En este artículo te hablaremos de la Carta Porte en donde el día de ayer, miércoles 9 de Marzo 2022, el SAT cambió la fecha de transición del complemento.
La Carta Porte es un complemento que se encuentra dentro del tipo de CFDI traslado. Con este documento se puede conocer la información de las mercancías que serán trasladadas, por ejemplo, se puede conocer el punto de origen y destino, al igual que el medio por el cual la mercancía se trasladará.
Cabe mencionar que para aquellos contribuyentes que se dedican a brindar el servicio de traslado de mercancías, deben emitir el CFDI del Complemento Carta Porte como tipo Ingreso para que se pueda amparar legalmente la posesión de mercancías.
Es primordial saber el uso del complemento para poder determinar el alcance que se puede obtener con el mismo. Como mencionamos anteriormente, dentro del documento se debe estipular a detalle la información relacionado con el traslado de mercancías, es decir, además de incorporar los puntos anteriormente mencionados, se debe integrar el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
La emisión de este complemento es responsabilidad de la empresa de transporte y por lo cual, se encuentran en diferentes maneras con diferentes usos cada uno. Es decir:
Si bien, el complemento debe ser emitido por la empresa transportista de bienes o servicios en donde deberá generarlo como un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y amparar el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en carreteras.
Se usa en aquellos casos que se necesitan trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, ya sea por medio de autotransporte federal, por medio marítimo, aérea o ferroviaria. El CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte se debe emitir por quien presta el servicio de transporte cuando haya sido contratado para el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional.
En Edifact ofrecemos la solución de “Carta Porte” que se trata de un complemento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o ingreso, para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino.
Se debe hacer uso de la Carta Porte cuando hay transportación marítima, aérea, ferroviaria y autotransporte.
También contamos con soluciones para Complemento Carta Porte como:
Si deseas conocer más información del Complemento Carta Porte puede visitar nuestra página https://www.edifact.com.mx/carta-porte.html

Existen 2 tipos de comprobantes, ingreso y traslado. Ambos se deben utilizar de acuerdo al contexto existente.
-Ingreso: Los que deben generar el complemento como tipo de ingreso, son aquellas empresas que se dedican a la transportación de bienes o servicios en los cuales circulan por carreteras federales, deben de ser emitidas para poder amparar la prestación del servicio, siempre y cuando incorporando el complemento Carta Porte.
-Traslado: Los que deben generar el complemento como tipo egreso, son los propietarios de los bienes o servicios que serán transportados por su propio medio de transporte.
Emitir la Carta Porte trae diferentes ventajas, por ejemplo:
Como sabes, desde el año pasado (2021) el SAT realizó ajustes con el complemento, específicamente en la documentación técnica del estándar con el objetivo de que los transportistas cumplan con especificaciones del complemento así como en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 en donde se establecen reglas para regular la emisión del complemento Carta Porte: Hay actualizaciones del estándar así como modificación en los Catálogos .
Es importante mencionar que algunas de las actualizaciones planeadas integrarán nuevos atributos así como la eliminación de algunos, habrá ajustes en la longitud de algunos atributos del nodo "Autotransporte", así como ajustes de redacción en ciertas descripciones. Habrá modificaciones en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento, y se añadirán validaciones adicionales de acuerdo a la nueva estructura.
Al igual se prevé cambios en los Catálogos como Material Peligroso, Estaciones, Figura Transporte, Tipo De Servicio, Tipo de Carro, Tipo De Tráfico, por mencionar algunas.
Anteriormente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) había anunciado mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF) el periodo de transición de un plazo de 3 meses para el correcto cumplimiento del uso de la Carta Porte, así como las reglas que lo rigen a partir del 1 de enero.
Al igual se anunció el uso del CFDI con complemento Carta Porte, se menciona que debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2022 por lo que la autoridad lo dará por cumplido, aunque no se cumpla con todos los requisitos de llenado, hasta el 31 de marzo.
Pero el día de ayer 9 de Marzo de 2022. El SAT por medio de su cuenta oficial de Twitter, mencionando que la emisión de la Carta Porte sin sanciones se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022.

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Indicado para personas físicas y pequeñas empresas. Paquetes desde 150 timbres hasta timbrado ilimitado anual.
Indicado para medianas empresas. Incluye requerimientos de Addendas, complementos o impuestos específicos.
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