LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN 2022
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), este 7 de junio fue publicado
el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación
y Exportación (LIGIE), que incorpora la séptima enmienda del Sistema Armonizado
de la Organización Mundial de Aduanas (OMA)
Con la nueva LIGIE también se toman en consideración otras medidas regulatorias del país
como lo es lo referente a productos de tabaco y similares, entre otras modificaciones
realizadas a su versión anterior, publicada el 1 de julio de 2020 en el DOF.
También se actualiza la designación de los Números de Identificación Comercial (NICO).
De acuerdo por especialistas del grupo de Práctica de Comercio
Exterior de Sánchez Devanny, su finalidad es eliminar las mercancías
que ya resultan obsoletas y adicionar nuevas, que actualmente se
encuentren en el comercio internacional y no hubieran estado
clasificadas anteriormente.
Dichos cambios resultan relevantes para las empresas ubicadas en
México y que se dedican a generar intercambios comerciales, ya que,
para mantener su negocio, deben asegurarse de que sus mercancías
cumplen con las nuevas disposiciones.
Entre los cambios más relevantes destacan la adaptación a los nuevos
flujos de productos y a los rápidos avances tecnológicos, como en el
caso de impresoras 3D, nuevos productos del tabaco y nicotina
(cigarros electrónicos, vaporizadores, dispositivos de tabaco
calentado), o ciertas mercancías de uso dual, que son aquellos
objetos tangibles e intangibles que pueden destinarse a usos civiles,
militares o a la proliferación, por señalar algunas.
La LIGIE 2022 entrará en vigor a los diez días hábiles siguientes a
aquél en el que el SAT, mediante disposiciones de carácter general,
determine que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio
exterior se encuentran listos para operar conforme a la Nueva LIGIE,
lo cual deberá suceder dentro de los 180 días siguientes a su
publicación.
Por lo tanto, a partir de esta publicación, es importante seguir las
disposiciones posteriores para evitar algún conflicto con las
mercancías que se estén importando o exportando. Aquí los puntos
clave a considerar por parte de las empresas:
• Con la entrada en vigor de dicho Decreto, queda abrogada la LIGIE
vigente publicada en el DOF el 1 de julio de 2020.
• La metodología para la creación y modificación de los números
de identificación comercial (NICOs) deberá publicarse a más tardar
el 27 de junio de 2022.
• Por su parte, la SE deberá publicar en el DOF los NICOs
correspondientes, así como las tablas de correlación de las
fracciones arancelarias actuales con las anteriores y con los NICOs a
más tardar el 17 de julio de 2022.
• Además, la SE en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, deberá publicar a más tardar el 6 de agosto de
2022 las Notas Nacionales, de aplicación obligatoria para la
determinación de la clasificación arancelaria de las mercancías.
• Finalmente, la SE y demás dependencias competentes deberán
publicar a más tardar el 5 de septiembre de 2022 los instrumentos
jurídicos que deban ser actualizados a raíz de la entrada en vigor
de la LIGIE 2022.
Con dichos cambios, las empresas se deben preparar y tomar medidas
preventivas o correctivas, según sea el caso. De igual forma, deben
dar seguimiento a los diversos acuerdos, decretos u otro tipo de
disposiciones que se emitan para dar congruencia a estos cambios en
correlación con diversas disposiciones legales.
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