QUE ES PTU SAT

Si eres empleado de una persona física o moral y has laborado por más de 60 días, tienes el derecho de recibir utilidades. Pero ¿Qué tipo de empleado tiene el derecho de percibirlas? y ¿Cuáles empresas están exentas de repartir utilidades?. A continuación te aclaramos estos puntos y te enseñamos cómo se calcula la repartición de utilidades.

 

 

¿Qué es la PTU?

 

 

El Reparto de Utilidades es el derecho constitucional de los empleados de obtener un porcentaje de las ganancias generadas por la empresa o persona física por la actividad realizada o los servicios ofrecidos.

El porcentaje recibido por el empleado es proporcional a los días laborados  y el sueldo que se percibe. Cabe mencionar que el empleado debe por lo menos haber laborado 60 días para ser acreedor de utilidades.

 

 

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

 

 

Es necesario aclarar que ser empleado no asegura que nos corresponda el reparto de utilidades, esto debido al tipo de relación laboral que tenemos con la empresa o el tipo de empresa donde laboramos. A continuación analizaremos el primer escenario.

Los empleados que hayan prestado sus servicio a una empresa o patrón por más de 60 días tendrán derecho a participar en la repartición de utilidades, si tienen alguno de los siguientes perfiles:

  • Trabajador de planta: Empleado que presta permanentemente y por tiempo indefinido sus servicios a una empresa.
  • Trabajadores por obra o tiempo determinado (eventuales): Trabajadores contratados por un periodo determinado de tiempo o por obra, con una duración mayor a 60 días.
  • Trabajadores de confianza: Trabajadores que perciben un salario mayor del 20% correspondiente al trabajador sindicalizado o de base, de mas alto salario. Este tipo de trabajador sólo podrá percibir reparto de utilidades como máximo en un 20% adicional al salario mayor.
  • Trabajadores de confianza no de nivel superior: Trabajadores que no perciben un salario mayor del 20% correspondiente al trabajador sindicalizado o de base, de mas alto salario. Este tipo de trabajador sólo podrá percibir reparto de utilidades como máximo en un 20% adicional a su salario.
  • Madres trabajadoras: Empleadas que estuvieron contratadas o tuvieron una relación laboral durante el periodo pre y postnatable, de igual manera se considera a los empleados que fueron víctimas de un riesgo de trabajo y mantuvieron relación laboral durante la incapacidad.
  • Exempleados: Los empleados que terminaron su relación laboral con la empresa en el tiempo u obra estipulada y laboraron por más de 60 días continua o discontinuamente sobre el ejercicio correspondiente.

 

 

¿Quiénes no tienen derecho a recibir Utilidades?

 

 

  • Trabajadores contratados por honorarios.
  • Directivos.
  • Gerentes.
  • Gerentes generales.
  • Socios.
  • Accionistas.

 

¿Qué empresas exentan el pago de utilidades?

 

 

Ahora analizamos los tipos de empresa que no están obligadas a realizar reparto de utilidades.

  • Las empresas con menos de 1 año de funcionamiento.
  • Quedan exentas de pagar el PTU las empresas que han elaborado un producto nuevo.
  • Empresas mineras de nueva creación durante el periodo de exploración.
  • Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas que no hayan generado utilidades o un ingreso anual declarado para el ISR menor a $300,000.00 pesos.

 

¿Cómo se calcula la PTU?

 

 

La PTU consiste en el 10% de las ganancias totales que haya generado la empresa, en el ejercicio correspondiente del año en curso. Sin embargo, la cantidad de utilidad que le corresponde a cada trabajador dependerá de otros factores, siguiendo estos pasos:

  1. Determinar el 10% de las ganancias totales obtenidas por la empresa.
  2. Dividir el resultado del paso 1 en 2 partes: 50% se reparte con respecto a los días laborados y el otro 50% en proporción al salario total de los trabajadores.
  3. PTU de días Laborados:
    1. Se suman los días trabajados de todos los empleados con derecho a participar.
    2. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de días.
    3. El resultado de la división se multiplica por los días laborados de cada empleado, el resultado es la utilidad por días laborados de cada trabajador.
  4. PTU por Salarios:
    1. Se suman los salarios percibido de cada empleado con derecho a participar.
    2. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de los salarios.
    3. El resultado de la división se multiplica por el salario percibido por cada empleado, el resultado es la utilidad por salario de cada trabajador.
  5. Se suma el PTU por días laborados y por salario para obtener el valor final de las utilidades.
  6. Se aplica la resta de impuestos y el resultado es la utilidad final que percibirá el empleado.

 

¿Cuando se pagan las utilidades?

 

A partir del día en que la empresa, persona moral o física realizó la declaración anual de impuestos tiene 60 días para la repartición de utilidades entre sus empleados. Es decir, para personas morales donde la fecha límite de pago de impuestos es el 31 de marzo, tendrán hasta el 30 de mayo para realizar la repartición de utilidades. En el caso de las personas físicas, la fecha límite es el 29 de junio.

Básicamente esto sería lo más importante respecto al PTU o repartición de utilidades.

 

 

 

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