CANCELACION CFDI 3.3 SAT

Cancelación de CFDI SAT 

 

Hoy en día, a pesar de que ya ha pasado bastante tiempos desde la entrada en vigor del esquema de cancelación de CFDI, siguen habiendo dudas y confusiones respecto al proceso. Este proceso surgió desde que habían cancelaciones injustificadas anteriormente y éstas afectaban las deducciones y acreditaciones de impuestos al receptor. 



¿Qué es el SAT?

 

El Sistema de Administración Tributaria mejor conocido por sus siglas SAT, es una institución que forma parte del Gobierno y se hace cargo de que las personas físicas como morales, participen y se encarguen de las obligaciones tributarias y aduaneras. 

 

El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están, de no ser así, se le exigirá que realice el pago por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo. El contribuyente solo cuenta con un periodo de 20 días hábiles para poder desacreditar lo imputado. 



¿Qué es el CFDI?

 

El CFDI mejor conocido por Comprobante Fiscal Digital por Internet, es un comprobante que define un determinado bien y/o servicio que fue adquirido, mencionado la fecha en la que se hizo la transacción, el costo con el que fue comprado y menciona detalladamente los impuestos que corresponden al pago de dicha operación.



¿Para qué sirve hacer el proceso de cancelación?

 

Hay múltiples razones por las cuales se debe cancelar una factura, aunque es importante que sepas que no siempre es bueno cancelar, por ejemplo, cuando hay devoluciones o descuentos, lo adecuado es emitir una factura de egreso (nota de crédito) para que se relacione con tu comprobante fiscal.  Por lo contrario, si debes de cancelar una factura cuando se trata de  un error al momento de capturar el RFC, domicilio o la razón social, cuando la factura nunca fue pagada, cuando los conceptos no son claros y se maneja de forma inadecuada, cuando no se respetan condiciones comerciales o hay incoherencias en los totales y cuando no se agregan disposiciones fiscales.



¿Cuáles son los cambios en la cancelación según la CFDI 3.3?



Bajo el Código Fiscal Federal en el artículo 29A, se establece que se puede hacer una cancelación de la factura cuando ésta es emitida y necesita ser corregida. En ese caso, el emisor no necesita la autorización del receptor. Sin embargo, gracias a la Factura electrónica 3.3, se tomó la decisión de cambiar la forma de cancelación para que haya un acuerdo entre el emisor y el receptor. Es de importancia que cada factura que desees cancelar, debe de tener la aceptación del receptor para que se pueda crear otra. 



¿Qué debes saber antes de cancelar? 

 

Para empezar este proceso, se debe de tomar en cuenta que se podrá cancelar un CFDI siempre y cuando el receptor lo acepte. En segunda instancia, se debe de conocer si el estatus del comprobante es no cancelable o cancelable. Para saber cuál tipo es deberás identificar que si al menos un documento que esté relacionado es vigente será del tipo no cancelable y cambiará su estatus a cancelable. Otra manera de identificar si no es cancelable es ver si el documento es nota de crédito, de débito, si es devolución de mercancía sobre facturas previas, traslado de mercancías previamente facturadas, CFDI por anticipo y por facturas generadas por pagos diferidos o parcialidades. Si es cancelable hay 2 tipos: cancelable sin aceptación o con aceptación.  Sin aceptación es cuando la cancelación se realiza de forma normal y son algunos casos como: Comprobante de nómina, comprobante de egreso, comprobante de traslado, etc. y la cancelable con aceptación. 



¿Cuándo no es necesario la aceptación del receptor?

 

Hay diferentes circunstancias en las que se puede cancelar la factura sin autorización del receptor, tales como: 

 

  • Facturas con un monto total igual o menor a $5,000 MXN 
  • Egreso, nómina o traslado
  • Integrantes del sistema financiero que expide un CFDI
  • Se realice la cancelación durante el periodo permitido
  • Expediciones a extranjeros
  • CFDI de ingreso le expide a contribuyentes del RIF



¿Cómo iniciar el proceso de cancelación de un CFDI?

 

1.- Primero tendrás que enviar la solicitud de cancelación por medio del Portal del SAT, por un proveedor autorizado de certificación o por tu facturador electrónico.

 

2.- Después, el que solicita la factura tendrá que estar pendiente a la aceptación y recibirá un mensaje en el Buzón Tributario en donde se estipula que existe una solicitud de cancelación. 

 

3.- Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, el receptor deberá de aceptar o rechazar la cancelación mediante el Portal del SAT o por las vías anteriormente mencionadas. 

 

4.- Es importante saber que si no es necesaria la “Aceptación",  la factura de manera automática se cancelará.



¿Cuáles son algunos requisitos para cancelar un CFDI?

 

Para que se pueda realizar el proceso de cancelación, debes de tener acceso al portal del SAT y tener a la mano el RFC y la contraseña, debes de tener el número de folio de la factura, tienes que tener a la mano los datos necesarios para la factura nueva (no importa el tipo de CFDI que sea) y por último es muy importante que cheques bien la información para olvidarse de otra cancelación.  



¿Cómo saber cuándo la cancelación fue exitosa?

 

Para poder saber si fue cancelada con éxito, debes de monitorear el estatus del proceso en el Portal del SAT: 

 

1.- Debes de entrar al portal y buscar en la parte del Menú “Facturas emitidas”

 

2.- Debes de escoger la factura que fue solicitada para el proceso y ahí podrás conocer si fue aceptada o denegada.

 

 

 

 

 

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