Recibimos el año nuevo con la entrada en vigor de la versión 4.0 de los esquemas de facturación electrónica. Entre los objetivos que ha señalado la autoridad se encuentran facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, robustecer la facturación y obtener una recaudación más precisa de los ingresos, así como mejorar el control en la determinación de los impuestos, a fin de que los contribuyentes tengan mayores facilidades en la presentación de declaraciones.
Antecedente
La reforma fiscal se publicó el 12 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entre los múltiples cambios que contiene se encuentra la evolución del sistema de facturación, lo que conlleva incluir más información en los comprobantes.
Asimismo, hay cambios en el esquimo de cancelación, en el CFDI de retenciones e información de pagos y en el Complemento de Recepción de Pagos.
Publicación
Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 6 de diciembre de 2021 en su Portal de Internet la información correspondiente a los cambios en la facturación, que son los siguientes:
• Estándar de CFDI versión 4.0 (pdf)
• Esquema CFDI versión 4.0 (xsd)
• Catálogo de datos de CFDI versión 4.0 (xsd)
• Secuencia de cadena original de CFDI versión 4.0 (xslt)
• Matriz de errores de CFDI versión 4.0 (xls)
Cambios en la versión 4.0
Las modificaciones de esta nueva versión son en referencia a la estructura del estándar, la incorporación de nodos, atributos y campos para obtener la mayor información posible.
En cuanto al emisor:
• Se adiciona la obligación de registrar el nombre, razón o denominación social a las ya existentes de RFC, Régimen Fiscal y Domicilio.
• Se tendrá que señalar en el CFDI si la operación que está llevando a cabo se trata de una exportación, aún si ésta no es objeto de enajenación o es a título gratuito.
• Cuando realicen operaciones con el público en general, se tendrá que registrar información referente a periodicidad, mes y ejercicio en el nodo de Información Global.
• Si requiere relacionar más de un CFDI al que está generando, podrá realizarlo registrando tantos nodos como sean necesarios en su facturación.
• Deberá señalar en el nodo objeto del impuesto, si la operación que está facturando es o no objeto de alguno de los impuestos aplicables.
En cuanto al receptor:
• Se adiciona la solicitud de proporcionar de forma obligatoria el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y su régimen fiscal.
• Al proporcionar el Uso de CFDI que requiere en su factura, tendrá que coincidir con el tipo de persona que es, física o moral, y con el régimen en el que tributa.
Además, se adiciona información referente a:
• Nodo A través del adquirente, cuando se realice la emisión del CFDI a través de esta figura, para lo cual se deberá registrar el folio de operación proporcionado por el SAT para estos casos.
• Nodo A cuenta de tercero, para los casos en los que se requiera registrar la información de aquellos terceros que realizan pagos a nombre de otros contribuyentes, con esta incorporación al CFDI se elimina el Complemento Concepto A Cuenta de Terceros.
Entrada en vigor y obligatoriedad
Por lo anterior, la entrada en vigor de la versión 4.0 es desde el 1 de enero de 2022, pero se tendrá un periodo de convivencia del 1 de enero al 30 de abril 2022, por lo que, la única versión vigente a partir del 1 de mayo 2022 será la versión 4.0
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