En la actualidad, habilitar el Buzón Tributario SAT constituye una obligación fiscal crucial para personas físicas y morales desde el año 2020. El incumplimiento de este requisito no solo representa una infracción, como advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la última semana del 2023, sino que también conlleva consecuencias legales. La fecha límite original para que los contribuyentes activaran su Buzón Tributario y actualizaran sus datos era el 1 de enero de 2024. Sin embargo, una oportunidad invaluable se presenta, ya que la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación, extendió este plazo.
¿Qué es el Buzón Tributario y cuáles son sus beneficios?
El Buzón Tributario se erige como un canal de comunicación eficiente entre el SAT y los contribuyentes. Su propósito fundamental es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura. La habilitación de este instrumento, lejos de ser coercitiva, ofrece ventajas significativas a los contribuyentes. Entre ellas se destacan el ahorro de tiempo y recursos, la certeza jurídica en los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como la posibilidad de recibir notificaciones electrónicas en cualquier momento y lugar con conexión a internet.
Además de agilizar la comunicación, el Buzón Tributario permite a los contribuyentes estar al tanto de requerimientos de información o resoluciones derivadas de trámites realizados. También posibilita recibir información sobre beneficios fiscales, invitaciones a programas en materia fiscal y proporciona datos útiles para el cumplimiento de obligaciones y trámites fiscales.
Prórroga para la habilitación del Buzón Tributario
Según el Cuarto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, los contribuyentes gozarán de una prórroga adicional para habilitar su Buzón Tributario y registrar o actualizar sus medios de contacto. Aquellos que no cumplan con este requisito antes del 1 de enero de 2025 se verán sujetos a las disposiciones establecidas en el artículo 86-D del Código Fiscal de la Federación.
El Quinto Transitorio de la resolución establece que, a partir del 31 de diciembre de 2024, diversas entidades, tanto públicas como privadas, podrán hacer uso del Buzón Tributario como medio de comunicación.
¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?
Desde el año 2020, todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) están obligados a habilitar su Buzón Tributario, a excepción de aquellos con situación fiscal cancelada. La falta de habilitación, registro o actualización de medios de contacto conlleva una multa que oscila entre 3,420 y 10,260 pesos, según lo establecido en el artículo 86-C y 86-D del CFF.
Las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica, asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales menores a 400 mil pesos, así como personas físicas y morales con RFC en situación fiscal suspendida, tienen la opción de habilitar o no su Buzón Tributario.
Proceso para habilitar el Buzón Tributario
La habilitación del Buzón Tributario, contrario a lo que pudiera parecer, es un proceso sencillo que requiere la contraseña o e.firma vigente. Los contribuyentes pueden seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal del SAT.
- Hacer clic en “Minisitio de Buzón Tributario” en el lado izquierdo inferior.
- Seleccionar “Habilitar tu Buzón”.
- Ingresar con el RFC y contraseña o e-firma vigente.
- Registrar los medios de contacto, incluyendo hasta cinco correos electrónicos y un número celular.
- Confirmar los medios de contacto en las 72 horas siguientes al registro.
Una vez completado el proceso, los contribuyentes recibirán avisos en sus medios de contacto cada vez que haya un mensaje en su Buzón Tributario. Accediendo a “Mis expedientes” y “Mis comunicados,” podrán descargar el acuse correspondiente.
Habilitar el Buzón Tributario no solo es una obligación legal, sino una herramienta fundamental para agilizar la comunicación entre los contribuyentes y el SAT. La prórroga otorgada hasta 2025 brinda una oportunidad única para ponerse al día con las obligaciones fiscales. No obstante, es esencial actuar con prontitud y seguir el proceso de habilitación de manera adecuada para evitar sanciones y aprovechar los beneficios que este canal de comunicación ofrece. ¡No pierda más tiempo y asegúrese de tener su Buzón Tributario activado y actualizado!