CFDI 3.3 ANEXO 20
En el 2017, El SAT publicó la nueva versión 3.3 la cual tiene muchos cambios y tienen que ser aplicados en los sistemas de facturación, softwares y servicios de la nube.
El Anexo 20 de los CFDI es un documento en donde se implementa el estándar digital que los CFDI deben de emitir para que sean válidos. Deben de cumplir con los lineamientos técnicos específicos para poder crear archivos XML, se deben de seguir reglas de validaciones de acuerdo a la nueva versión de Anexo y debe de haber un orden específico para las reglas de validación: Primero formas y sintaxis, después las validaciones del Anexo 20, las validaciones del complemento y por último la Reglas del RMF.
De igual modo debe de contener diferente tipos de clave cómo aduanera, del producto o servicio, de unidad, código postal, forma de pago, impuesto, método de pago, moneda, número de pedimento aduanero, clave de país, patente aduanal, régimen fiscal, de tasa, clave de tipo de comprobante, de factor, uso de CFDI, entre otras.
¿Para qué sirve el Anexo 20 versión 3.3?
Su principal objetivo es recolectar datos con calidad buena, al igual que poseer información uniforme y de este modo, simplificando, automatizado e integrando todos los procesos administrativos y fiscales. De la misma manera, se busca con esta actualización pre-llenar declaraciones, alinear procesos, responsabilidad y economía digital, suprimir declaraciones, disminuir el llenado de declaraciones, facilitar la emisión de los CFDI sin error alguno y tener mayor control de la información que dan los contribuyentes.
¿Cuáles son las actualizaciones del Anexo 20?
Con la nueva versión, se incluyeron 22 campos y 17 catálogos, ya no se permiten los importes negativos, ya hay un proceso de confirmación cuando los importes son “irregulares”, los impuestos y descuentos se gestionan a nivel movimiento, todo producto o servicio, se debe de clasificar por la cave SAT (ClaveProdServ).
También se agregaron 2 nuevos apéndices, uno en la guía del CFDI individual en donde se agrega el Apéndice 11 que viene información más detallada del llenado aplicable a operaciones individuales relacionado con Hidrocarburos, Petrolíferos, etc. Y en la del CFDI global en dónde se agrega el Apéndice 3 con información más detallada aplicable a Hidrocarburos y Petrolíferos.
¿Cuáles son los tipos de comprobantes CFDI?
El SAT da a conocer los distintos comprobantes fiscales y su guía de llenado versión 3.3
Al momento de crear un documento, se debe de mostrar en el XML el código o clave con la cual se identifica el tipo de comprobante: “I” será Ingreso, “E” será Egreso, “T” será Traslado y “N” será Nómina.
- Tipo de comprobante Ingresos: Son emitidos por los ingresos que generan los contribuyentes ya sea prestación de servicios, honorarios, enajenación de bienes y mercancías, arrendamiento, donativos recibidos, entre otros.
- Tipo de comprobante Egresos: Estos son los que comprueban los descuentos, bonificaciones o devoluciones. Este tipo de comprobante son con el fin de deducibilidad o también sirven para restar un comprobante de ingreso. Se conoce mejor como nota de crédito.
- Comprobante de Traslado (carta porte): Es en donde se especifica la mercancía que se transporta de un lugar a otro, se utiliza como una obligación ante la autoridad de que se está transportando de manera legal. En algunos casos, también se puede utilizar para evidencia de operaciones de traslado al extranjero. En ambas situaciones, el valor total será por “0” y deberá de ser emitido por el propietario de la mercancía.
- Recibo Electrónico de pagos: Es un tipo de comprobante que se usa como complemento para recepción de pagos, se emite cuando los pagos son parciales o cuando se expide el CFDI no reciben el pago de contraprestación
¿Cuáles son los nuevos esquemas de cancelación del CFDI?
Con la nueva versión, se estableció un nuevo esquema y requerimientos para cancelar un CFDI, si hay al menos un CFDI que integra el complemento para recepción de pagos, no podrá ser cancelado y si se necesita alguna corrección, deberá de hacerse mediante la emisión de un CFDI de egreso y puede ser usado para emitir devoluciones, descuentos y bonificaciones. Los CFDI emitidos sólo pueden cancelarse con la autorización del receptor excepto si son menores a $5,000 pesos, protección de retenciones o información de pagos, CFDI de nómina, egreso o traslado, cuando son emitidos a través de “Mis cuentas”, los que son emitidos a contribuyentes del RIF, cuando emiten al público, las que son emitidas al extranjero y cuando la cancelación se hace en las horas permitidas de su expedición.



