efectivamente cobrados, antes de IVA.
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Monto de ingresos |
Tasa aplicable |
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Hasta 25.000,00 |
1,00% |
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Hasta 50.000,00 |
1,10% |
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Hasta 83.333,33 |
1,50% |
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Hasta 208.333,33 |
2,00% |
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Hasta 3.500.000,00 |
2,50% |
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.