¿PAGAR IMPUESTOS AL SAT POR LA VENTA DE AUTOS USADOS?
Es una situación común que después de tener un auto durante algunos
años se busque venderlo para poder comprar uno mejor o más nuevo.
Este tipo de transacciones suele realizarse “en lo oscurito”,
mediante un trato apalabrado entre dos particulares, o con agencias
que se dedican a la compraventa de autos usados.
De acuerdo con _Fiscalia_, cuando una persona física vende un
vehículo que no usa para su actividad empresarial, debe determinar la
utilidad en la venta del mismo, sobre la cual calculará el impuesto.
Para determinar la utilidad se restará al ingreso obtenido, el costo
de adquisición.
La nota indica que para determinar la utilidad, tratándose de bienes
muebles distintos de títulos valor y partes sociales, el costo se
disminuirá a razón del 20% tratándose de vehículos de transporte,
por cada año transcurrido entre la fecha de adquisición y la de
enajenación. El costo resultante se actualizará por el periodo
comprendido desde el mes en el que se realizó la adquisición y hasta
el mes inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la venta.
Cuando los años transcurridos sean más de 10, o de 5 en el caso de
vehículos de transporte, se considerará que no hay costo de
adquisición. Esto LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (LEY DEL ISR).
FACILIDAD PARA NO DISMINUIR EL VALOR DEL COSTO
En este contexto, _Fiscalia_ explicó que las personas físicas tienen
la posibilidad de no disminuir el valor del costo en ciertos casos,
cuando se ubiquen en los supuestos de la regla 3.15.2., de la
Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
Esta regla establece que las personas físicas que no tributen en los
capítulos del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
(RAEP) ni en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), y que
enajenen vehículos usados de transporte por los que no hubieran
efectuado la deducción correspondiente, para determinar el costo de
adquisición del vehículo de que se trate, PODRÁN OPTAR POR NO
APLICAR LA DISMINUCIÓN DEL 20% ANUAL, por cada año transcurrido
entre la fecha de adquisición y la de enajenación, ni la
actualización a que se refiere el citado artículo.
Estos enajenantes de los vehículos usados emitirán el comprobante
fiscal correspondiente a través del adquirente del vehículo usado.
Esto en términos de la regla 2.7.3.6.
Además, deberán verificar que las personas físicas que enajenan los
vehículos usados, se encuentren inscritas en el RFC, en caso
contrario, DEBERÁN PROPORCIONAR AL SAT LOS DATOS NECESARIOS PARA LA
INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE DICHAS PERSONAS FÍSICAS. Esto de
conformidad con lo señalado en la regla 2.4.3.
Cabe recordar que EL ARTÍCULO 93 DE LA LEY DEL ISR prevé una
exención para la utilidad obtenida por enajenación de bienes
muebles, consistente en tres veces el salario mínimo general del
área geográfica del contribuyente elevado al año. Por la utilidad
excedente se deberá pagar impuesto.
Por lo anterior, _Fiscalia_ recomendó que quienes tengan planeado
enajenar un auto usado, deben evaluar la aplicación de este
beneficio.
IMPUESTOS QUE HAY QUE PAGAR AL SAT AL VENDER UN CARRO Según establece el Régimen de Enajenación de Bienes , en el que las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta de algún bien inmueble, como lo son los automóviles, las personas tienen la obligación de notificar, en su declaración anual, sus ingresos provenientes de la venta o permuta de propiedad de bienes sin importar si está inscrito en el RFC o no. Así que si obtienes ingresos de este tipo debes declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, debes inscribirte. Por medio de esta declaración y el correspondiente pago del impuesto por la venta, el vendedor evitará multas, recargos o auditorias. CUÁNTO SE DEBE PAGAR POR VENDER UN COCHE En el caso de la venta de autos entre particulares, es importante señalar que entre mayor sea el precio, más porcentaje de impuestos se cobrarán, siendo el 35% la cantidad máxima. Aunque toma en cuenta que el ingreso por el bien usado se considera exento del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre que la diferencia entre el valor de la enajenación y el costo de adquisición no exceda de tres veces la Unidad de Medida Actualizada elevada al año, para el año 2021 es de 32,693 pesos. ¿QUÉ PASA SI NO NOTIFICO AL SAT LA VENTA DE UN AUTO USADO? Notificar la venta de un auto usado es obligatorio, por lo que en caso de no hacerlo puedes ser multado o auditado, además de generar recargos. Si no cumples con tus obligaciones fiscales puedes tener consecuencias más allá de las multas, ya que el SAT puede informar a las instituciones bancarias sobre el incumplimiento de tus pagos, lo que afectará tu historial crediticio e imposibilitará que obtengas un préstamo.
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