CARTA PORTE NUEVO PERIODO DE TRANSICION

Carta Porte nuevo periodo de transición

 

En este artículo te hablaremos de la Carta Porte en donde el día de ayer, miércoles 9 de Marzo 2022, el SAT cambió la fecha de transición del complemento. 



¿Qué es la Carta Porte?

 

La Carta Porte es un complemento que se encuentra dentro del tipo de CFDI traslado. Con este documento se puede conocer la información de las mercancías que serán trasladadas, por ejemplo, se puede conocer el punto de origen y destino, al igual que el medio por el cual la mercancía se trasladará. 

 

Cabe mencionar que para aquellos contribuyentes que se dedican a brindar el servicio de traslado de mercancías, deben emitir el CFDI del Complemento Carta Porte como tipo Ingreso para que se pueda amparar legalmente la posesión de mercancías. 



¿Para qué sirve el complemento?

 

Es primordial saber el uso del complemento para poder determinar el alcance que se puede obtener con el mismo. Como mencionamos anteriormente, dentro del documento se debe estipular a detalle la información relacionado con el traslado de mercancías, es decir, además de incorporar los puntos anteriormente mencionados, se debe integrar el traslado de  hidrocarburos y petrolíferos.

 

La emisión de este complemento es responsabilidad de la empresa de transporte y por lo cual, se encuentran en diferentes maneras con diferentes usos cada uno. Es decir:

 

  1. Se debe emitir un recibo en donde se ampara que se está entregando la mercancía y se debe indicar el estado en general del producto recibido. 
  2. Debe existir un contrato de por medio entre el cargador y el porteador
  3. Se debe entregar la factura por parte de la empresa de transporte como una manera de indicar el importe correspondiente al servicio ofrecido.
  4. El complemento tiene como fin ser un documento negociable, es decir, se puede determinar si se va a intercambiar dinero por el servicio brindado, siempre y cuando  permitiendo que los bienes a que hace referencia se vendan durante el tránsito.
  5. 5) Es un documento constituyente de título que representa la propiedad de los bienes y que sólo se da a conocer por la compañía naviera contra la presentación de un documento original firmado.



¿A quién aplica?

 

Si bien, el complemento debe ser emitido por la empresa transportista de bienes o servicios en donde deberá generarlo como un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y amparar el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en carreteras.

 

Se usa en aquellos casos que se necesitan trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, ya sea por medio de autotransporte federal, por medio marítimo, aérea o ferroviaria. El CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte se debe emitir por quien presta el servicio de transporte cuando haya sido contratado para el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional.

 

En Edifact ofrecemos la solución de “Carta Porte” que se trata de un complemento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o ingreso, para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino.

Se debe hacer uso de la Carta Porte cuando hay transportación marítima, aérea, ferroviaria y autotransporte.  

 

También contamos con soluciones para Complemento Carta Porte como:

  •  Carta Porte Portal Web que agiliza tus procesos con nuestra solución en la nube, en nuestra plataforma podrás emitir el CFDI con el complemento Carta Porte. 

 

  • Carta Porte Desarrollo Rightsizing que está indicada para empresas que necesitan interconectar sus sistemas ERP para la emisión de complemento Carta Porte.

 

  • Carta Porte Consumo Web Service la cual es una solución indicada para la implementación bajo el consumo de Web Service para la emisión del complemento Carta Porte.  

 

Si deseas conocer más información del Complemento Carta Porte puede visitar nuestra página https://www.edifact.com.mx/carta-porte.html 

 

 



¿Sabías que el complemento se puede emitir como tipo ingreso o egreso?

 

Existen 2 tipos de comprobantes, ingreso y traslado. Ambos se deben utilizar de acuerdo al contexto existente.

 

-Ingreso: Los que deben generar el complemento como tipo de ingreso, son aquellas empresas que se dedican a la transportación de bienes o servicios en los cuales circulan por carreteras federales, deben de ser emitidas para poder amparar la prestación del servicio, siempre y cuando incorporando el complemento Carta Porte.

 

-Traslado: Los que deben generar el complemento como tipo egreso, son los propietarios de los bienes o servicios que serán transportados por su propio medio de transporte. 



Beneficios de Carta Porte 

 

Emitir la Carta Porte trae diferentes ventajas, por ejemplo: 

 

  • Si es que existe el caso en donde se deba verificar el traslado debido a riesgos o amenazas, con el documento se puede conocer el origen y destino de las mercancías
  • Se puede tener conocimiento de las mercancías que son trasladadas y las rutas que seguirán para hacer llegar los bienes. 
  • Gracias a que se incorporan diferentes elementos dentro del complemento, nos permite realizar una verificación de operaciones realizadas por las personas que intervienen en el traslado de mercancías
  • Se de información para que se pueda implantar estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las rutas  
  • Refuerza el comercio formal, combate la informalidad y contrabando 
  • Facilita elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para validar la mercancía transportada y acreditar su legal estancia durante el traslado.    



Carta Porte versión nueva

 

Como sabes, desde el año pasado (2021) el SAT realizó ajustes con el complemento, específicamente en  la documentación técnica del estándar con el objetivo de que los transportistas cumplan con especificaciones del complemento así como en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 en donde se establecen reglas para regular la emisión del complemento Carta Porte: Hay actualizaciones del estándar así como modificación en los Catálogos .  

 

Es importante mencionar que algunas de las actualizaciones planeadas integrarán nuevos atributos así como la eliminación de algunos, habrá ajustes en la longitud de algunos atributos del nodo "Autotransporte", así como ajustes de redacción en ciertas descripciones. Habrá modificaciones en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento, y se añadirán validaciones adicionales de acuerdo a la nueva estructura.

Al igual se prevé cambios en los Catálogos como Material Peligroso, Estaciones, Figura Transporte, Tipo De Servicio, Tipo de Carro, Tipo De Tráfico, por mencionar algunas.



Carta Porte nuevo periodo de transición



Anteriormente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) había anunciado mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF) el periodo de transición de un plazo de 3 meses para el correcto cumplimiento del uso de la Carta Porte, así como las reglas que lo rigen a partir del 1 de enero.

 

Al igual se anunció el uso del CFDI con complemento Carta Porte, se menciona que debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2022 por lo que la autoridad lo dará por cumplido, aunque no se cumpla con todos los requisitos de llenado, hasta el 31 de marzo.

 

Pero el día de ayer 9 de Marzo de 2022. El SAT por medio de su cuenta oficial de Twitter, mencionando que la emisión de la Carta Porte sin sanciones se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022.



 

 

 

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