Cobrita IA ¿Tienes dudas? Pregúntale a nuestra IA

Deducir ante el SAT aportaciones voluntarias

Te puede interesar:

Deducir ante el SAT aportaciones voluntarias

¿Cómo deducir ante el sat aportaciones voluntarias?

GUARDAR DINERO durante tu vida laboral es una forma de asegurar un
retiro digno, de esta forma contarás con el CAPITAL SUFICIENTE para
tener ESTABILIDAD ECONÓMICA, con la que podrás costear los servicios
básicos de salud, alimentación y bienestar social. Existen algunas
opciones con las que podrás alcanzar objetivo, que además te darán
BENEFICIOS FISCALES.
Para eso existen las ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (Afore),
que son instituciones financieras nacionales que manejan las cuentas
individuales de los empleados afiliados al Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
También, hay otra alternativa llamada PLAN PERSONAL DE RETIRO (PPR),
que es un instrumento financiero manejado por aseguradoras registradas
ante la SECRETARÍA DE HACIENDA, consiste en una cuenta destinada a la
inversión a largo plazo. Si quieres tener una vejez tranquila puedes
acceder a cualquiera de estas DOS OPCIONES, incluso al mismo tiempo,
ya que son compatibles.

DEDUCE IMPUESTOS CON LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS

La declaración anual es un proceso en el que debes presentar ante el
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT), un reporte de los
ingresos que recibes PERIÓDICAMENTE, se realiza el cálculo
correspondiente de los pagos que cubrirás, también, puedes solicitar
el SALDO A FAVOR generado, para ello, hay una forma de deducir
impuestos, lo que significa disminuir el monto total que se debe
entregar.
Según la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (LISR), esto es posible
gracias a las aportaciones voluntarias, que son los depósitos
adicionales que los ciudadanos hacen a su cuenta de ahorro, ya sea en
su AFORE o PPR, con estos pagos se pueden hacer DEDUCCIONES A LOS
IMPUESTOS, y así pagarás menos, o el SAT te regresará dinero.
No obstante, hay un monto máximo que será de hasta el 10% DE LOS
INGRESOS ACUMULABLES del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas
APORTACIONES EXCEDAN del equivalente a cinco salarios mínimos
generales del área geográfica elevados al año.
Asimismo, se debe tomar en cuenta que para que ESTO FUNCIONE, los
recursos necesitan permanecer en tu cuenta de Afore o PPR hasta que
CUMPLAS 65 AÑOS, con excepciones en caso de INVALIDEZ o INCAPACIDAD
para trabajar.

¿CÓMO DEDUCIR ANTE EL SAT LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS
?
Servicio de Administración Tributaria (SAT)
hizo tres recomendaciones para aplicar la deducción personal de las
aportaciones de retiro en la Declaración Anual 2021 de personas
físicas.
La autoridad fiscal recomendó aplicar deducciones personales como son
las aportaciones complementarias de retiro (que no se pueden retirar
hasta la edad de 65 años o por una condición de invalidez o
incapacidad) y las aportaciones voluntarias a largo plazo (que se
pueden retirar a los seis meses) realizadas directamente a su
subcuenta, así como depósitos en cuentas especiales para el ahorro.
A través de un comunicado, el SAT explicó:
*
Contar con los comprobantes fiscales que amparen los pagos efectuados
durante el ejercicio 2021 por concepto de las aportaciones
complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de
aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes
personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias
realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias o depósitos en
cuentas especiales para el ahorro siempre que cumplan con los
requisitos correspondientes.
*
Para el caso de la deducción de aportaciones complementarias:
Ingresar al aplicativo de la Declaración Anual 2021 de personas
físicas en el apartado Deducciones personales e identificar el icono:
Aportaciones complementarias o Depósitos en cuentas especiales para
el ahorro y agregar la información de cada aportación realizada
durante 2021 con los siguientes datos del comprobante fiscal:
—Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del emisor
—Nombre, denominación o razón social
—Fecha de emisión del comprobante fiscal
—Descripción
—Importe total
—Monto deducible
* El monto de las aportaciones deducibles, tanto complementarias
como voluntarias, podrá ser de hasta el 10 por ciento de los ingresos
acumulables del contribuyente en el ejercicio 2021. Además, dichas
aportaciones no pueden exceder la cantidad de 163 mil 467 pesos
ahorrados voluntariamente durante un año.
“Es importante mencionar que el máximo a deducir, no puede superar
el 15 por ciento de todas las deducciones personales combinadas con
otros conceptos como donaciones o gastos médicos y que, en el caso de
los depósitos en cuentas especiales para el ahorro el monto máximo a
deducir es de 152 mil pesos al año”, precisó el SAT.
Como ejemplo, el SAT expuso que si la persona física obtuvo ingresos
por un millón de pesos, se podrá deducir un máximo de 100 mil pesos
en caso que haya aportado exclusivamente a este rubro y ninguna
deducción a donaciones o gasto médico. Si se tuvieron ingresos por 2
millones de pesos o más, solo se podrá deducir hasta un monto de
ahorro voluntario de 163 mil pesos siempre y cuando haya sido lo
único a deducir.
deducir-ante-el-sat-aportaciones-voluntarias.htmlhttps://www.edifact.com.mx EdiFactMxhttps://www.sat.gob.mx EdiFactMxhttp://www.validaxml.com EdiFactMxhttp://www.headhunter.com.mx EdiFactMxhttp://www.factura999.com EdiFactMxhttps://www.gob.mx/curp/ EdiFactMxhttps://www.gob.mx/cedulaprofesional EdiFactMxhttps://www.gob.mx/pasaporte EdiFactMxhttps://www.gob.mx/ActaNacimiento/ EdiFactMxhttps://www.referencialaboral.com.mx EdiFactMxhttps://www.faunanociva.com EdiFactMx

¿Te gustó este artículo? Compártelo:

Compartir
Compartir
Compartir
Compartir
Enviar
Compartir

¡Suscríbete!

Recibe contenido especializado en gestión empresarial, contabilidad fiscal y crecimiento de Pymes directamente en tu bandeja de entrada!

Ultimas noticias

Categorías

Regístrate gratis a nuestros boletines y obtén contenido especializado en gestión empresarial, contabilidad fiscal y crecimiento de PYMEs, directamente en tu bandeja de entrada.

PAC Autorizado SAT

Soluciones de Facturación Electrónica

Descubre todas nuestras herramientas CFDI 4.0 para tu empresa

Ver también:

Suscríbete a nuestro boletín
Suscríbete