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Diferencia entre factura global y factura nominativa con RFC generico

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Diferencia entre factura global y factura nominativa con RFC generico

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FACTURA GLOBAL Y FACTURA NOMINATIVA CON RFC GENÉRICO?

La factura es un documento que no solamente tiene efectos fiscales,

sino que se utiliza para, entre otras cosas, demostrar la propiedad de

bienes o la titularidad de servicios o derechos.

La transición de la facturas 3.3 hacia la versión 4.0 ha generado muchas dudas con respecto a los datos que se deben incorporar en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Es importante mencionar que la versión 4.0 del CFDI viene con distintos cambios en materia de facturación, por ello, aquí te diremos cuáles son las diferencias entre factura global y factura nominativa con RFC genérico.

Para que las empresas no tengan que emitir un COMPROBANTE FISCAL

DIGITAL POR INTERNET (CFDI) o factura electrónica por cada operación

por la que no se solicitó el documento, el Servicio de

Administración Tributaria (SAT) permite que elaboren una “factura

global”, que contienen lo que se conoce como “operaciones con

público en general”.

Existe otro tipo de comprobante en el que el cliente no proporciona

una clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero sí

solicita su factura a su nombre. Esto se debe a que la factura es un

documento que no solamente tiene efectos fiscales, sino que se utiliza

para, entre otras cosas, demostrar la propiedad de bienes o la

titularidad de servicios o derechos.

De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, la nueva versión

4.0 del CFDI contiene cambios importantes en materia de facturación

de “operaciones con público en general”. Es decir, de clientes

que no solicitan su comprobante fiscal.

DIFERENCIA ENTRE FACTURA GLOBAL Y FACTURA NOMINATIVA CON RFC GENÉRICO

En este contexto, el artículo indica que es importante conocer las

diferencias entre las operaciones en las que un cliente no solicita

factura, de aquellas por las que el cliente sí solicita factura, pero

no proporciona una clave de RFC.

FACTURA NOMINATIVA CON RFC GENÉRICO

Para aquellas operaciones en las que el cliente solicita factura por

la operación, pero no proporciona una clave de RFC, se tiene la regla

2.7.1.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 que

señala lo siguiente:

_(…) cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la

clave genérica en el RFC: XAXX010101000 y cuando se trate de

operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se

encuentren inscritos en el RFC, se señalará la clave genérica en el

RFC: XEXX010101000._

En este entendido, cuando un cliente solicita su factura a su nombre,

pero no proporciona clave de RFC, se expide la factura nominativa y se

utiliza la clave genérica que corresponda, según se trate de un

residente mexicano o de un extranjero.

_Fiscalia_ señaló que debe tenerse claridad en que estos casos son

distintos de aquellos en los que los clientes simple y sencillamente

no solicitan su factura. Es decir, CUANDO LOS CLIENTES HACEN UNA

COMPRA, PAGAN Y SE MARCHAN SIN SOLICITAR SU COMPROBANTE. Para estos

casos, se tiene un mecanismo de comprobación distinto, que se explica

a continuación.

FACTURA GLOBAL

Cuando los clientes no solicitan factura por sus compras, el

contribuyente aún así está obligado a facturar esos ingresos, para

lo cual la regla 2.7.1.21. de la RMF para 2022 establece el mecanismo

para emitir las llamadas “facturas globales”, que se generan por

todos aquellos ingresos que derivan de operaciones por las que los

clientes no solicitaron factura y, en consecuencia, NO SE TIENEN DATOS

FISCALES DEL RECEPTOR PARA EMITIR ESTAS FACTURAS.

En este caso, el contribuyente puede agrupar las operaciones en las

periodicidades señaladas que más le convengan, y emitir un sólo

comprobante fiscal que englobe el total de estas operaciones por las

que los clientes no le solicitaron factura, precisando el detalle de

cada una de las notas de venta, tickets o recibos.

Esta información debe incluirse en el nodo “Concepto” que

contempla, como se indica en la _Guía de llenado del CFDI global

4.0_, “la información detallada de cada uno de los comprobantes de

operaciones con el público en general”, de forma específica, “el

número de folio de los comprobantes de la operación con el público

en general”.

Con el CFDI 4.0, uno de los cambios más importante para este

comprobante es que ahora incluye un nodo especial denominado

“INFORMACIONGLOBAL”. En este nodo se puede expresar la

información relacionada con el comprobante global de operaciones con

el público en general, específicamente la periodicidad, los meses al

que corresponde dicha periodicidad, y el año al que corresponde la

información del comprobante global.

En su artículo, _Fiscalia_ explicó que para el caso de la factura

nominativa sin RFC, no es necesario agregar el nodo

“INFORMACIONGLOBAL”, por la simple razón de que no se trata de

una factura global y, también, porque el sistema de validaciones del

CFDI 4.0 no lo exige así.

En sentido contrario, por aquellas operaciones por las que los

clientes no solicitan factura, estas podrán englobarse en una factura

global, por periodo, en donde sí se debe señalar la información

detallada de los comprobantes simples, así como los datos del

período.

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