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Días inhabiles del SAT verano 2022

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Días inhabiles del SAT verano 2022

¿CÚALES DÍAS DE VERANO EL SAT NO LABORA?

El 27 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
anunció su primer período general de vacaciones, cuyos días se
consideran inhábiles.
El anuncio lo hizo autoridad fiscal hizo lo anterior a través de la
segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones
a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
En la regla 2.1.6. del documento, se definen como días inhábiles
para el SAT el primer periodo general de vacaciones del 2022, el cual
comprende DEL 18 AL 29 DE JULIO DE 2022.
Es importante conocer estas fechas, porque estos días no se computan
para efectos fiscales.
Aunque esta modificación aún no está publicada en el Diario Oficial
de la Federación (DOF), es aplicable desde el 27 DE JUNIO DE 2022.
TRÁMITES EN LÍNEA
Sin embargo, los contribuyentes pueden realizar diversos trámites a
través de su portal de internet, como la generación o renovación de
su contraseña y la renovación de su firma electrónica (e.firma), si
caducó hace menos de un año.
¿CÓMO HACER MIS TRÁMITES MIENTRAS EL SAT ESTÁ DE VACACIONES?
Todos los trámites, incluyendo el de la constancia de situación
fiscal o hasta corregir datos, se pueden hacer a través de la página
del SAT (WWW.SAT.GOB.MX), siempre y cuando, el contribuyente cuente
con su RFC y la E.FIRMA. Además de que cualquier recordatorio
seguirá llegando a través del buzón tributario.
El SAT también cuenta con otros canales de ayuda al contribuyente,
como es la ORIENTACIÓN TELEFÓNICA a través del número 55 6272
2728, donde puedes marcar diferentes opciones: número 0 para dudas u
orientación sobre la declaración anual; 2 para obtener la
contraseña o e.firma; 3 para cualquier duda sobre la constancia de
situación fiscal.

¿QUÉ TRÁMITES DEL SAT PUEDO HACER EN LÍNEA?
Entre LOS TRÁMITES DEL SAT QUE SE PUEDEN HACER EN LÍNEA se
encuentran: cambio de domicilio fiscal; apertura o cierre de
establecimiento; generación  y actualización de contraseña;
declaraciones provisionales de actividades empresariales, servicios
profesionales o arrendamiento, entre otros.
El periodo de vacaciones del SAT no significa que los contribuyentes
puedan tramitar una cita, aunque ésta se asignará según la demanda
y después del 29 de julio.
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