{"id":9924,"date":"2024-01-17T18:02:35","date_gmt":"2024-01-18T00:02:35","guid":{"rendered":"https:\/\/edifact.com.mx\/blog\/?p=9924"},"modified":"2024-01-17T18:02:47","modified_gmt":"2024-01-18T00:02:47","slug":"mejoras-en-la-presentacion-de-la-declaracion-anual-2023-para-personas-morales-sat","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/mejoras-en-la-presentacion-de-la-declaracion-anual-2023-para-personas-morales-sat\/","title":{"rendered":"Mejoras en la Presentaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Anual 2023 para Personas Morales: SAT"},"content":{"rendered":"\n<p>En el \u00e1mbito fiscal, el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) ha implementado significativas mejoras y actualizaciones para la presentaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Anual del ejercicio fiscal 2023 de personas morales. Desde el 1 de enero hasta el 1 de abril de 2024, se ofrece a las entidades la oportunidad de cumplir con esta obligaci\u00f3n de manera m\u00e1s eficiente y precisa. A continuaci\u00f3n, detallamos las destacadas mejoras que facilitar\u00e1n este proceso:<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Inclusi\u00f3n de P\u00e9rdidas Fiscales por Amortizar no Visualizadas en el Formulario<\/h2>\n\n\n\n<p>Una de las actualizaciones m\u00e1s relevantes es la posibilidad de agregar las p\u00e9rdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario. Esto abarca aquellas provenientes de declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021. Asimismo, se incluye la primera y segunda actualizaci\u00f3n de la p\u00e9rdida fiscal por amortizar, en caso de haberse generado en el ejercicio inmediato anterior.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Eliminaci\u00f3n de Estados Financieros: &#8220;Estado de Flujo de Efectivo&#8221; y &#8220;Estado de Cambios en el Capital Contable&#8221;<\/h2>\n\n\n\n<p>Con el objetivo de simplificar el proceso, se ha eliminado la obligaci\u00f3n de presentar los estados financieros &#8220;Estado de Flujo de Efectivo&#8221; y &#8220;Estado de Cambios en el Capital Contable&#8221;. Esta medida contribuir\u00e1 a una presentaci\u00f3n m\u00e1s \u00e1gil y focalizada en la informaci\u00f3n esencial.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Precarga de Informaci\u00f3n de Estados Financieros<\/h2>\n\n\n\n<p>Para agilizar el proceso de presentaci\u00f3n, se ha implementado la precarga de informaci\u00f3n de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior. Esto optimizar\u00e1 la recopilaci\u00f3n de datos y garantizar\u00e1 la consistencia en la presentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Adici\u00f3n de Deducciones Espec\u00edficas<\/h2>\n\n\n\n<p>Se incorpora la deducci\u00f3n inmediata de inversi\u00f3n prevista en el Decreto Relocalizaci\u00f3n, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 11 de octubre de 2023. Adem\u00e1s, se incluyen los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Hurac\u00e1n Otis, tanto en los formularios del R\u00e9gimen General de Ley como del R\u00e9gimen Simplificado de Confianza (RESICO).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Reducci\u00f3n del Formato de Impresi\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>Para facilitar la identificaci\u00f3n de algunas deducciones aplicadas, se ha reducido el formato de impresi\u00f3n. Esta medida tiene como objetivo simplificar la revisi\u00f3n y validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n presentada.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Renovaci\u00f3n del Formato de Estados Financieros<\/h2>\n\n\n\n<p>Con el prop\u00f3sito de ofrecer mayor certeza y claridad, se ha renovado el formato de los estados financieros. Esto permitir\u00e1 una visualizaci\u00f3n m\u00e1s precisa de los datos del contribuyente generados en la Declaraci\u00f3n Anual.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Requisitos para el Env\u00edo de la Declaraci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>Para llevar a cabo el env\u00edo de la declaraci\u00f3n, es imperativo contar con la firma electr\u00f3nica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas f\u00edsicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, es esencial que los contribuyentes personas morales dispongan de un servicio de banca electr\u00f3nica. En caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse por transferencia electr\u00f3nica a trav\u00e9s del banco de preferencia.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Compromiso del SAT<\/h2>\n\n\n\n<p>La autoridad tributaria reitera su compromiso de mejorar las herramientas para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma. Este esfuerzo continuo tiene como objetivo incrementar la recaudaci\u00f3n a niveles hist\u00f3ricos, fortaleciendo as\u00ed la econom\u00eda mexicana y contribuyendo al bienestar de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el \u00e1mbito fiscal, el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) ha implementado significativas mejoras y actualizaciones para la presentaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Anual del ejercicio fiscal 2023 de personas morales. 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