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Cuánto me corresponde por vacaciones

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Cuánto me corresponde por vacaciones

podemos definir las vacaciones como un periodo de descanso en las cuales nos desatendemos de nuestras actividades laborales habituales, es el momento en el que nos liberamos del estrés que las responsabilidades, y la carga del trabajo tanto de la oficina como del hogar nos ocasionan y Es obligación de cada empresa otorgarlas a los colaboradores ya que es un derecho establecido en la Ley Federal de Trabajo (LFT)

Artículo 76: Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Tabla de vacaciones por años trabajados

Años trabajados

Vacaciones (días)

6

8

10

12

5º al 9º

14

10º al 14º

16

15º al 19º

18

20º al 24º

20

Recordemos que lo anterior solo es aplicable cuando el empleado aun se encuentre laborando dentro de la empresa.

¿Qué pasa con mis vacaciones si me retiro de la empresa y no pude cumplír el año laborando?

El articulo 79 de la LFT establece que, si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.

Es decir que al momento de tu finiquito el patrón deberá remunerar los días de vacaciones que en proporción te deberían tocar.

¿A partir de cuando puedo tomar mis vacaciones si ya cumplí un año?

El Artículo 81 de la LFT establece que Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Es decir que a partir de que cumplas un año ya tendrás ese derecho a tomar tus días de vacaciones correspondientes.
la Ley establece que deberán de ser dentro de los 6 meses posteriores a que se cumpla el año, sin embargo, esta practica actualmente no se da en virtud de que para muchos es difícil ausentarse de sus puestos de trabajo ya que al regresar nos encontraríamos con mas trabajo del acostumbrado. Razón por la que muchos empleados optan por ir tomando varios periodos cortos de vacaciones durante el año.

¿Qué pasa si durante el año NO pude tomar todas mis Vacaciones?

La ley no contempla este escenario por lo que ha sido un trabajo de las empresas resolver de alguna manera esta duda que surge habitualmente dentro de sus organizaciones.

Algunas empresas permiten a los empleados acumular al siguiente periodo de vacaciones los días que no se alcanzaron a tomar, previa justificación del porque no se lograron disfrutar.

En algunas otras empresas el tomar las vacaciones se vuelve una responsabilidad del trabajador ya que estas no se acumulan al nuevo periodo de vacaciones.

¿Cómo se pagan las Vacaciones?

Recordemos que el Articulo 79 de la LFT nos prohíbe pagar las vacaciones de un empleado con el objetivo de que no las disfrute, es decir que es responsabilidad de los empleados el organizarse para que dentro del lapso del periodo de vacaciones que le corresponden puedan tomarlas ya sea de forma continua o de forma diferida.

Sin embargo, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo el Artículo 80 dice:

Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Este 25% que establece el articulo es considerado un ingreso extraordinario para el disfrute de tus vacaciones y cabe mencionar también que este ingreso genera retención de ISR, sin embargo, la LISR establece un monto de exención de 15 UMA (Unidad de Medida y actualización).

¿La empresa puede dar más días de Vacaciones como una prestación Superior?

La respuesta es SI, la ley establece un mínimo de días que las empresas pueden otorgar a los empleados mas sin embargo no establecen un máximo de días que una empresa o dependencia puede brindar a sus colaboradores.

En conclusión, hay Puntos importantes sobre las vacaciones que no debes olvidar:

  • Al llegar el primer año el trabajador debe tener no menos de 6 días de vacaciones por ley.
  • Los días de vacaciones no pueden cambiarse por dinero, es decir, ya sabemos que por ley esos días son pagados y de ningún modo el patrón puede pagar un dinero extra para que el trabajador no se vaya a descansar.
  • Junto con las vacaciones, al trabajador se le paga una prima no menor al 25%.
  • Las vacaciones deben ser autorizadas por la empresa dentro de los 6 meses siguientes a la fecha del cumplimiento de un año de servicios por parte del trabajador o dentro del periodo de un año, esto de acuerdo con las políticas de la empresa.

Y como dato adicional para concluir: En el caso del trabajo para menores de edad deben gozar de al menos 18 días de vacaciones, así lo contempla la Ley Federal del Trabajo.

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