¿A cuánto equivale el ISR?
Lo primero que debemos conocer es que es el ISR. Es un impuesto que tiene como objetivo gravar los ingresos percibidos por un trabajador y que incrementan el patrimonio de un contribuyente.
¿Quiénes deben pagarlo?
La ley del Impuesto Sobre la Renta menciona que las personas físicas o morales están obligadas al pago del ISR en los siguientes casos:
Existen algunos mecanismos y beneficios para evitar la doble tributación en el caso de los extranjeros establecidos en territorio mexicano y de mexicanos establecidos en territorio extranjero, así como una serie de obligaciones que están definidas claramente en la ley con las cuales, si hay que cumplir fiscalmente, pero es un tema amplio que podemos abordar en otro artículo…
En este lo que nos interesa es conocer cuanto debemos pagar por ese impuesto y a continuación lo vamos a descubrir, aunque de antemano te adelanto que es muy variable ese dato, ya veremos porque…
La ley del ISR menciona en el artículo 9 que las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%, sin embargo, no solamente por ese concepto se paga el impuesto sobre la renta, ni es el único porcentaje establecido, ni son los únicos obligados. Si cuentas con un RFC y estás en cualquiera de los supuestos que menciona la ley en su artículo 1, estarás sujeto al pago de este impuesto y mencionamos una serie de ingresos que sin bien no pertenecen a un mismo régimen a todas se les grava.
Finalmente, para concluir con el tema, es necesario conocer que los porcentajes de impuesto sobre la renta a pagar varían normalmente desde el 1.9% hasta el 35% mensual y se le conoce como retención provisional, incluso en algunos casos muy puntuales puede ser mayor.
Para determinar el porcentaje de retención se utiliza una tabla de límite inferior y superior, esta tabla establece un rango de ganancias y les va aplicando un porcentaje, el cual va ascendiendo a medida que los ingresos lo hacen, es decir; mientras más ganas, más aportas a este impuesto.
Lo anterior no debe ser un motivo para no querer declarar ingresos y por ende no pagar la cantidad que corresponda de ISR. Vale la pena mencionar que le riesgo de incurrir en un incumplimiento al momento de reportar el pago de ISR puede ser motivo de una sanción severa por parte de la autoridad y que esta precisa también algunas cuestiones en el caso de que un contribuyente se dedique a más de una de las actividades mencionadas en la ley que gravan diferente porciento de ISR, por lo tanto, si bien la tabla de retención se puede consultar en la página del SAT (Servicio de Administración Tributaria), lo ideal es consultar a un experto en temas fiscales para determinar con exactitud y poder cumplir lo establecido sin preocupaciones o si pretendes adentrarte en el mundo fiscal, tomar algunos cursos y estudiar la ley de este impuesto, así como tratar de estar informado de cualquier nueva publicación que exista donde se haya adicionado o reformado algún artículo de la ley.
Ya en el ejercicio del cumplimiento propiamente, conociendo bien todos los porcentajes que debes aplicar para declarar el ISR, al momento de hacerlo; lo recomendado es contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación y por medio de sus sistemas ingresar la información para el timbrado de la factura correspondiente.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.