El SAT concede un mes más para que empresas transportistas, generadores de carga e intermediarios se preparen para cumplir.
El 25 de noviembre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en su portal en Internet la “CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEAFISCAL PARA 2021 PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA”.
De esta forma tenemos que, mediante este documento, en su resolutivo Segundo, se reforma el artículo Décimo Primero Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021, y reformado en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 18 de noviembre de 2021, para establecer que para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de enero de 2022.
Este es el texto publicado:
“SEGUNDO. Se reforma el artículo Décimo Primero Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021, y reformado en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 18 de noviembre de 2021, para quedar como sigue:
Décimo Primero. Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de enero de 2022.”
Así es que la citada disposición está estableciendo nueva prórroga para el inicio de la obligatoriedad del uso del complemento carta porte, esta vez a partir del 1 de enero de 2021.
Hasta antes de esta reforma, la emisión del complemento de carta porte era obligatoria a partir del 1 de diciembre de 2021, con la salvedad que durante ese primer mes existía la precisión que no se estarían imponiendo sanciones asociadas a errores en su llenado.
En Edifact ofrecemos la solución de “Carta Porte” que se trata de un complemento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o ingreso, para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino.
Se debe hacer uso de la Carta Porte cuando hay transportación marítima, aérea, ferroviaria y autotransporte.
También contamos con soluciones para Complemento Carta Porte como:
Si deseas conocer más información del Complemento Carta Porte puede visitar nuestra página https://www.edifact.com.mx/carta-porte.html
El órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) añadió que la Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021.
Esta nueva extensión de un mes llega después de que el SAT no ha presentado la app dirigida al hombre-camión para facilitar la expedición de los CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte.
De hecho, la semana pasada, la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (Conatram) alertó que el 99% de sus miembros no estaba en condiciones de cumplir con la regla, además de que los hombre-camión y las pequeñas empresas transportistas enfrentan retos específicos en la operación para cumplir con el complemento.
Adicional, distintas cámaras empresariales externaron su preocupación sobre distintos aspectos que impiden el correcto cumplimiento de la regla 2.7.1.9., así como del limitado tiempo con el que cuentan los desarrolladores de software para elaborar la versión 2.0 del complemento Carta Porte, su posterior periodo de pruebas y capacitación de los clientes.
En días pasados, la Cámara de Comercio de Estados Unidos solicitó a las autoridades mexicanas una nueva extensión para el inicio de la obligatoriedad del complemento Carta Porte, a al menos el 1 de abril de 2022, ante la falta de claridad sobre los requisitos y reglas emitidas por el órgano a cargo de Raquel Buenrostro.
Sin embargo, la autoridad ha dejado claro que la herramienta principal del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador para combatir la informalidad es el uso del complemento Carta Porte en el transporte, para tener la trazabilidad del movimiento de bienes y mercancías.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
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Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.