¿QUÉ ES UN CONTRIBUYENTE? Por contribuyente entendemos a toda PERSONA, sea física o jurídica, que está OBLIGADA POR LA NORMATIVA FISCAL O TRIBUTARIA A CUMPLIR LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE LA MISMA. Estas personas tienen la OBLIGACIÓN DE PAGAR LOS IMPUESTOS de acuerdo con la ley, ya que son el sujeto pasivo de la obligación tributaria, siendo así los deudores principales de la administración tributaria. El contribuyente tiene la obligación, además de pagar los impuestos correspondientes al hecho imponible realizado, a llevar a cabo los DEBERES ACCESORIOS derivados de la normativa correspondiente. Entre estas obligaciones accesorias encontramos las declaraciones y autoliquidaciones que tendrán la obligación de presentar, así como otras comunicaciones. Esto es así debido a que EL CONTRIBUYENTE ES QUIEN REALIZA EL HECHO IMPONIBLE. El hecho imponible es aquel establecido por la ley tributaria y que genera la obligación de pagar determinado tributo. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRIBUYENTE Algunas características que tienen en común todos los contribuyentes son: * ES EL QUE REALIZA EL HECHO IMPONIBLE. Esto quiere decir que lleva a cabo la acción prevista en la normativa que genera la obligación de tributar. * TIENE CAPACIDAD ECONÓMICA. Por ello realiza el hecho imponible y se genera la obligación de tributar. * SABE SU CONDICIÓN. Esto es porque viene regulado por ley. * Con la satisfacción de los tributos derivados de su obligación, CONTRIBUYE A SOSTENER AL ESTADO. * PUEDE ACTUAR EL PROPIO CONTRIBUYENTE POR SÍ MISMO O A TRAVÉS DE UN SUSTITUTO. * EXISTEN DIFERENTES TIPOS de contribuyentes. TIPOS DE CONTRIBUYENTES Según el tipo de persona de que se trate, los contribuyentes pueden ser de dos tipos: * PERSONAS FÍSICAS. Los contribuyentes de este tipo son los que generan rentas que provienen de su trabajo personal, lo que incluye a los dueños únicos de un negocio y a los profesionales liberales. Las personas físicas se identifican como contribuyentes mediante su número de identificación fiscal o pasaporte, en el caso de extranjeros. * PERSONAS JURÍDICAS. En este grupo se encuentran las sociedades y las asociaciones de varias personas. Las personas jurídicas se identifican mediante la tarjeta de identificación tributaria, en la que constan el nombre, el número de registro y la fecha de constitución. SUSTITUTO DEL CONTRIBUYENTE Como hemos visto anteriormente, el contribuyente puede actuar por sí mismo o mediante un sustituto. Este sustituto ADQUIRIRÁ LA OBLIGACIÓN DE SATISFACER EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LOS TRIBUTOS, sustituyendo al contribuyente. Aunque queda obligado al pago por ley, el sustituto NO HA LLEVADO A CABO EL HECHO IMPONIBLE del que se deriva la obligación tributaria. La figura del sustituto ES UNA GARANTÍA emanada de la Ley General Tributaria con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante el pago de los tributos correspondientes. Aunque exista un sustituto, EL CONTRIBUYENTE NO QUEDA EXENTO de sus obligaciones en relación con los tributos. EL SUSTITUTO TIENE DERECHO AL REEMBOLSO DEL IMPORTE que haya abonado en concepto de tributos del contribuyente, por lo que este quedará obligado a hacerse cargo de ello.
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Indicado para grandes empresas que requieran interconectar su sistema ERP. Emisión, verificación y certificación de CFDI.
Administre su empresa mediante la descarga y resguardo masivo de la facturación emitida o recibida desde los servidores del SAT.
Emite la auto facturación de un bien o servicio adquirido cuando la contraparte no está dada de alta ante el SAT como contribuyente con actividad empresarial.
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Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Validará y certificará el CFDI publicando de manera ágil en un portal web.
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