El CFDI mejor conocido por su abreviatura Comprobante Fiscal Digital por Internet, es un comprobante que define un determinado bien y/o servicio que fue adquirido, mencionado la fecha en la que se hizo la transacción, el costo con el que fue comprado y menciona detalladamente los impuestos que corresponden al pago de dicha operación.
Al instante en el que hay emisión de una factura electrónica, se obtienen 2 archivos: en Formato XML y en Formato PDF. El PDF es una presentación de modo físico del XML y se utiliza como un apoyo entre la transacción de quien lo emite como quien lo recibe, pero el archivo XML es de mayor importancia ya que es el único formato en el que el SAT lo valida.
Las facturas incorporan información que son de suma importancia y de delicadeza tanto para las empresas (emisoras) como para los contribuyentes (receptores). Si en algún caso, alguien llegara a tener acceso a las facturas, podrían notar las actividades de un negocio o de una persona física. Por tal razón, los CFDI están encriptados con avanzados mecanismos de seguridad.
Las facturas sirven para poder amparar que una operación ha sido válida y que se han pagado los impuestos correspondientes. De esta manera:
Adicionalmente, para la empresa sirve como un justificante fiscal que hace que Hacienda pueda tener conocimiento de cada ingreso que es percibido y cada gasto.
La obligación de la emisión de facturas corresponde a los empresarios o autónomos al momento que efectúan una operación económica en la que el cliente es:
En resumen, podemos decir que cuando hay una compraventa de un bien o servicio y si alguna de las 2 partes involucradas es un autónomo o una empresa, es requerida una
factura.
Para que una factura sea válida, debe cumplir con una serie de requisitos:
Según el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, los comprobantes fiscales deben de tener el RFC de quien lo emite así como quien lo recibe, el domicilio del emisor, el CSD con el número de serie correspondiente de acuerdo al SAT, unidad de medida, descripción y código del bien y/o servicio adquirido.
El SAT anunció la entrada en vigor de CFDI 4.0 el 1 de Enero 2022 la cual será de manera obligatoria pero igual se estableció un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de abril de 2022.
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Viéndolo desde el punto de vista del contribuyente, se puede hacer un reporte más completo al SAT sobre la información contenida en los CFDI con fin de recibir mejores servicios, al igual hay posibilidad de agilizar la presentación de declaraciones con información pre-llenada.
Para la autoridad, se incrementa la calidad de la información que es recibida por parte del SAT de acuerdo a los CFDI emitidos, al igual se aprovecha al máximo la información recibida en áreas fiscalizadoras.
1. Complemento de pagos versión 2.0:
2. Servicio de cancelación
3. Anexo 20 versión 4.0
4. CFDI Retenciones e información de Pagos 2.0
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
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Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
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Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.