Por ello la autoridad fiscal exhorta a los millones de contribuyentes a informar al
SAT sobre los depósitos bancarios que reciban y pagar los impuestos correspondientes
a la transacción o de lo contrario y si superas un monto específico, el Servicio
de Administración Tributaria podría buscarte para iniciar una auditoría en tu contra.
De acuerdo con el ARTÍCULO 59 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,
el SAT podrá llamar a quienes reciben o realizan depósitos bancarios
por encima del millón 579 mil pesos, ya que SON INGRESOS POR LOS QUE
SE DEBEN PAGAR CONTRIBUCIONES.
No se aplicará lo anterior, si la persona que recibe dicho monto,
informa con tiempo al SAT sobre los DEPÓSITOS BANCARIOS que le hayan
realizado o haya recibido, cubriendo todos los requisitos que dicho
órgano desconcentrado establece.
Por eso ten mucho cuidado cuando familiares, amigos o socios te hagan
DEPÓSITOS EN EFECTIVO O TRANSFERENCIAS BANCARIAS si no cuentas con
RFC, pues aunque no estás obligado a llevar tu contabilidad cada año
en tu declaración anual, el SAT si puede INVESTIGAR EL ORIGEN DE ESOS
RECURSOS.
Lo recomendable es que guardes tus estados de cuenta, COMPROBANTES DE
DEPÓSITOS BANCARIOS y los COMPROBANTES DE TUS GASTOS, ya que éstos
te ayudarán a ti o a tus familiares o amigos si no cuentan con RFC,
en caso de que el SAT los requiera para aclarar el origen de los
recursos que te fueron depositados.
¿POR QUÉ SAT COMPRUEBA DEPÓSITOS BANCARIOS ARRIBA DEL MILLÓN 579
MIL PESOS EN UN AÑO?
El SAT COMPRUEBA LOS INGRESOS Y LAS ACTIVIDADES DE LOS CONTRIBUYENTES
por las cuales se deben pagar IMPUESTOS. Si existen operaciones en las
que no aparece tu nombre o el nombre de la otra persona que te
deposita, éstas deberán demostrar si las operaciones están
permitidas dentro del CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
El SAT podrá comprobar que el patrimonio de familiares o amigos no
incrementó en un año. Si te depositaron o depositaste por arriba del
MILLÓN 579 MIL PESOS en un año y no cuentas con RFC, pero lo
notificas al SAT, evitarás problemas con la autoridad fiscal.Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.