RETENCIóN POR ACTIVIDADES EDITORIALES | EdiFactMx

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En el ámbito de la edición de contenidos —ya sea para libros, revistas, artículos académicos o medios digitales— es común contratar a correctores, redactores, diseñadores editoriales o coordinadores de proyectos. Estas actividades editoriales, cuando son prestadas por personas físicas, no solo requieren una correcta facturación, sino también el cumplimiento de una obligación fiscal clave: la retención de impuestos.
Este artículo explica de forma accesible y completa cuándo se debe retener ISR e IVA al contratar servicios editoriales, cómo se calculan estas retenciones y qué pasos seguir para estar en regla ante el SAT. Si eres editor, dueño de una empresa cultural, agencia de contenidos o institución académica, esta información te será especialmente útil.
Las actividades editoriales abarcan una amplia gama de servicios, entre ellos:
Corrección de estilo y ortotipografía
Redacción y edición de textos
Maquetación y diseño editorial
Coordinación de proyectos editoriales
Curaduría de contenidos
Preparación de materiales para publicación impresa o digital
Al tratarse de servicios profesionales, estos ingresos se consideran gravables y, en muchos casos, están sujetos a retención de impuestos cuando el prestador es persona física.
Eres una persona moral (empresa editorial, universidad, dependencia pública) o una persona física con actividad empresarial, y
Contratas servicios editoriales a una persona física con actividad empresarial o profesional.
Contratas a una persona moral, es decir, una empresa legalmente constituida.
Eres una persona física sin actividad empresarial y el gasto no forma parte de una operación deducible.
El proveedor está exento de retención por normativas específicas (aplica solo en algunos casos del RIF).
Artículos 106 y 113-E establecen la obligación de practicar retención de ISR al pagar honorarios por servicios profesionales a personas físicas.
La retención se calcula sobre el monto del servicio sin IVA.
Tasas:
10 % en régimen general.
2 % si el proveedor está en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y aplica el beneficio de reducción.
Servicios editoriales prestados por personas físicas deben trasladar IVA del 16 %, salvo excepciones (por ejemplo, regalías sobre obras protegidas).
Si el proveedor está en el RIF, el cliente retiene el 100 % del IVA trasladado.
El cliente actúa como agente retenedor y está obligado a:
Enterar los impuestos retenidos antes del día 17 del mes siguiente.
Emitir el CFDI de retenciones, usando el complemento de “Retenciones y Pagos”.
Una casa editorial contrata a un corrector de estilo freelance (persona física) para revisar un manuscrito.
Honorarios: $18,000
IVA (16 %): $2,880
Total factura: $20,880
ISR retenido (10 % de $18,000): $1,800
IVA retenido: $0
Pago neto al proveedor: $19,080
Monto a enterar al SAT: $1,800
ISR retenido (2 % de $18,000): $360
IVA retenido (100 % de $2,880): $2,880
Pago neto al proveedor: $17,640
Monto a enterar al SAT: $3,240
Solicita la factura (CFDI) del proveedor, incluyendo RFC y régimen fiscal.
Consulta su constancia de situación fiscal para confirmar si debes aplicar retención y con qué tasa.
Calcula las retenciones de ISR y, si aplica, de IVA.
Realiza el pago neto al proveedor (monto total menos retenciones).
Entera al SAT las retenciones antes del día 17 del mes siguiente.
Emite el CFDI de retención, enlazándolo con la factura original.
Archiva todo correctamente para futuras revisiones fiscales.
Debe: Servicios editoriales
Debe: Retenciones por Enterar – ISR
Debe: Retenciones por Enterar – IVA (si aplica)
Haber: Bancos (por el monto neto pagado)
Al enterar al SAT:
Debe: Retenciones por Enterar
Haber: Bancos
Verifica el régimen fiscal del proveedor antes de calcular la retención.
Incluye retenciones en los presupuestos iniciales, para que no haya malentendidos al momento del pago.
Automatiza el proceso de retenciones si contratas regularmente servicios editoriales.
Lleva un control documental estricto, incluyendo CFDI del servicio, CFDI de retención y acuse de pago.
Podrías recibir multas y recargos por parte del SAT.
El gasto no será deducible si no se cuenta con la documentación adecuada.
El SAT puede obligarte a pagar el impuesto omitido, como si nunca se hubiera retenido.
¿Contratas a redactores, correctores, diseñadores o coordinadores editoriales de forma regular? No te compliques con cálculos manuales ni documentación dispersa. Usa una herramienta creada especialmente para cumplir con tus obligaciones fiscales de forma sencilla:
Retenciones Fiscales Electrónicas
Solución para todas las personas físicas o morales que en la realización de una actividad económica estén obligadas a expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Contratar
Es un documento que contiene la información de las retenciones y pagos efectuados por los contribuyentes; se integra por un conjunto de datos generales a los cuales se agrega el complemento que corresponda a cada caso.
Fácil y rápida integración ERP
Retenciones R2000 EdiFactMx consiste en una suscripción anual para expedir el comprobante fiscal de retenciones a través de un portal web que permite la emisión y almacenamiento de los mismos; es una suscripción por RFC.
El sistema está implementado en la Nube, lo que permite tener acceso desde cualquier lugar y dispositivo con conexión a internet.
Complementos que se utilizan en el documento electrónico de retenciones:
Enajenación de Acciones
Dividendos
Intereses
Arrendamiento en fideicomiso
Pagos a extranjeros
Premios
Fideicomiso no Empresarial
Planes de Retiro
Intereses Hipotecarios
Operaciones con derivados
Sector Financiero
Servicios de Plataformas Tecnológicas
Características
Es un documento que contiene la información de las retenciones y pagos efectuados por los contribuyentes.
Es un nuevo tipo de comprobante fiscal, documento distinto a una Factura Electrónica.
No es un comprobante de Ingresos, Egresos o de Traslado.
El nuevo documento electrónico requiere la incorporación de un Complemento en cada caso.
Con Retenciones R2000 de EdiFactMx, puedes emitir, almacenar y administrar de forma profesional todos los comprobantes relacionados con tus obligaciones de retención, cumpliendo puntualmente con el SAT sin complicaciones.