¿Qué es el Complemento del INE?

A partir del 1 de mayo de 2016 este complemento es utilizado por todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrienden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (tratándose de aspirantes y candidatos independientes), mismo que deberá incorporarse en los CFDI que emitan a favor de dichos partidos y asociaciones en los procesos de precampaña y campaña.

Aplica cuando se trate de la adquisición o contratación de propaganda, incluyendo la utilitaria y publicidad, así como de espectáculos, cantantes y grupos musicales, bienes y servicios contratados para la realización de eventos de precampaña y campaña sin importar el monto, lo anterior de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

Recursos disponibles:

  • Esquema XSD
  • Utilería XSLT
  • Estándar del complemento