La ropa, gasolina, productos de higiene son algunos gastos que no puedes deducir ante el SAT en tu declaración anual 2022
Faltan pocos meses para la declaración anual 2022, por lo que será mejor ordenar tus cuentas y papeleo para cumplir esta obligación fiscal. Para llevar a cabo este procedimiento es importante conocer cuáles son los productos o servicios que son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y cuáles no.
Si bien en casi cualquier compra se nos puede dar una factura, no todo lo que adquirimos es deducible, pues existen ciertos lineamientos de lo que podemos anexar en nuestros comprobantes fiscales, por ello en EdiFactMx te revelamos cuáles son los gastos que no son deducibles de impuestos.
Es importante recordar que si eres una persona fiscal la declaración de impuestos se debe de realizar en el mes de abril.
Si eres una persona física existen ciertos productos y servicios que no son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria, entre ellos están:
Para que la deducción en tu declaración de impuestos sea procedente ante las autoridades fiscales, no debe contener los siguientes gastos:
De acuerdo con el calendario del SAT, las personas morales deben cumplir con la declaración anual 2022 entre el 1 y el 31 de marzo, mientras que las personas físicas pueden presentarla entre el 1 y el 30 de abril próximos
Uso del CFDI de acuerdo con la deducción autorizada.
Adicional a la validación de clave del producto o servicio se recomiendo verificar el uso correcto del CFDI de acuerdo con la tabla:
|
c_UsoCFDI |
Descripción |
Aplica para tipo persona |
|
|
Física |
Moral |
||
|
D01 |
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. |
Sí |
No |
|
D02 |
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad |
Sí |
No |
|
D03 |
Gastos funerales. |
Sí |
No |
|
D04 |
Donativos. |
Sí |
No |
|
D05 |
Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación). |
Sí |
No |
|
D06 |
Aportaciones voluntarias al SAR. |
Sí |
No |
|
D07 |
Primas por seguros de gastos médicos. |
Sí |
No |
|
D08 |
Gastos de transportación escolar obligatoria. |
Sí |
No |
|
D09 |
Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones. |
Sí |
No |
|
D10 |
Pagos por servicios educativos (colegiaturas) |
Sí |
No |
Beneficios.
Deducciones personales
Si eres persona física residente en el país y obtienes ingresos por salarios, en el cálculo del impuesto anual tienes el derecho de hacer uso de las siguientes deducciones autorizadas.
Tipos de deducciones personales:
Salud.
La factura es proporcionada por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Educación.
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
Para los CFDIs correspondientes a las colegiaturas se debe confirmar que contenga en el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno, su nivel escolar y Clave de Reconocimiento de validez oficial.
Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
Otros.
No serán onerosos ni remunerativos.
El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Para hacer valida la deducción de estos gastos personales en su mayoria la forma de pago debe ser transferencia electronica de fondos, cheque nominativo, tarjeta de credito, debido o de servicios.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.