Declaración anual 2021 personas físicas
A partir del 1 de abril las personas físicas deberán presentar la
DECLARACIÓN ANUAL 2021, el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA dio
a conocer los requisitos necesarios para que las personas puedan
emitir este documento fiscal. Además de que amplió los horarios en
los días hábiles de abril para facilitar este proceso.
En oficinas los horarios serán durante los días hábiles de abril de
8:30 a 18 horas y los sábados 2, 9, 23 y 30 de 9 a 16 horas. La fecha
límite para que las personas físicas presenten su DECLARACIÓN ANUAL
es el 30 de abril.
A través de un comunicado en sus redes sociales, el SAT indicó que
las personas físicas podrán hacerlo desde el portal oficial en
sat.gob.mx y el sitio específico de Declaración Anual 2021:
http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html.
Sólo se requiere la contraseña y que únicamente en el caso que se
obtenga saldo mayor a 150 mil pesos o si se modifica la CUENTA CLABE
se deberá enviar con la firma electrónica.
Los REQUISITOS para la declaración anual de impuestos es la e.firma;
el REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC); Cuenta con CLABE
interbancaria; comprobantes de pagos y retenciones de ISR, IVA E
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS; constancia por
intereses percibidos en el año, constancia de inversiones realizadas
en el año y el CFDI de nómina por los salarios recibidos en el año.
Además agregó dónde se pueden resolver dudas, por ejemplo en la
oficina virtual en donde solo se requiere la firma electrónica y la
contraseña; el ORIENTASAT está disponible las 24 horas del día y
los 365 días del año en el PORTAL DEL SAT y minisitio de
Declaración Anual 2021; por último está el OrientaSAT a través de
MARCASAT al teléfono 55 6272 2728 que estará disponible a partir del
1 de abril con el asistente virtual conversacional.
En abril declaran las PERSONAS FÍSICAS que obtuvieron ingresos por
salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, cobrar
rentas por algún inmueble, recibir intereses o dividendos,
enajenación de bienes o adquisición de bienes. Por el momento se
puede encontrar un SIMULADOR en la página oficial.
En el micrositio se recuerda a la población que todas las personas
físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y
premios obtenidos en 2021, siempre que estos, en lo individual o en su
conjunto, excedan de 600 MIL PESOS.
De igual manera están obligadas a informar sobre los ingresos
obtenidos por la enajenación de CASA HABITACIÓN, HERENCIAS, LEGADOS
Y PREMIOS OBTENIDOS en 2021, siempre que la totalidad de los ingresos
obtenidos en el ejercicio sean superiores a 500 MIL PESOS.
Así mismo explican qué se puede DEDUCIR EN LA DECLARACIÓN ANUAL
como los gastos médicos, los gastos funerarios, donativos,
colegiaturas, aportaciones complementarios, primas de seguros de
gastos médicos, gastos de transporte escolar, gastos de créditos
hipotecarios y cuentas especiales y personales para el ahorro; es
importante revisar en el portal del SAT sobre cuáles gastos
deducibles aplican.
La multa para PERSONAS FÍSICAS QUE NO PRESENTEN LA DECLARACIÓN ANUAL
va desde mil 400 hasta los 38 mil 730 pesos, además habrá multa por
cada declaración, solicitud o constancia fuera del plazo señalado
que va desde los mil 400 hasta los 34 mil 730 pesos. Es importante
señalar que ante CUALQUIER DUDA es necesario presentarla ante la
PÁGINA OFICIAL DEL SAT.
¿Qué dice el SAT?
Con el fin de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,
el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a su disposición
algunas herramientas para prepararse y presentarla en tiempo y forma
para la Declaración Anual 2021, la cual se realiza del 1 al 30 de
abril.
Entre ellas se encuentra SAT ID, que permite generar o renovar la
Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener
fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde
cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de
satid.sat.gob.mx. Cabe destacar que el uso de la Contraseña es
importante para realizar la Declaración Anual, pues permite
autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema,
asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener
saldo a favor.
Por otro lado, las personas físicas que reciban ingresos por salarios
pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el
trabajador:
https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta-el-visor-de-comprobantes-de-nomina-para-el-trabajador
Las personas obligadas a presentarla son aquellas que pertenecen a los
siguientes regímenes:
*Servicios profesionales (honorarios).
*Actividades empresariales.
*Plataformas tecnológicas.
*Arrendamiento.
*Intereses.
*Dividendos.
*Enajenación de bienes.
*Adquisición de bienes.
Así como las que recibieron ingresos por salarios de dos o más
empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra
actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios,
obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.
En este sentido, para revisar la información precargada en su
Declaración Anual, pueden hacer uso del Simulador en:
https://www.sat.gob.mx/declaracion/23891/presenta-tu-declaracion-anual-de-personas-fisicas-y-conoce-el-simulador-para-2021
Es importante precisar que las deducciones personales ya están
prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados
el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan
solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.
Algunas de ellas son: honorarios médicos, dentales, de psicólogos y
nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos
hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos
hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.
También se les recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos
por salarios de un empleador que no están obligadas a presentar la
Declaración Anual; sin embargo, si tienen deducciones personales que
pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentarla a más tardar
el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.
Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar el
minisitio de Declaración Anual 2021:
http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html.
Facturación electrónica | Recibos de Nómina | Contabilidad Electrónica | Retenciones | Timbrado | Timbrado Ilimitado
Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
Indicado para quienes requieran expedir un comprobante fiscal por retenciones o para asentar información, de conformidad con las disposiciones fiscales.
Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
Solución para la emisión de archivos para la contabilidad electrónica en su formato XML. Procesa los archivos desde el formato estándar EXCEL fácilmente.
Optimice su área contable agilizando la verificación y recepción de facturas CFDI de proveedores.
Incluye información adicional solicitada por el SAT a los CFDI, de uso regulatorio o actividad específica.