El RFC son las siglas de Registro Federal de Contribuyentes, es una clave única alfanumérica que el gobierno de México utiliza para identificar a las personas físicas (asalariados) y personas morales (empresas) que lleven a cabo una actividad económica en nuestro país. Por medio de esta clave la autoridad fiscal es capaz de conocer puntualmente la actividad económica que cada contribuyente lleva a cabo y con quién.
El artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla quiénes están obligados y quiénes no. Deben inscribirse todas las personas físicas y morales (y sus socios o accionistas) que estén obligados a presentar declaraciones periódicas o a expedir facturas por la actividad económica que realicen. En caso de cambiar de domicilio fiscal deberán actualizar su información en un plazo de 30 días posterior al cambio. De acuerdo al artículo 79 del CFF, si una persona no se inscribe cuando está obligado a hacerlo, no actualiza la información o emite información falsa se hace acreedora a una sanción.
Es un trámite gratuito.
Primero debes de agendar una cita en el SAT
Debes acudir a tu cita con los siquientes requisitos:
Cuando se cuente con los datos necesarios se debe acceder al sitio satid.sat.gob.mx y realizar los siguientes pasos:
El RFC le servirá a los jóvenes profesionistas y a los futuros empresarios. ¿Cómo?
El RFC ayuda para la solicitud del primer empleo. ¿Por qué?
La empresas en la actualidad, al solicitar un puesto en su organización, piden que los empleados ya hayan solicitado y cuenten con su Registro Federal de Contribuyentes para realizar trámites de ingreso.
El RFC para personas físicas se compone de 13 caracteres, mientras que para las empresas (personas morales) consta de 12 caracteres.
Para calcular el RFC puedes hacerlo mediante la sencilla fórmula que a continuación te detallamos, pero los últimos 3 caracteres corresponden a la homoclave, esta es proporcionada únicamente por el SAT, existen en la red varias “calculadoras de RFC” que supuestamente te lo generan, sin embargo esto es falso, ya que el Servicio de Administración Tributaria ha sido enfático en que esta institución es la única que puede asignar la homoclave.
Consta de 13 caracteres los cuales se distribuyen de la siguiente manera:
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Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
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Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.