SAT: DEDUCIR IMPUESTOS SERVICIOS DE STREAMING Las plataformas de streaming han revolucionado la industria del
entretenimiento y pese a que representan un gasto extra,
algunas personas se preguntan si existe la posibilidad
de que el pago de estos servicios pueda deducirse ante el Servicio
de Administración Tributaria (SAT). La respuesta en SÍ, los gastos que destinas a plataformas de streaming como Netflix, Amazon, HBO, Spotify, etc., son deducibles de impuestos, sin embargo, debes de saber que esta opción está disponible para todos los contribuyentes. De acuerdo con el artículo 27 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LIR), los gastos se pueden deducir siempre y cuando sean indispensables para las actividades de los contribuyentes. En el artículo 27 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta establece lo siguiente: > Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los > siguientes requisitos: Ser estrictamente indispensables para los > fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de > donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los > requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para > el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria”. ¿QUIÉNES PUEDEN DEDUCIR LOS GASTOS DE STREAMING? Los críticos de cine, televisión, músicos, compositores, creadores de contenido, quienes escriben en sitios web o medios tradicionales y todos aquellos que sin el pago de las PLATAFORMAS DE STREAMING no tuvieran otra manera de generar ingresos. En ese sentido, son pocas las personas que tienen la oportunidad de deducir los gastos de streaming, por supuesto, para acceder a este beneficio será necesario detallar este tipo de gastos, de lo contrario el SAT podría rechazarlos.
“[h]Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria[/h]”. Las personas que pueden beneficiarse de esta norma son los críticos de cine, televisión, músicos, compositores y creadores de contenido, así como quienes escriben en sitios web, medios tradicionales y todos aquellos que demuestren que sin el pago de las plataformas de streaming les es imposible generar ingresos extra. Por esta razón, pocas personas tienen la oportunidad de deducir los gastos de streaming, además de que para acceder a este beneficio es necesario detallar este tipo de gastos, de lo contrario el SAT podría rechazarlos.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.