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Formato de hacienda para dar de alta una empresa

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Formato de hacienda para dar de alta una empresa

REGISTRAR MI EMPRESA ANTE EL SAT
Una vez que se ha decidido emprender un negocio, es importante darlo
de alta ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través
del Sistema de Administración Tributaria (SAT). Este es el primer
paso para registrar formalmente a una empresa.
Para iniciar el registro, es necesario definir el tipo de empresa que
se establecerá, pues de esto dependerá el desarrollo del negocio,
así como los procesos fiscales, contables y administrativos que se
llevarán a cabo.
Las opciones para registrar una empresa son: persona moral, persona
física con actividad empresarial, sociedad anónima, sociedad civil y
asociación civil; sin embargo, las dos últimas no son sociedades
mercantiles, sino organizaciones sin fines de lucro que no persiguen
beneficios económicos sino sociales o comunitarios.
PASOS Y DOCUMENTOS
Los negocios que se registran ante el SAT obtienen obligaciones, pero
a su vez múltiples oportunidades y beneficios como la seguridad
social, créditos o apoyos gubernamentales que son de gran ayuda para
hacer crecer a una empresa.
Para dar de alta a tu empresa, debes seguir estos pasos:
* Solicitar una cita en el SAT a través de su página de internet
sat.gob.mx o al 01 800 463 6728. El trámite se concluye en cualquier
Administración Local de Asistencia al Contribuyente del país más
cercana al domicilio.
* Asesorarte y decidir tu régimen fiscal, ya sea como persona
física con actividad empresarial o persona moral.
Necesitarás los siguientes documentos:
* CURP o acta de nacimiento del representante legal
* Identificación oficial vigente (credencial para votar expedida
por el INE, pasaporte, licencia de conducir, cédula profesional,
credencial del INAPAM para personas adultas mayores)
* Comprobante de domicilio fiscal
* Acta constitutiva de la empresa (este documento es expedido por un
notario público)
Tu empresa también puede ser inscrita ante el SAT mediante el notario
que realizó su constitución. Para esto se necesitará una copia
certificada del poder notarial con el que se acredite la personalidad
del representante legal o una carta poder firmada ante dos testigos y
ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o
fedatario público. Si éste fue otorgado en el extranjero deberá
estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado
ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción
al español realizada por perito autorizado.
Las personas morales diferentes del título III de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido de cada uno
de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.
En caso de que el RFC válido de los socios, accionistas o asociados
no se encuentren dentro del acta constitutiva, el representante legal
puede presentar un escrito libre donde manifieste las claves de RFC
correspondientes.
TRÁMITE GRATUITO
Al acudir a la cita ante el SAT, el representante o apoderado legal
deberá responder a las preguntas que le realice la autoridad
relacionadas con la identidad, domicilio y en general con la
situación fiscal de la persona moral a inscribir.
Este trámite es gratuito y está contemplado para realizarse en una
sola cita, sin embargo por algún error u omisión en los requisitos,
el tiempo de alta se puede extender. Algunos descuidos comunes son: no
tener definido el domicilio fiscal o no contar con un correo
electrónico. Al finalizar el trámite se te entregará el acuse de
inscripción al Registro Federal de Contribuyente (RFC), así como la
guía de obligaciones fiscales.
Una vez que hayas registrado tu empresa exitosamente y cuentes con el
RFC, asegúrate de también tramitar tu Firma Electrónica (FIEL) para
que puedas generar un Certificado de Sello Digital (CSD). Con estos
documentos podrás darte de alta ante un Proveedor Autorizado de
Certificación (PAC), para generar tus facturas electrónicas y
cumplir en tiempo y forma con tus deberes fiscales.
Por último, recuerda mantener todos los datos de tu empresa
actualizados ante el SAT, además de presentar facturas por cada venta
o compra que realices, así como registrar todas tus ganancias y
gastos anuales. Estos datos son fundamentales para determinar cuánto
será el valor de tus impuestos y de tus deducciones fiscales.

INSCRIBE TU EMPRESA AL RFC

Permite la inscripción en el RFC de una empresa y obtener la Cédula de i
dentificación fiscal que contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

¿QUIENES LO PRESENTAN?
Personas morales de nueva creación a través de sus representantes legales, como
son: Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades
de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones
religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, entre
otras personas morales.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las
declaraciones periódicas, de pago o informativas propias, por cuenta de terceros
o cuando existan la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades
que se realicen.
PASOS

  1. Ingresa al Portal del SAT.
  2. Selecciona la pestaña “Empresas”, posteriormente el apartado “Trámites del RFC”, seguido de Inscripción al RFC y por último la opción “Preinscribe tu empresa en el RFC”.
  3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
  4. Imprime el acuse de preinscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

Información adicional

  • El trámite es conclusivo.
  • Los documentos que comprueben los datos de identidad, ubicación y representación legal de la empresa no deben tener tachaduras o alteraciones.
  • Cuando presentes tu solicitud de inscripción en el RFC en las oficinas del SAT y no cumplas con los requisitos o presentes la documentación incompleta, se te entregará un acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al registro federal de contribuyentes”, que otorga un plazo para completar tu información, si no cumples dentro del mismo, tu trámite será cancelado y deberás iniciar nuevamente la solicitud, en este caso el seguimiento a la solicitud es presencial en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con el número de folio que se encuentra en el citado acuse.
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del Anexo 1-A de la RMF.
  • En caso de personas morales, deben presentar la clave de Registro Federal de Contribuyentes válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen que se mencionen dentro del documento constitutivo (copia simple).
  • Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC validas de los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen en caso de que no se encuentren dentro del documento constitutivo (original).
  • En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, utilizarán el siguiente RFC genérico:
  • Personas físicas: EXTF900101NI1.
  • Personas morales: EXT990101NI1.

Condiciones:

  • El representante legal y los socios, accionistas o asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica de las personas morales y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, deben estar inscritos en el RFC.
  • En caso de preinscripción, llenar el formulario ubicado en el Portal del SAT.

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