REIMPRESION DE ACUSES SAT

Reimpresión de acuses por medio del SAT

 

Si deseas reimprimir tus acuses, debes hacerlo mediante el Portal Oficial del SAT. Es un proceso rápido y sencillo y te diremos paso a paso cómo realizarlo pero antes te diremos unos conceptos relacionados que debes de conocer.   

 

 

¿Qué es el SAT?

 

El Sistema de Administración Tributaria mejor conocido por sus siglas SAT, es una institución que forma parte del Gobierno y se hace cargo de que las personas físicas como morales, participen y se encarguen de las obligaciones tributarias y aduaneras. 

 

El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están, de no ser así, se le exigirá que realice el pago por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo. El contribuyente solo cuenta con un periodo de 20 días hábiles para poder desacreditar lo imputado. 



¿Qué es un Acuse de Recibo?

 

Un Acuse de Recibo es un documento que tiene como finalidad comprobar que un trámite fue recibido por el SAT. Por ejemplo, puede ser una Acuse de generación de Sellos Digitales, un Acuse de Cancelación, entre otros.

 

Una vez que el envío de cierto trámite fue efectuado por medio del Portal del SAT, se notificará de que el archivo fue recibido. La notificación contiene datos como el tamaño del archivo (bytes), la hora y fecha de recepción del mismo y el usuario.     

 

Es importante mencionar que para poder recuperar posteriormente el Folio de Recepción se debe tener una buena organización. La leyenda que acompañan dichos datos dirá:   

 

“El presente acuse confirma que su archivo fue recibido y será procesado por el SAT. Como resultado de su validación, puede ser aceptado o rechazado, por lo que este documento no ampara el cumplimiento de su obligación, sugiriendo que espere a que el Servicio de Administración Tributaria le confirme su aceptación mediante la recepción de su acuse con cadena original y sello digital”.



¿Cómo se puede recuperar un Acuse de Recibo?

 

Es importante tener seguimiento de los Acuses de Recibo al momento de que se realiza una declaración pues se debe incluir en la contabilidad y llevarlo en una carpeta fiscal.

 

Si es que llegara a haber un problema al momento de enviar la información y no se pudo guardar el acuse de envío, se puede consultar en el Portal Oficial del SAT y conocer el número de acuse. 

 

Se pueden recuperar los comprobantes oficiales de las personas físicas tanto morales en cualquier momento con tan solo ingresar con la e.firma (antes FIEL) y contraseña anteriormente establecida.



¿Cómo reimprimir los Acuses?

 

Si deseas obtener los acuses de recibo, debes hacerlo desde el Portal Oficial del SAT. Este proceso es sencillo y rápido siguiendo algunos pasos después de ingresar a la página del Servicio de Administración Tributaria:

 

  1. Una vez estando en el Portal del Sat debes ingresar a “Otros trámites y servicios”
  2. Selecciona la opción “Servicios electrónicos”
  3. Ahora deberás elegir el apartado que dice “Reimprime tus acuses de declaraciones presentadas”
  4. Una vez estando ahí, debes de darle click en “Ejecutar en línea”
  5. A continuacion la pagina solicitará tus datos para poder acceder
  6. Debes desplegar las opciones y seleccionar la opción de descargar
  7. En las diferentes opciones aparecerá “Acuse de declaración anual, Declaración Informativa Múltiple, Declaración Informativa con Terceros y Declaración de Corrección de Datos”  
  8. Debes capturar el folio que obtuviste al momento que el SAT emitió el Acuse de Recibido del trámite en cuestión
  9. En la página aparecerá el Acuse de aceptación 
  10. Para finalizar debes descargar o imprimir el archivo

 

 

¿Cómo puedes consultar acuses de años anteriores?

 

  1. Debes ingresar a la aplicación “Mi Portal” capturando tu RFC y contraseña respectiva
  2. Al finalizar el ingreso de los datos, debes darle click en “Iniciar sesión”
  3. Te pedirá capturar datos en el formulario electrónico, debes indicar el periodo de la constancia de declaraciones y pago 
  4. Ahora debes enviar tu trámite al SAT e imprimir o guardar el acuse de recibo
  5. Obtendrás la hoja de pago de derechos a través de método elegido previamente
  6. Debes realizar el pago en alguna  institución bancaria y enviar por medio de “Mi portal” el comprobante
  7. Para poder enviar el comprobante debes de ingresar nuevamente al apartado “Notas”
  8. Por último, debes acudir a las oficinas del SAT correspondiente para que te entreguen la constancia de declaraciones y pasos solicitados 



¿Cuál es su Fundamento Legal?

 

  • Ley Federal de Derechos. Artículo 5, fracción II.
  • Código Fiscal de la Federación. Artículo 31.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2020. Secciones 2.8.7, 2.8.8 y 2.11, Anexo 1, Anexo 1A y Anexo 19.

 

 

 

 

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