Acuse de cancelación CFDI SAT
Si cancelaste uno o más Comprobantes Fiscales Digitales, es importante tener el acuse a tu poder. El Acuse de Cancelación es emitido al momento de cancelar un documento, de igual forma que un CFDI, es un archivo que está en formato XML, por lo que tiene que ser firmado de manera electrónica por la autoridad (SAT), bajo el estándar XML Signature que cumple con los mismos fines del CFDI.
Para poder llevar a cabo la cancelación de una factura electrónica, se tendrá que hacer directamente desde el portal del SAT y es importante tener tu e.firma o contraseña. El Acuse de cancelación garantiza que la información escrita esté protegida y de tal manera no puede modificarse o manipularse, asegurando no alterar los datos originales. De igual manera, permite la verificación de quien emite el documento y el emisor no podrá negar la generación del mismo.
¿Qué datos contiene el Acuse de Cancelación?
Dentro del acuse encontrarás datos como el RFC del emisor del CFDI, la fecha en la que se emitió el acuse, el folio fiscal el cual contiene una lista de los folios fiscales (UUID) ya cancelados y el código del estatus. Es importante recalcar que un acuse de cancelación podrá tener como límite 500 comprobantes fiscales digitales (CFDI) sin importar si son recibos de honorarios, recibos de nómina, facturas, etc. Es decir, solo se puede hacer la cancelación con un máximo de 500 comprobantes en un solo proceso.
¿Por qué es útil tenerlo?
El principal objetivo del Acuse de Cancelación es darte seguridad pues puede ser controversia ante la autoridad y debido a que cumple con principios de autenticidad e integridad, no hay manera de que sea rechazado. La obtención del mismo no es de una manera obligatoria, pero sí recomendamos tenerlo como buena práctica.
¿Cómo obtener el Acuse de Cancelación?
Para obtener el Acuse de Cancelación tendrás que ingresar al portal del SAT y en solo 4 pasos lo puedes obtener.
1.- Deberás de dirigirte a la página del SAT (Portal de Contribuyentes)
2.- Debes de ingresar al portal con tu contraseña o por medio de la Firma Electrónica (FIEL).
3.- Tienes que realizar una consulta de las facturas ya emitidas en la parte de la barra de búsqueda del folio fiscal (UUID).
4.- Una vez ubicada, deberás seleccionar ‘Recuperar acuse”, de esta manera se descargará en el dispositivo.
Para mayor eficacia, Edifact recomienda descargar, almacenar y tener a la mano el documento. Recuerda que los contribuyentes tienen la obligación de conservar y validar los comprobantes fiscales para poder garantizar la autenticidad y también poder aplicar la deducibilidad de los mismos, evitando con ello cualquier controversia con la autoridad.
¿Cómo saber si necesita autorización?
Hay ocasiones en las que no es necesario tener la autorización del receptor, algunos casos son cuando:
- Los CFDI amparan ingresos por un monto no mayor de $5,000.00
- Los CFDI que se emiten con el concepto de recibo de nómina o de honorarios
- Los CFDI que se emiten con concepto de egresos
- Los CFDI que se emiten con concepto de traslado
- Los CFDI que se emiten con concepto de ingresos expedidos por contribuyentes del RIF.
- Los CFDI que son generados mediante la opción de “Factura fácil”,
- Los que son amparados por el CFDI de Retenciones.
- Los CFDI que son expedidos en operaciones con el público en general con RFC: XAXX010101000
- Los CFDI que son emitidos a residentes que están en el extranjero con RFC: XEXX010101000
- Cuando la solicitud de cancelación se realiza después de 3 días de la expedición del mismo
- Los CFDI que se emiten con el concepto de ingresos, los cuales son expedidos por personas físicas del sector primario
- Los CFDI que son emitidos por los integrantes del sistema financiero.
En estos casos, el CFDI va a tener un estatus de cancelación de “Cancelable sin aceptación” ante el SAT y de esta manera, puede solicitar su cancelación sin problema alguno. Una vez sea enviada la solicitud aparecerá “En proceso”.
Autorización por parte del receptor
En caso de que se requiera la autorización por parte del receptor, se deberá llenar una solicitud que va a contener el RFC y nombre del emisor y el folio fiscal del comprobante.
Una vez que se envíe la solicitud de cancelación, el estatus de cancelación deberá de cambiar a “En proceso”.
Cuando se reciba la solicitud en el buzón, solo se tendrá 72 para aceptar o rechazarla, Si pasadas las 72 horas, el receptor no da respuesta a la cancelación, el SAT de forma automática cancelará la factura, y se le informará al emisor.



