{"id":21830,"date":"2026-08-10T13:53:53","date_gmt":"2026-08-10T19:53:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/que-es-la-carta-porte\/"},"modified":"2026-08-10T13:53:53","modified_gmt":"2026-08-10T19:53:53","slug":"que-es-la-carta-porte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/que-es-la-carta-porte\/","title":{"rendered":"Qu\u00e9 es la carta porte"},"content":{"rendered":"<h1>Qu\u00e9 es la carta porte<\/h1>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 es el complemento de carta porte?<\/h2>\n<p>Se incorpora al CFDI de tipo Traslado para poder <strong>acreditar la posesi\u00f3n de las mercanc\u00edas<\/strong>, de esta manera se brinda informaci\u00f3n sobre el origen y los destinos de las mercanc\u00edas que se trasladan a trav\u00e9s de los distintos medios de transporte.<br \/>Los contribuyentes que dan servicios de <strong>traslado de mercanc\u00edas<\/strong>, podr\u00e1n emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con este se puede amparar la legal posesi\u00f3n de las mercanc\u00edas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPara qu\u00e9 sirve?<\/strong><br \/>Conocer para qu\u00e9 sirve la carta de porte es el primer paso para entender m\u00e1s del alcance de este documento. Este complemento debe de contener la informaci\u00f3n relacionada a <strong>los bienes o mercanc\u00edas<\/strong>, as\u00ed como tambi\u00e9n <strong>el origen, puntos intermedios y destino<\/strong>, adem\u00e1s deber\u00e1 de incluir el traslado de hidrocarburos y petrol\u00edferos.<br \/>Es emitido por la compa\u00f1\u00eda de transporte y vienen en diversas formas y cada una sirve de varias maneras. A continuaci\u00f3n te detallamos:<\/p>\n<p>1) Recibo de las mercanc\u00edas, que evidencia la carga, despacho o entrega a disposici\u00f3n y que indica el estado general de los bienes recibidos.<br \/>2) Prueba del contrato de transporte entre el cargador y el porteador.<br \/>3) Factura de la compa\u00f1\u00eda de transporte en concepto del importe correspondiente al servicio ofrecido.<br \/>4) Sirve como un documento negociable que puede intercambiarse por dinero, siempre y cuando permitiendo que los bienes a que hace referencia se vendan durante el tr\u00e1nsito.<br \/>5) Es un documento constituyente de t\u00edtulo que representa la propiedad de los bienes y que s\u00f3lo se da a conocer por la compa\u00f1\u00eda naviera contra la presentaci\u00f3n de un documento original firmado.<\/p>\n<p><strong>\u00bfA qui\u00e9n aplica?<\/strong><br \/><strong>Si te dedicas al traslado de bienes o mercanc\u00edas<\/strong>, deber\u00e1s de emitir un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y amparar el cobro por el servicio que est\u00e1s prestando, as\u00ed como el traslado en carreteras.<br \/>Se usa en aquellos casos que se necesitan trasladar bienes y\/o mercanc\u00edas en territorio nacional, ya sea por medio de autotransporte federal, por medio mar\u00edtimo, a\u00e9rea o ferroviaria. El CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte se debe emitir por quien presta el servicio de transporte cuando haya sido contratado para el traslado de bienes o mercanc\u00edas en territorio nacional.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1les son los tipos de comprobantes?<\/strong><br \/>Existen 2 tipos de comprobantes, ingreso y traslado:<br \/>-Ingreso: Son los que se dedican al servicio de transporte terrestre de carga que circulan por carreteras federales, deben de ser emitidas para poder amparar la prestaci\u00f3n del servicio, siempre y cuando incorporando el complemento Carta Porte.<br \/>-Traslado: Debe ser emitido por el propietario de los bienes o mercanc\u00edas que necesita trasladar su mercanc\u00eda con sus propios medios de transporte.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9n debe de emitir el CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte?<\/strong><br \/>Lo debe de emitir ya se la <strong>propietaria o propietario de los bienes o mercanc\u00edas<\/strong>, cuando estos se trasladan por su cuenta o cuando el intermediario de transporte presta servicios de<br \/>log\u00edstica para poder trasladar los bienes o las mercanc\u00edas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQui\u00e9n debe emitir el CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?<\/strong><br \/>Debe emitirse por quien presta el servicio de transporte cuando se contrata para trasladar bienes o mercanc\u00edas en territorio nacional.<br \/>Fundamento: Art\u00edculos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es su estructura?<\/strong><br \/>El complemento tiene 195 campos divididos en una secci\u00f3n principal y tres subsecciones; ubicaciones para origen, puntos intermedios y destino, mercanc\u00edas y medio de transporte.<\/p>\n<p><strong>Fecha de entrada en vigor y disponibilidad<\/strong><\/p>\n<p>El Complemento Carta Porte entra en vigor el 1 de diciembre de 2021 y es obligatorio transcurridos 30 d\u00edas naturales posteriores al d\u00eda siguiente del inicio de su vigencia, 1 de enero del 2022.<br \/>Ya se encuentra disponible para su uso en ambiente de prueba desde el d\u00eda 1 de junio de 2021. <\/p>\n<h2>Carta Porte versi\u00f3n 2.0<\/h2>\n<p>La Secretar\u00eda de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT), con fecha 26 de octubre de 2021, public\u00f3 la versi\u00f3n 2.0 del complemento de \u201cCarta Porte\u201d a trav\u00e9s de su sitio de internet.<br \/>A trav\u00e9s de esta publicaci\u00f3n, el SAT, da a conocer la versi\u00f3n 2.0 de este complemento y resalta que los principales cambios son: <\/p>\n<p>\u2022 Incorporaci\u00f3n y eliminaci\u00f3n de atributos. <br \/>\u2022 Ajuste en la longitud de algunos atributos del nodo \u201cAutotransporte\u201d. <br \/>\u2022 Ajustes a la redacci\u00f3n de algunas descripciones. <br \/>\u2022 Ajustes en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento. <br \/>\u2022 Adici\u00f3n de validaciones adicionales de acuerdo con la nueva estructura. <br \/>\u2022 Actualizaci\u00f3n de los cat\u00e1logos de uso para este complemento. <\/p>\n<p>Para la incorporaci\u00f3n de la versi\u00f3n 2.0 del complemento se debe observar lo siguiente: <br \/>\u2022 Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercanc\u00edas en territorio nacional (propietarios de mercanc\u00edas o, intermediarios o agentes de transportes). <br \/>\u2022 El complemento Carta Porte 2.0 inicia su vigencia el 1 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo segundo, publicado en la 2a. versi\u00f3n anticipada en relaci\u00f3n con el D\u00e9cimo Primero Transitorio publicado en la 1a. versi\u00f3n anticipada, ambas de la 3a. Resoluci\u00f3n de Modificaciones a la RMF vigente. <br \/>\u2022 Para el registro de datos solicitados en el complemento Carta Porte 2.0, se podr\u00e1 utilizar lo se\u00f1alado en la correspondiente gu\u00eda de acuerdo con el tipo de transporte. <\/p>\n<p>EdiFactMx est\u00e1 llevando a cabo la implementaci\u00f3n de esta nueva versi\u00f3n en sus distintas plataformas de timbrado.<\/p>\n<p>que-es-la-carta-porte.htmlhttps:\/\/www.edifact.com.mx\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.sat.gob.mx\u00a0EdiFactMxhttp:\/\/www.validaxml.com\u00a0EdiFactMxhttp:\/\/www.headhunter.com.mx\u00a0EdiFactMxhttp:\/\/www.factura999.com\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.gob.mx\/curp\/\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.gob.mx\/cedulaprofesional\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.gob.mx\/pasaporte\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.gob.mx\/ActaNacimiento\/\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.referencialaboral.com.mx\u00a0EdiFactMxhttps:\/\/www.faunanociva.com\u00a0EdiFactMx<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Qu\u00e9 es la carta porte \u00bfQu\u00e9 es el complemento de carta porte? 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