Cómo cambiar el régimen fiscal por internet si recibes ingresos de plataformas digitales
Si eres persona física y recibes ingresos por la enajenen bienes o prestas servicios a través de Internet mediante el uso de plataformas digitales y te encuentras tributando en el régimen de incorporación fiscal (RIF), a partir del 1º de junio de 2020, debes actualizar tus obligaciones fiscales y tributar en el régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas, (Sección III al Capítulo II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta).
Sin embargo si reciben ingresos por la enajenen bienes o prestas servicios adicionales sin el uso de las plataformas digitales el régimen de incorporación fiscal es compatible con el de los ingresos por la “enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”; sin embargo, es importante que distingas entre los ingresos que recibas por plataformas digitales y los que recibas sin la utilización de dichas plataformas; es decir pagarás tus impuestos en cada régimen de acuerdo con los ingresos que percibas, esto de acuerdo a lo mencionado en la Fracción VI del Artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Regla 12.3.8. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021.
Por lo tanto, Las personas físicas que reciben ingresos de plataformas digitales tendrán que actualizar su régimen fiscal. Por fortuna, para hacer este trámite no es necesario acudir a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Ya que en el portal del SAT puedes realizar este tramite y resolver el cuestionario de actividades económicas para actualizar el régimen fiscal.
Este trámite, aparte de ser gratuito, te permite informar a la autoridad fiscal respecto a los cambios de actividades económicas o la modificación de obligaciones fiscales de los contribuyentes.
Antes que realices tu tramite te damos una Lista de actividades económicas que se realizan a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, para que conozcas si puedes caer en el supuesto:
¿Cómo se hace este trámite?
De acuerdo con la autoridad fiscal estos son los pasos por seguir:
Ingresa al Portal del SAT.
-Selecciona la modalidad de Persona
-seguido del apartado “Trámites del RFC”
- Expande el menú de “Actualización en el RFC” y haz clic en la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales como persona física”.
- Haz clic en “Iniciar” e ingresa con tu RFC y contraseña.
-Llena el formulario.
-Finaliza el trámite.
El sistema te dará los siguientes documentos de confirmación:
Un acuse de movimientos de actualización de situación fiscal con un folio, lugar y fecha de emisión, los datos del contribuyente, el tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
Aviso de actualización o modificación de situación fiscal. Contiene resumen de datos de identidad, ubicación y tipo de aviso presentado.
¿Y si no estoy inscrito al RFC como me doy de alta en el régimen de plataformas digitales?
Para darte de alta en el Régimen de plataformas digitales tendrás 2 opciones, por medio de internet o presencial y para ambas opciones solo necesitaras tener a la mano tu Identificación oficial vigente (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte, licencia para conducir, entre otras), tu Clave Única de Registro de Población (CURP), el domicilio del negocio y la actividad a realizar.
Pasos para darte de alta en el RFC por Internet
1.Ingresa en la plataforma del SAT y clica en obtén tu RFC con CURP.
2.Captura la CURP y el domicilio del negocio.
3.Indica el tipo de ingreso señalando la opción: «Actividades empresariales con ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, plataformas, aplicaciones informáticas y similares.
-Comercio de bienes a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
-Prestación de servicios contratados a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
-Servicio de entrega de bienes a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
-Prestación de servicios de hospedaje a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
-Servicio de entrega de alimentos preparados a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
-Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
Adicionalmente indica si el monto de tus ingresos excederá de 300 mil pesos anuales incluyendo salarios e intereses, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
-Si tus ingresos no excederán los 300 mil pesos anuales incluyendo salarios e intereses, puedes optar por la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica sea considerada como pago definitivo.
-Si tus ingresos sí excederán los 300 mil pesos anuales incluyendo salarios e intereses, puedes optar por la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica sea considerada como pago provisional, teniendo la posibilidad de aplicar las deducciones personales en la presentación de la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta.
-Si tus ingresos no excederán los 300 mil pesos anuales incluyendo salarios e intereses, puedes optar por la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica sea considerada como pago provisional. Selecciona esta opción si es tu voluntad realizar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta, aun y cuando estimes que tus ingresos no excederán de la citada cantidad.
-En su caso, indica si recibirás pagos directamente de los usuarios de los servicios o de los adquirientes de los bienes que enajenas, así como el porcentaje de ingresos que percibes por cada actividad económica.
-Te sugerimos tener a la mano la clave del RFC de las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares con las cuales realizas tu actividad.
Completa el resto de la información que solicita el formulario y confirma la solicitud.
Imprime o guarda el "Acuse único de inscripción al registro federal de contribuyentes".
Con todas las facilidades que nos ofrece el SAT ya no hay pretexto para no cumplir con tus obligaciones fiscales.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.