Tomando en cuenta lo que dice la ley del ISR, los empleadores tienen la ventaja de poder retener el impuesto al prestador de un servicio de forma independiente.
Por lo que se derivan los ingresos asimilados a salarios. El SAT los define como aquellos ingresos que se obtienen por un trabajador independiente pero deben recibir el mismo trato al del régimen de sueldos y salarios.
Se puede decir que dentro de este régimen fiscal:
Hoy en día no hay una fórmula exacta para calcular las retenciones trabajando bajo el régimen de asimilables a salarios pero puedes encontrar por internet páginas que calculan un aproximado, es importante mencionar que para poder realizar el cálculo, debes tomar en cuenta los ingresos mensuales
Hablando desde el punto de vista del trabajador, el régimen asimilado a salarios ofrece a las personas un balance entre libertad y menor carga fiscal, es decir:
Hablando desde el punto de vista de la empresa, para los empleados que contratan y prestan sus servicios profesionales de forma independiente, es una forma más rápida y menos costosa en comparación de contratar a un trabajador formal.
Hablando desde el punto de vista del trabajador, se tienen muchos beneficios y libertados como hablamos anteriormente pero igual como todas las cosas, tienen su lado no tan bueno, es decir, el esquema de asimilados a salarios tiene ciertas condiciones que pueden verse como desventajas:
1 Seguridad social
2 Vacaciones
3 Aguinaldo
4 Participación en las utilidades de la empresa
Hablando desde el punto de vista de la empresa:
Si estás bajo el régimen de asalariado, debes saber que al igual que otros regímenes, puedes deducir tus gastos personales para adquirir una devolución mayor al presentar tu declaración anual.
Como asalariado, puedes realizar tu declaración anual por tu cuenta, con la condición de que ganes menos de $400,000 anuales. Al hacerlo, puedes deducir tus gastos personales, por ejemplo, servicios médicos, transporte escolar, intereses reales por créditos hipotecarios, seguros de gastos médicos mayores y gastos funerarios. Lo único que debes hacer es avisar a tu empleador de que harás esa declaración por tu cuenta.
Si deseas realizar deducciones, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que solo deberás dar aviso a tu jefe indicando que presentarás tu declaración anual antes de diciembre de este año.
Cabe mencionar que en el mes de Abril son presentadas las declaraciones anuales para regímenes de asalariados y personas físicas, aunque en algunos casos, se puede adelantar al mes de marzo. Una vez que presentes tu declaración, el SAT habilitó un mecanismo que permite que recibas tus devoluciones en menos de 5 días hábiles.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.