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¿Quiénes no tienen derecho a recibir Utilidades?

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¿Quiénes no tienen derecho a recibir Utilidades?

  • Trabajadores contratados por honorarios.
  • Directivos.
  • Gerentes.
  • Gerentes generales.
  • Socios.
  • Accionistas.

Ahora analizamos los tipos de empresa que no están obligadas a realizar reparto de utilidades.

  • Las empresas con menos de 1 año de funcionamiento.
  • Quedan exentas de pagar el PTU las empresas que han elaborado un producto nuevo.
  • Empresas mineras de nueva creación durante el periodo de exploración.
  • Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas que no hayan generado utilidades o un ingreso anual declarado para el ISR menor a $300,000.00 pesos.

La PTU consiste en el 10% de las ganancias totales que haya generado la empresa, en el ejercicio correspondiente del año en curso. Sin embargo, la cantidad de utilidad que le corresponde a cada trabajador dependerá de otros factores, siguiendo estos pasos:

  1. Determinar el 10% de las ganancias totales obtenidas por la empresa.
  2. Dividir el resultado del paso 1 en 2 partes: 50% se reparte con respecto a los días laborados y el otro 50% en proporción al salario total de los trabajadores.
  3. PTU de días Laborados:
    1. Se suman los días trabajados de todos los empleados con derecho a participar.
    2. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de días.
    3. El resultado de la división se multiplica por los días laborados de cada empleado, el resultado es la utilidad por días laborados de cada trabajador.
  4. PTU por Salarios:
    1. Se suman los salarios percibido de cada empleado con derecho a participar.
    2. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de los salarios.
    3. El resultado de la división se multiplica por el salario percibido por cada empleado, el resultado es la utilidad por salario de cada trabajador.
  5. Se suma el PTU por días laborados y por salario para obtener el valor final de las utilidades.
  6. Se aplica la resta de impuestos y el resultado es la utilidad final que percibirá el empleado.

A partir del día en que la empresa, persona moral o física realizó la declaración anual de impuestos tiene 60 días para la repartición de utilidades entre sus empleados. Es decir, para personas morales donde la fecha límite de pago de impuestos es el 31 de marzo, tendrán hasta el 30 de mayo para realizar la repartición de utilidades. En el caso de las personas físicas, la fecha límite es el 29 de junio.

Básicamente esto sería lo más importante respecto al PTU o repartición de utilidades.

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