¡ADIÓS CFDI 3.3, HOLA 4.0!
Luego de que se dio a conocer que hay UNA PRÓRROGA para emitir facturas con el nuevo sistema de facturación, aquí recordaremos cuáles son los cambios que se deberán de considerar durante esta conversión. Y es que de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se trata de una actualización a la factura electrónica, la cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0 y existe un tiempo límite para que los contribuyentes se adapten a esta modificación. En ese sentido, será importante recordar que la fecha límite para respetar el proceso de transición es hasta el 30 DE ABRIL. Lo que quiere decir que los contribuyentes podrán facturar con el sistema que utilizaban en 2021, pero al llegar la fecha establecida tendrán que respetar los cambios.
CAMBIOS QUE TENDRÁ LA FACTURA ELECTRÓNICA EN 2022 * Existirá la versión 4.0. * Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor. * Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías. * Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos. * Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas. TE PUEDE INTERESAR: ¿CUÁNDO ENTRA EL VIGOR EL CFDI 4.0? La nueva versión del CFDI 4.0 impactará en todos los flujos de emisión y recepción de facturación electrónica y sus complementos tales como el complemento carta porte o el de nómina entre otros. La nueva versión de la factura electrónica entrará en vigor el 1 de enero de 2022 de manera no obligatoria. Dicha obligatoriedad comenzará el 1 de mayo, lo que significa que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) tendrán un plazo de adaptación de 4 meses. Cumplido ese periodo, los contribuyentes que no estén facturando bajo el esquema CFDI 4.0 no podrán emitir sus comprobantes fiscales. ¿CÓMO SERÁ LA FACTURA 4.0 DEL SAT? Uno de los aspectos fundamentales de los nuevos comprobantes fiscales se relaciona con la ESPECIFICACIÓN DEL RÉGIMEN FISCAL DEL RECEPTOR, un dato que será obligatorio y sin el cual no será posible la expedición de la factura. De igual manera: * El nombre y domicilio fiscal de emisor y de receptor serán datos obligatorios. * Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos a través de la especificación del régimen fiscal. * Será posible relacionar más de un CFDI en las secuencias de comprobantes relacionados para una trazabilidad más eficiente. * Añadidura y eliminación de atributos para facturar operaciones de exportación. * Nuevos atributos para facturación a través de adquirientes de bienes que no sean enajenables. Se añaden dos nuevos nodos: * a) Información global: para los comprobantes globales expedidos a público en general. * b) A cuenta de terceros: la información que se pide para efectos de la facturación a cuenta de terceros se incluye en el cuerpo del CFDI. ACTUALIZACIÓN AL SERVICIO DE CANCELACIÓN DE FACTURAS * A partir del 1 de enero de 2022 será requerido señalar el motivo por el cual se cancela el comprobante, esto aplica a todas las versiones de la factura o CFDI. * Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado. * Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.