{"id":21341,"date":"2026-08-10T13:48:45","date_gmt":"2026-08-10T19:48:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/presentar-declaracion-mensual-sat\/"},"modified":"2026-08-10T13:48:45","modified_gmt":"2026-08-10T19:48:45","slug":"presentar-declaracion-mensual-sat","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/presentar-declaracion-mensual-sat\/","title":{"rendered":"Presentar declaraci\u00f3n mensual SAT"},"content":{"rendered":"<h1>Presentar declaraci\u00f3n mensual SAT<\/h1>\n<p>A continuaci\u00f3n te explicaremos la importancia de deducir impuestos, al igual que lo que puedes facturar personalmente para deducir y unos cuantos tips.\u00a0<\/p>\n<p>Para empezar, debes saber que siendo persona f\u00edsica puedes registrarte bajo 5 reg\u00edmenes:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Asalariados: <\/strong>Son aquellas personas que reciben salarios y dem\u00e1s prestaciones de un trabajo personal a disposici\u00f3n de un empleado. Debe declarar s\u00f3lo una vez al a\u00f1o<\/li>\n<li><strong>Honorarios: <\/strong>Obtienen sus ingresos por prestar sus servicios de manera profesional siendo independientes a empresas<\/li>\n<li><strong>Actividades empresariales: <\/strong>Son personas que realizan actividades comerciales, industriales, agr\u00edcolas, de autotransporte, de pesa, ganaderas o silv\u00edcolas<\/li>\n<li><strong>Arrendamiento de inmuebles:<\/strong> Obtienen ingresos por rentar o alquilar bienes inmuebles<\/li>\n<li><strong>Incorporaci\u00f3n fiscal: <\/strong>Realizan actividades empresariales vendiendo bienes o prestando servicios y no es necesario tener un t\u00edtulo profesional para realizarlo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ya que sabes los reg\u00edmenes a los que se pueden registrar las personas, es importante saber una de las obligaciones que toda persona f\u00edsica tiene: <strong>declaraciones anuales.<\/strong><\/p>\n<h4><strong>\u00bfQu\u00e9 puedes incluir en tus deducciones personales?\u00a0<\/strong><\/h4>\n<p>Te diremos los gastos deducibles para personas f\u00edsicas y algunos detalles que debes tener en cuenta si est\u00e1s bajo el r\u00e9gimen de asalariados.<\/p>\n<p><strong>1.- Cr\u00e9ditos hipotecarios: <\/strong>Solo se usan los intereses reales de los cr\u00e9ditos hipotecarios destinados a casa habitaci\u00f3n. Los que fueron contratados con alg\u00fan sistema financiero. Este tipo de gasto se puede deducir siempre y cuando el cr\u00e9dito otorgado no supere los 650 000 mil unidades de inversi\u00f3n.\u00a0\u00a0<\/p>\n<p><strong>2.- Colegiaturas:<\/strong> Se aplica desde preescolar hasta la licenciatura, pero tienen montos m\u00e1ximos:<\/p>\n<ul>\n<li>Preescolar $14,200<\/li>\n<li>Primaria $12,900<\/li>\n<li>Secundaria $19,900<\/li>\n<li>Profesional t\u00e9cnico $17,100<\/li>\n<li>Bachillerato o su equivalente 24,500<\/li>\n<\/ul>\n<p>Cabe destacar que las cuotas de inscripci\u00f3n no son deducibles.<\/p>\n<p><strong>3.-\u00a0 Gastos funerarios: <\/strong>La cantidad no debe superar el salario m\u00ednimo anual tomando como referencia el contribuyente para su c\u00f3nyuge as\u00ed como familiares (padres, abuelos, hijos y nietos). Los gastos para cubrir funerales a futuro, pueden ser deducidos en el a\u00f1o de calendario en el que fueron utilizados los servicios.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/p>\n<p><strong>4.- Gastos m\u00e9dicos: <\/strong>Siempre y cuando se trate de consultas, dentista, tratamientos, medicinas incluidas en facturas de hospitales, an\u00e1lisis cl\u00ednicos, gastos hospitalarios, compra o renta de aparatos para rehabilitaci\u00f3n, honorarios a enfermeras, compra de lentes con monto de hasta $2,500, etc.<\/p>\n<p><strong>5.-Transporte escolar:<\/strong> Puede ser de hijos o nietos con la condici\u00f3n de que sea obligatorio el uso o est\u00e9 incluido en la colegiatura de todos los alumnos y por aparte, se se\u00f1ale el comprobante correspondiente\u00a0<\/p>\n<p><strong>6.- Primas por seguros: <\/strong>Ya sea de gastos m\u00e9dicos, complementarios o independientes de los servicios de salud brindados por instituciones p\u00fablicas de seguridad social, con la condici\u00f3n de que el beneficiario sea el contribuyente, c\u00f3nyuge o concubino.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, en casos como los anteriores, se pueden deducir los gastos y se deben realizar por medio de un pago electr\u00f3nico o cheque a nombre del beneficiario y es importante siempre guardar la factura.<\/p>\n<p>Puedes ejercer tanto tus derechos como obligaciones fiscales. Una vez que presentes la informaci\u00f3n, pasar\u00e1 un lapso no menor de 40 d\u00edas a partir de la fecha de declaraci\u00f3n para que los saldos sean a favor.<\/p>\n<h4><strong>\u00bfPor qu\u00e9 se debe declarar?<\/strong><\/h4>\n<p>Adicionalmente a que es una obligaci\u00f3n fiscales como contribuyentes y aunque el jefe debe de realizar este tr\u00e1mite, es necesario que lo hagas por tu cuenta pues de este modo, se puede deducir impuestos personales y obtener devoluci\u00f3n de los impuestos que pagas, mismos que durante en a\u00f1o pueden elevarse hasta el 30% de los gastos personales, con la condici\u00f3n de que se gane menos de $400,000 anuales.<\/p>\n<p>Es importante mencionar, que si decides realizar el tr\u00e1mite por tu cuenta debes avisar a tu jefe. Para poder deducir gastos personales correspondientes a cierto a\u00f1o, cosa que debes presentar ese mismo a\u00f1o, debes avisarle a tu jefe que presentaras por tu cuenta la declaraci\u00f3n anual antes de diciembre de dicho a\u00f1o.\u00a0<\/p>\n<p>Cabe destacar que las personas f\u00edsicas que solo reciben ingresos por salarios de un solo jefe (asalariadas) pueden cumplir en cualquier momento durante el a\u00f1o.\u00a0<\/p>\n<h4><strong>Declaraci\u00f3n mensual<\/strong><\/h4>\n<p>Si deseas\u00a0 presentar tu declaraci\u00f3n mensual o trimestral de arrendamiento (Mis cuentas), debes conocer una herramienta que el SAT puso a disposici\u00f3n de los contribuyentes con el fin de cumplir con la obligaci\u00f3n de presentar tu declaraci\u00f3n mensual o trimestral del ISR e IVA.<\/p>\n<p>Todas las personas f\u00edsicas arrendadoras pueden presentarlo con un tiempo m\u00e1ximo del d\u00eda 17 del mes siguiente al que corresponda tu declaraci\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>\u00bfC\u00f3mo hacerlo?<\/strong><\/h4>\n<ul>\n<li>Debes ingresar al link https:\/\/rfs.siat.sat.gob.mx\/PTSC\/RFS\/menu\/ para seleccionar en men\u00fa principal \u201cMis Cuentas\u201d, seguido del apartado \u201cMis declaraciones, Arrendamiento\u201d<\/li>\n<li>Debes ingresar capturando tu RFC y contrase\u00f1a o e.firma<\/li>\n<li>Debes seleccionar y escribir la informaci\u00f3n de tu declaraci\u00f3n: Mis cuentas te permite considerar adicionalmente la deducci\u00f3n del impuesto predial<\/li>\n<li>Ahora debes checar que la informaci\u00f3n sea correcta<\/li>\n<li>Debes presentar tu declaraci\u00f3n<\/li>\n<li>Es necesario descargar el acuse de recibo y si es que se debe pagar una cantidad para el Formato para Pago de Contribuciones Federales que contiene la l\u00ednea de captura<\/li>\n<li>Dependiendo el caso, debes realizar el pago en los bancos autorizados<\/li>\n<li>Al final obtendr\u00e1s del banco el Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales.<\/li>\n<\/ul>\n<h4><strong>Recomendaciones<\/strong><\/h4>\n<p>Durante el a\u00f1o, debes juntar facturas electr\u00f3nicas de los gastos deducibles para las personas f\u00edsicas, dichas facturas deben ser pagados por medio de formas electr\u00f3nicas como los cheques, tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito y transferencias electr\u00f3nicas.\u00a0<\/p>\n<p>Una vez que las tengas, debes ingresar al portal oficial del SAT e ir al apartado de tr\u00e1mites, debes tener a la mano el RFC, la contrase\u00f1a que se utiliza para poder consultar movimientos, al igual necesitar\u00e1s tu e.firma. Al momento de ingresar podr\u00e1s ver un preregistro para considerar los ingresos y gastos por medio de cuentas ligadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Presentar declaraci\u00f3n mensual SAT A continuaci\u00f3n te explicaremos la importancia de deducir impuestos, al igual que lo que puedes facturar personalmente para deducir y unos cuantos tips.\u00a0 Para empezar, debes saber que siendo persona f\u00edsica puedes registrarte bajo 5 reg\u00edmenes: Asalariados: Son aquellas personas que reciben salarios y dem\u00e1s prestaciones de un trabajo personal a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":13245,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[94],"tags":[],"class_list":["post-21341","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-impulso-pyme"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21341","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21341"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21341\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13245"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21341"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21341"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21341"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}