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DECLARACIóN ANUAL PERSONAS MORALES

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DECLARACIóN ANUAL PERSONAS MORALES

La ropa, gasolina, productos de higiene son algunos gastos que no puedes deducir ante el SAT en tu declaración anual 2022

Faltan pocos meses para la declaración anual 2022, por lo que será mejor ordenar tus cuentas y papeleo para cumplir esta obligación fiscal. Para llevar a cabo este procedimiento es importante conocer cuáles son los productos o servicios que son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y cuáles no.

Si bien en casi cualquier compra se nos puede dar una factura, no todo lo que adquirimos es deducible, pues existen ciertos lineamientos de lo que podemos anexar en nuestros comprobantes fiscales, por ello en EdiFactMx te revelamos cuáles son los gastos que no son deducibles de impuestos.

Es importante recordar que si eres una persona fiscal la declaración de impuestos se debe de realizar en el mes de abril.

¿Qué no puedo deducir ante el SAT en mi declaración anual 2022?

Si eres una persona física existen ciertos productos y servicios que no son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria, entre ellos están: 

  • Ropa para niños
  • Productos de higiene personal, siempre y cuando no sean artículos para la limpieza de algún negocio.
  • Medicamentos que no se incluyan en la factura del hospital.
  • Electrodomésticos (como licuadoras, lavadoras, etc) para tu vivienda, a menos que estos se emplean para un negocio.
  • Gasolina, pago de taxis, o similares.

Para que la deducción en tu declaración de impuestos sea procedente ante las autoridades fiscales, no debe contener los siguientes gastos:

  • Seguros de vida o de retiro
  • Donativos si no se hicieron a la administración Federal, o bien a donatarias con autorización oficial, o si no tienes el comprobante fiscal que corresponde a esa operación
  • Cuotas de transporte escolar, cuando la institución no establezca como obligatorio el contratar este servicio.

¿Cuándo se hace la declaración de impuestos?

De acuerdo con el calendario del SAT, las personas morales deben cumplir con la declaración anual 2022 entre el 1 y el 31 de marzo, mientras que las personas físicas pueden presentarla entre el 1 y el 30 de abril próximos

Uso del CFDI de acuerdo con la deducción autorizada.      

Adicional a la validación de clave del producto o servicio se recomiendo verificar el uso correcto del CFDI de acuerdo con la tabla:

c_UsoCFDI

Descripción

Aplica para tipo persona

Física

Moral

D01

Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

No

D02

Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

No

D03

Gastos funerales.

No

D04

Donativos.

No

D05

Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación).

No

D06

Aportaciones voluntarias al SAR.

No

D07

Primas por seguros de gastos médicos.

No

D08

Gastos de transportación escolar obligatoria.

No

D09

Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.

No

D10

Pagos por servicios educativos (colegiaturas)

No

Beneficios.

  • Disminuir el pago de tu impuesto.
  • Es más probable tener algún importe a favor del contribuyente.

Deducciones personales

Si eres persona física residente en el país y obtienes ingresos por salarios, en el cálculo del impuesto anual tienes el derecho de hacer uso de las siguientes deducciones autorizadas.

Tipos de deducciones personales:

Salud.

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales(hasta por $2,500).
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

La factura es proporcionada por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Educación.

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):

             – Preescolar: 14,200 pesos.

             – Primaria: 12,900 pesos.

             – Secundaria: 19,900 pesos.

             – Profesional técnico: 17,100 pesos.

             – Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.

Para los CFDIs correspondientes a las colegiaturas se debe confirmar que contenga en  el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno, su nivel escolar y Clave de Reconocimiento de validez oficial.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.

Otros.

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

No serán onerosos ni remunerativos.

El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.  

  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Para hacer valida la deducción de estos gastos personales en su mayoria la forma de pago debe ser transferencia electronica de fondos, cheque nominativo, tarjeta de credito, debido o de servicios.

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