RETENCIóN EN PRODUCCIóN MUSICAL | EdiFactMx

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La producción musical no solo es un arte, también es una actividad económica que implica obligaciones fiscales tanto para quienes prestan el servicio como para quienes lo contratan. Ya sea la creación de jingles, mezcla y masterización de audio, grabación de voces o composición de piezas originales, los pagos realizados por servicios de producción musical pueden estar sujetos a retención de impuestos, especialmente si se contrata a personas físicas.
En este artículo, exploraremos de forma clara y accesible cuándo y cómo aplicar la retención de impuestos al contratar servicios de producción musical, qué fundamentos legales lo respaldan y cómo cumplir con estas disposiciones sin complicaciones. Además, al final, te compartimos una herramienta que puede ayudarte a emitir y almacenar comprobantes fiscales por retenciones de manera automática y profesional.
Cuando una persona moral (empresa) o una persona física con actividad empresarial paga a un productor musical independiente (persona física), puede estar obligada a retener una parte del pago por concepto de ISR e IVA y entregarla directamente al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto permite al SAT recibir una parte de los impuestos antes de que el productor realice su declaración anual.
Contratas a un productor musical que es persona física, con actividad empresarial o profesional.
El proveedor está en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y no está exento.
Eres una persona moral o una persona física con actividad empresarial.
Contratas a una empresa de producción musical (persona moral).
El proveedor es un particular sin RFC registrado, aunque en ese caso tampoco podrás deducir el gasto ni emitir comprobantes fiscales.
El proveedor está exento por su régimen fiscal, algo que debe confirmarse mediante su constancia de situación fiscal.
Artículo 106 y 113-E: Se establece la obligación de retener ISR cuando una persona moral o física con actividad empresarial paga servicios a personas físicas.
Tasa de retención ISR:
10 % del monto facturado sin IVA, para personas físicas en régimen general.
2 % si se trata de personas físicas en RIF con los beneficios aplicables.
Tasa de IVA: 16 % sobre el monto de honorarios.
Retención de IVA: Aplica únicamente si el proveedor es persona física y se encuentra en RIF (se retiene el 100 % del IVA).
Obliga a enterar al SAT los montos retenidos a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Requiere la emisión del CFDI de retenciones con el complemento específico para formalizar la operación.
Producción de pieza musical original para una campaña publicitaria.
Honorarios: $40,000
IVA (16 %): $6,400
Total factura: $46,400
ISR retenido (10 % de $40,000): $4,000
IVA retenido: $0
Neto pagado al proveedor: $42,400
El cliente debe enterar los $4,000 al SAT y emitir el CFDI de retención.
ISR retenido (2 % de $40,000): $800
IVA retenido (100 % de $6,400): $6,400
Neto pagado al proveedor: $39,200
El cliente debe enterar al SAT un total de $7,200.
Solicita el CFDI de servicios musicales con los datos fiscales correctos.
Consulta la constancia de situación fiscal del proveedor para saber si debes retener.
Aplica las retenciones correspondientes (ISR y en su caso IVA).
Realiza el entero de impuestos al SAT antes del día 17 del mes siguiente.
Emite el CFDI de retención con el complemento de “Retenciones y Pagos”.
Archiva los documentos: factura del proveedor, comprobante de retención y acuse de pago al SAT.
Debe: Gasto por servicios musicales
Debe: Retenciones por Enterar – ISR
Debe: Retenciones por Enterar – IVA (si aplica)
Haber: Bancos (por el monto neto pagado)
Al momento de entero:
Debe: Retenciones por Enterar
Haber: Bancos (por el monto pagado al SAT)
Asegúrate de incluir las retenciones desde el presupuesto: muchas veces el proveedor no las contempla y esto puede causar malentendidos.
Utiliza software de facturación que automatice los cálculos y genere CFDI de retención.
No omitas la emisión del CFDI de retención, ya que es obligatorio.
Lleva un archivo digital organizado con toda la documentación, en caso de revisión fiscal.
El SAT puede exigirte el pago completo de los impuestos no retenidos, además de aplicar multas y recargos.
El gasto puede ser no deducible si no cuentas con el CFDI y el complemento de retención correspondiente.
Tu empresa podría ser sujeta a auditorías o revisiones electrónicas por omisiones fiscales.
Si tu empresa contrata frecuentemente a músicos, productores, freelancers o artistas independientes, automatizar el proceso de retención fiscal no es solo una comodidad, sino una necesidad para evitar errores y garantizar cumplimiento.
Retenciones Fiscales Electrónicas
Solución para todas las personas físicas o morales que en la realización de una actividad económica estén obligadas a expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Contratar
Es un documento que contiene la información de las retenciones y pagos efectuados por los contribuyentes; se integra por un conjunto de datos generales a los cuales se agrega el complemento que corresponda a cada caso.
Fácil y rápida integración ERP
Retenciones R2000 EdiFactMx consiste en una suscripción anual para expedir el comprobante fiscal de retenciones a través de un portal web que permite la emisión y almacenamiento de los mismos; es una suscripción por RFC.
El sistema está implementado en la Nube, lo que permite tener acceso desde cualquier lugar y dispositivo con conexión a internet.
Complementos que se utilizan en el documento electrónico de retenciones:
Enajenación de Acciones
Dividendos
Intereses
Arrendamiento en fideicomiso
Pagos a extranjeros
Premios
Fideicomiso no Empresarial
Planes de Retiro
Intereses Hipotecarios
Operaciones con derivados
Sector Financiero
Servicios de Plataformas Tecnológicas
Características
Es un documento que contiene la información de las retenciones y pagos efectuados por los contribuyentes.
Es un nuevo tipo de comprobante fiscal, documento distinto a una Factura Electrónica.
No es un comprobante de Ingresos, Egresos o de Traslado.
El nuevo documento electrónico requiere la incorporación de un Complemento en cada caso.
Con Retenciones R2000 de EdiFactMx, puedes olvidarte de cálculos manuales, errores en retenciones o retrasos en tus obligaciones fiscales. Todo queda automatizado, seguro y en la nube.