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¿Qué es la carta porte en el transporte de mercancías?

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TRANSPORTE DE MERCANCIAS CARTA PORTE

¿Qué es la carta porte en el transporte de mercancías?

Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

En EdiFactMx ofrecemos la solución de “Carta Porte” que se trata de un complemento que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o ingreso, para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino.

Se debe hacer uso de la Carta Porte cuando hay transportación marítima, aérea, ferroviaria y autotransporte.  

También contamos con soluciones con suscripción anual para Complemento Carta Porte como:

  •  Carta Porte Portal Web que agiliza tus procesos con nuestra solución en la nube, en nuestra plataforma podrás emitir el CFDI con el complemento Carta Porte. 

    Suscripción de bajo costo por el uso de la plataforma. El costo por emisión del CFDI con el complemento es a partir de $1.00 peso, dependiendo del volumen mensual, el precio del timbre podrá reducirse.

  • Carta Porte Desarrollo Rightsizing que está indicada para empresas que necesitan interconectar sus sistemas ERP para la emisión de complemento Carta Porte. Es un desarrollo a la medida, que se ajusta a las reglas de negocio de su empresa.
  • Carta Porte Consumo Web Service la cual es una solución indicada para la implementación bajo el consumo de Web Service para la emisión del complemento Carta Porte.  

    Esta es una solución indicada para la implementación bajo el consumo de Web Service.

Si deseas conocer más información del Complemento Carta Porte puede visitar nuestra página https://www.edifact.com.mx/carta-porte.html 

Carta Porte versión 2.0

La Secretaría de Administración Tributaria (SAT), con fecha 26 de octubre de 2021, publicó la versión 2.0 del complemento de “Carta Porte” a través de su sitio de internet.
A través de esta publicación, el SAT, da a conocer la versión 2.0 de este complemento y resalta que los principales cambios son:

• Incorporación y eliminación de atributos.
• Ajuste en la longitud de algunos atributos del nodo “Autotransporte”.
• Ajustes a la redacción de algunas descripciones.
• Ajustes en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento.
• Adición de validaciones adicionales de acuerdo con la nueva estructura.
• Actualización de los catálogos de uso para este complemento.

Para la incorporación de la versión 2.0 del complemento se debe observar lo siguiente:
• Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional (propietarios de mercancías o, intermediarios o agentes de transportes).
• El complemento Carta Porte 2.0 inicia su vigencia el 1 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo, publicado en la 2a. versión anticipada en relación con el Décimo Primero Transitorio publicado en la 1a. versión anticipada, ambas de la 3a. Resolución de Modificaciones a la RMF vigente.
• Para el registro de datos solicitados en el complemento Carta Porte 2.0, se podrá utilizar lo señalado en la correspondiente guía de acuerdo con el tipo de transporte.

EdiFactMx está llevando a cabo la implementación de esta nueva versión en sus distintas plataformas de timbrado.

Beneficios

  • Acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas.
  • Al emitir un CFDI de Ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte.
  • Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional.

Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.

Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.

Si eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.

Por ejemplo, si transportas tu lote de zapatos con tu propio camión de carga de Guanajuato a la CDMX, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte.

Si eres el propietario de los bienes o mercancías y necesitas trasladarlas con tus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Traslado con el complemento Carta Porte.

CFDI de tipo Ingreso

Es un documento fiscal digital, que se emite por la prestación de servicios de autotransporte, tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.

Asimismo, en el CFDI se debe desglosar el traslado y en caso de que el receptor sea persona moral debe efectuar la retención del IVA.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?

Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:

  • Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.
  • El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.
  • Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
  • Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
  • Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
  • La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
  • Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

CFDI de tipo Traslado

Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.

transporte-de-mercancias-carta-porte.htmlhttps://www.edifact.com.mx EdiFactMxhttps://www.sat.gob.mx EdiFactMxhttp://www.validaxml.com EdiFactMxhttp://www.headhunter.com.mx EdiFactMxhttp://www.factura999.com EdiFactMxhttps://www.gob.mx/curp/ EdiFactMxhttps://www.gob.mx/cedulaprofesional EdiFactMxhttps://www.gob.mx/pasaporte EdiFactMxhttps://www.gob.mx/ActaNacimiento/ EdiFactMxhttps://www.referencialaboral.com.mx EdiFactMxhttps://www.faunanociva.com EdiFactMx

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