¿QUE ES LA OPINION DEL SAT?
La opinión de cumplimiento es un reporte emitido por el SAT, que nos permite consultar de manera instantánea la situación de nuestras obligaciones fiscales. Nos sirve para avalar: Nuestro nivel de cumplimiento fiscal. La situación del RFC.
Para emitir una Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, en sentido positivo, la autoridad revisa que la o el contribuyente:
Esté inscrito ante el RFC, que su estado fiscal sea activo.
El término hace referencia a la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, un documento que los contribuyentes deben solicitar al SAT en caso de que quieran hacer un contrato con el Gobierno, solicitar un estímulo, hacer un trámite fiscal o de comercio exterior.
OBTENER LA OPINION POSITIVA
Puedes obtener la opinión de cumplimiento en el Portal del SAT o de manera presencial y debes tomar en cuenta el monto de ingresos del beneficiario, el monto del estímulo o subsidio o si no estás obligado a inscribirte al Registro Federal de Contribuyentes.
La opinión de cumplimiento puede ser positiva o negativa. El SAT puede emitir una opinión negativa, si detecta que un contribuyente declaró en ceros a pesar de haber emitido comprobantes de ingresos. ... Solamente es un aviso de que el contribuyente no está al corriente.
OPCIONES PARA PODER OBTENERLA
Solicitarla presencialmente en cualquier oficina del SAT, con una identificación oficial vigente o la de tu representante, en su caso, y el documento con el que se acredite su personalidad. El SAT te proporcionará la opinión del cumplimiento, en el momento y de forma gratuita.
FALLAS AL DESCARGAR LA OPINION DEL SAT
Al parecer es un error de privilegios en el sitio o la sección de la plataforma del SAT tiene este fallo, el cual iniciando sesión con e. firma te va a permitir descargar tu opinión de cumplimiento.
COMO REALIZAR LA DESCARGA
Contar con la firma vigente. Selecciona el tipo de búsqueda a realizar, sea por RFC o por CURP y teclea la clave del contribuyente a consultar su opinión. Oprime en el botón de "Consultar". Obtén la opinión del cumplimiento de obligaciones de los beneficiarios o interesados, la cual puedes guardar en formato pdf o imprimir.
TIEMPO QUE TARDA EN ACTUALIZAR LA OPINION DEL SAT
¿Cuánto tarda en actualizarse la opinión de cumplimiento? Referente al tiempo que tarda en cambiar opinión negativa de cumplimiento de Negativa a Positiva, el SAT tiene un promedio de 5 días hábiles para dar una respuesta, el cual puede ser favorable o no.
INCONFORMIDAD POR TENER UNA OPINION DEL SAT NEGATIVA
Cuando tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con las que no estés de acuerdo, deberás ingresar la aclaración correspondiente a través del Portal del SAT, en el apartado de Trámites, sección Mi portal, Servicios por internet, y finalmente en la opción Aclaraciones.
OPINION DEL SAT NEGATIVA
Cuando la opinión es negativa, el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) prohíbe al gobierno tener contratos con quienes no estén al corriente con sus obligaciones fiscales.
Si se ha emitido una opinión negativa el contribuyente tiene que atender a las inconsistencias señaladas para corregir la situación fiscal, ya sea que se haya emitido negativa porque no se han presentado las declaraciones en el plazo señalado, se deberán presentar.
EL FOLIO DE OPINION DE CUMPLIMIENTO
La carta 32-D tiene un folio único, tu RFC y el nombre, denominación o razón social. Y abajo viene lo importante: si la opinión es positiva o negativa. En la parte inferior tiene un código QR para validar la información y evitar que el documento sea alterado.
PODRIAS HACER PUBLICO O PRIVADA LA OPINION DE CUMPLIMIENTO ANTE EL SAT
En la siguiente liga podrias autotrizar sea publica tu opinion de cumplimiento:
https://www.sat.gob.mx/tramites/37836/autoriza-al-sat-a-hacer-publica-tu-opinion-del-cumplimiento
Las y los contribuyentes podrán autorizar al SAT a hacer público el resultado de su Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales; el cual se podrá consultar en el Portal del SAT por cualquier persona interesada en realizar alguna operación comercial o de servicios con la o el contribuyente. Personas físicas y personas morales que deseen autorizar hacer público el resultado de su Opinión del cumplimiento; o dejar sin efectos dicha autorización. En cualquier momento en que quieras autorizar o dar de baja la autorización al SAT para hacer público el resultado de tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
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