LOS IMPUESTOS EN LAS TANDAS
El objetivo de la declaración de ingresos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) es certificar el CUMPLIMIENTO ANUAL DE TUS OBLIGACIONES FISCALES a través de la presentación de declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales, que contenga la información de tus ingresos, deducciones, actos y actividades a través de_ _este portal. La declaración debes presentarla anualmente si cumples con las siguientes condiciones: *Si obtuviste INGRESOS MAYORES A 400 MIL PESOS en el año. *Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos *Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presentara tu declaración anual. *Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. *Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales. *SI OBTUVISTE OTROS INGRESOS ACUMULABLES (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios. También, debes tener en cuenta que cuando los bancos detectan algún DEPÓSITO MAYOR A 15 MIL PESOS, LO NOTIFICAN AL FISCO.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que es totalmente falso que se planee cobrar impuestos por los depósitos bancarios realizados en efectivo, ya sea bajo el concepto de tandas, ventas por catálogo o algún tipo de préstamo personal.
Dicha aclaración se da a conocer debido a que existía una confusión entre los mexicanos, ante la iniciativa del Paquete Económico 2022 de que los bancos entregarán información mensual acerca de los depósitos en efectivo.
Detalló que en caso de “detectar una incongruencia entre los gastos e ingresos”, el SAT podría solicitar la información de los depósitos con el propósito de evitar algún tipo de fraude fiscal. Sin embargo, es importante mencionar que esto se aplicará únicamente en caso de que los contribuyentes se encuentren “bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización, o revisión por parte del SAT”.
"La realidad es que no hay un impuesto a las tandas. Lo cierto es que, si recibes dinero, y el fisco no sabe de dónde salió, para el SAT, tú recibes ingresos, y para el SAT eres una persona que no está pagando sus impuestos, hasta cierto punto es cierto, si te deposito 100 mil pesos y el SAT no sabe de dónde salieron, sabe que los recibiste, y para efectos legales, es un ingreso, y debes de pagar impuestos",
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.