Primero te hablaremos del IVA, luego del ISR y posteriormente de la Declaración informativa Múltiple (DIM).
El Sistema de Administración Tributaria mejor conocido por sus siglas SAT, es una institución que forma parte del Gobierno y se hace cargo de que las personas físicas como morales, participen y se encarguen de las obligaciones tributarias y aduaneras.
El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están, de no ser así, se le exigirá que realice el pago por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo. El contribuyente solo cuenta con un periodo de 20 días hábiles para poder desacreditar lo imputado.
El Impuesto sobre el Valor Añadido mejor conocido como IVA es un impuesto que se aplica de forma indirecta al consumo, es decir, es un porcentaje que incrementa al precio final de cada artículo y/o servicio que adquirimos o recibimos.
Como puedes saber, en cada compra que realizamos, pagamos el precio del bien que estamos adquiriendo más el porcentaje de impuestos correspondientes.
Seguramente te preguntarás, ¿A dónde se dirigen los impuestos que paga cada mexicano? Pues la respuesta es que estos impuestos se van al Estado para proporcionar los recursos necesarios.
Como mencionamos anteriormente, los impuestos se van al Estado por lo que las personas que venden o prestan sus servicios, no se quedan con el importe de los impuestos, cada 3 meses debe entregar a Hacienda la diferencia entre el impuesto repercutido en las facturas emitidas a sus clientes y el impuesto soportado en las facturas de gastos necesarios para desarrollar su actividad (lo que se conoce como gastos deducible).
Existen 3 tipos de IVA que se aplican al precio de venta:
1. Tipo General: Se refiere que de manera general en todas las operaciones sin importar si son ventas de bienes o se prestan servicios, están bajo el IVA general en donde se aplica el 21%
2. Tipo Reducido: Se aplica el 10% y aplican en algunos casos:
3. Tipo Superreducido: Con este tipo de IVA, se aplica el 4% en operaciones como las ventas de:
Adicionalmente hay casos en los que un artículo o servicio adquirido no llevan el IVA, en ocasiones como la venta de lotería, seguros, los servicios de enseñanza o actividades sanitarias, por mencionar algunos.
Algo característico del IVA en comparación con los demás tributos, es que intervienen 2 personas diferentes:
Al igual hay otros impuestos con ambas cualidades en la misma persona pero no aplica el IVA, impuestos como:
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en donde el contribuyente paga este impuesto y adicionalmente es sujeto pasivo ya que está obligado a presentar la declaración de la renta en plazo.Al no cumplir con dicha obligación, hacienda se dirigirá contra él.
En el impuesto del IVA, el contribuyente es el consumidor final ya que al momento de adquirir algún bien o servicio, paga este impuesto.
Sin embargo, el sujeto pasivo son para empresarios o profesionales a los cuales se le está “comprando” y es una obligación recaudar ese IVA que el contribuyente le paga, por lo que debe ser entregado a hacienda en la forma y plazos establecidos por la ley.
Te diremos cómo puedes saber el valor del IVA cuando el precio no lo tiene agregado:
Al momento de realizar una cotización de una compra de producto o servicio a adquirir, es normal que las empresas no proporciones el precio con el IVA, por lo que si quieres facturar la compra, debes saber el total con el impuesto agregado.
Para calcular el IVA de un producto es fácil, solo debes tomar el total sin impuestos y multiplicarlo por .16, el resultado será la cantidad que debes agregarle al total sin impuestos.
Digamos que vas a comprar un producto que vale $2,000 pesos. Para calcular el IVA debes multiplicar el precio por el .16, el resultado será la cantidad adicional que pagarás de impuesto de IVA.
Si deseas realizar el cálculo con el IVA aplicado en la frontera, lo que debes hacer es el ajuste de la tasa del IVA, es decir del 16% cambia al 8%.
Como mencionamos anteriormente, una de las obligaciones que tiene el sujeto pasivo es declarar trimestralmente las autoliquidaciones del IVA, conocido como Modelo 303.
Dicha obligación se lleva a cabo ingresando el dinero en arcas públicas recayendo en el sujeto pasivo y no sobre el contribuyente.
El Impuesto Sobre la Renta mejor conocido como ISR es un impuesto que se aplica directamente a las ganancias que se obtienen por medio del ejercicio, es decir, se mantiene constante en comparación de los ingresos y deducciones autorizadas sea la naturaleza, denominación y origen que sea. La utilidad del bien o actividad se grava cuando se incrementa el patrimonio del contribuyente.
Cabe mencionar que tanto las personas físicas como morales deben pagarlo pues es una gran parte de Finanzas Publicidad en el País. Con la recaudación el Gobierno puede proveer recursos para que se apliquen a los gastos de utilidad en general.
En México, se debe pagar el ISR en casos como:
Según la ley del Impuesto Sobre la Renta, todas las personas tanto físicas como las morales, tienen la obligación de realizar el pago del impuesto sobre la renta casos como:
Como primer paso, se debe identificar el total de los ingresos en cierto periodo, puede ser mensual, quincenal o anual. Al momento de saber la calidad, junto con las tablas proporcionadas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), puedes conocer los porcentajes de ISR que son aplicados dependiendo del nivel salarial de cada uno.
Con las tablas se puede conocer el rango en el cual te encuentras con tu salario. Las tablas están conformadas por 11 niveles, con un límite superior y un límite inferior en cada uno. La tabla se realizó con el fin de conocer e identificar en qué nivel se encuentra el salario. Cabe destacar que hay tablas para calcular el ISR mensual, anual o quincenal.
Ahora que sabes el rango en el cual te encuentras, debes restar a tus ingresos el límite inferior nombrado como ”Rango salarial”. Con el resultado obtenido, se debe aplicar la tasa que esté señalada en la tabla.
La cantidad obtenida se debe sumar la cuota fija establecida por el SAT que de igual forma, varía dependiendo del nivel de egreso, a esto se lo conoce como ISR.
A continuación te diremos cómo puedes presentar la declaración anual ISR por internet:
Si eres persona física debes:
Una vez que el SAT reciba tu declaración, enviará un acuse de recibo. Si la declaración da como resultado o saldo a favor, has terminado el procedimiento.
De lo contrario, debes ingresar al portal web de tu banco para poder efectuar el pago del impuesto, al finalizar el pago, el banco automáticamente te hará llegar un recibo de comprobación de pago.
Si eres persona moral, debes seguir los pasos:
Una vez que el SAT reciba tu declaración, enviará un acuse de recibo con el sello digital por lo que si la declaración da como resultado o saldo a favor, has terminado el procedimiento.
De lo contrario, debes ingresar al portal web de tu banco para poder efectuar el pago del impuesto, al finalizar el pago, el banco automáticamente te hará llegar un recibo de comprobación de pago.
Ahora que conoces ambos impuestos por separado, te hablaremos de la declaración informativa múltiple (DIM).
A continuación te hablaremos de una herramienta del SAT que te permite presentar la declaración informativa de la retención de impuestos de ISR, IVA o IEPS, en el ejercicio anterior.
Todas las personas físicas y morales pueden hacer uso de la herramienta a más tardar el 15 de febrero de cada año. Recuerda que es un trámite Anual.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.