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¿Cómo calcular la devolución de impuestos?

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¿Cómo calcular la devolución de impuestos?

Puede que no sepas pero estando bajo cualquier régimen fiscal puedes enviar la solicitud de devolución de impuestos.

Muchas veces no sabemos mucho con respecto al tema de devolución de impuestos y tenemos la idea de que solo pueden enviar la solicitud las personas morales o empresas pero afortunadamente, no es así. Si eres asalariado ante Secretaría de Administración Tributaria  (SAT) encontrándote en el régimen de sueldos y salarios, es una oportunidad el que te hagan devolución de tus impuestos que generaste durante el año, con la condición de que cuentes con un excedente en tu ejercicio fiscal.     

Lo que debes hacer es presentar como cada año tu declaración anual, cabe mencionar que este trámite puedes realizarlo por internet o acudiendo a una oficina del SAT. Puedes hacer este trámite por cuenta propia o con la ayuda de un contador. A continuación te diremos lo que debes saber acerca de este trámite.

Acerca del trámite de devolución de impuestos

Todas las personas tanto físicas como morales y no asalariados, pueden realizar la solicitud de devolución de impuestos. Además es un trámite gratuito.

Se requieren algunos documentos, por ejemplo, si eres persona física debes contar con todos los comprobantes fiscales digitales por internet, mejor conocidos como CFDI, que en este caso son tus recibos de nómina. 

Si deseas saber cuánto tiempo tienes para solicitar la devolución de tus impuestos, debes saber que aún puedes solicitarlos:  “5 años contados a partir de la fecha en que se generó el saldo a favor o el pago de lo indebido, la devolución prescribe en los mismos términos y condiciones del crédito fiscal.”

El tiempo de respuesta a la solicitud de mi devolución es de un plazo de 40 días siguientes a la fecha en la que fue presentada la solicitud ante la Secretaría de Administración Tributaria.

¿Cómo puedo solicitar la devolución de impuestos?

Puedes obtener la devolución de tu saldo a favor derivado del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Con este trámite podrás asumir tu derecho como contribuyente a percibir del Servicio de Administración Tributaria (SAT) las cantidades que deriven a tu favor.

Como mencionamos anteriormente se puede hacer por 2 maneras: 

  • Si deseas realizar el trámite en línea, debes tener documentos como la e.firma o RFC y la contraseña. Debes ingresar al siguiente link https://www.sat.gob.mx/tramites/login/24016/solicita-tu-devolucion  en donde te pedirá al principio datos personales a capturar. 
  • De lo contrario, puedes realizar el trámite de manera presencial en las oficinas del SAT. Debes de solicitar primero una cita y acudir con la documentación necesaria. 

Al momento de realizar el trámite, vas a obtener un acuse de recibo electrónico de la solicitud de la devolución, por lo que es necesario recibir y guardar el formato oficial sellado, pues este es tu acuse de recibo. 

¿Qué documentos son necesarios?

  • Adjuntar en un archivo digitalizado con formato *.zip las constancias de retenciones con firma, y sello del emisor en los que consten las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR); documentación comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre otros. En Original
  • Documento en donde  se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común, al igual que la hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos por copropiedad. En Original
  • Papel de trabajo o escrito en el que se manifieste el acreditamiento de IDE en los pagos efectuados (dependiendo el caso). En Original
  • Comprobantes fiscales y estados de cuenta que comprueben la aplicación del Decreto por Servicios Educativos y los comprobantes que amparen el 80% de las deducciones personales manifestadas en su declaración. En Original
  • Si se trata de ingresos provenientes por fideicomisos, contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución financiera. En Original
  • Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga la clave en el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE)
  • Debes tener un Contraseña y Certificado de e.firma o con e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución. En Original
  • Papel de trabajo en el que se desglose la determinación y entero de los pagos provisionales manifestados en la declaración anual. En Original

Si es necesario presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, ésta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). En Original

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