{"id":18649,"date":"2026-08-10T13:19:30","date_gmt":"2026-08-10T19:19:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/gastos-medicos-deducibles\/"},"modified":"2026-08-10T13:19:30","modified_gmt":"2026-08-10T19:19:30","slug":"gastos-medicos-deducibles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/gastos-medicos-deducibles\/","title":{"rendered":"GASTOS M\u00e9DICOS DEDUCIBLES"},"content":{"rendered":"<h1>GASTOS M\u00e9DICOS DEDUCIBLES<\/h1>\n<h4><strong>\u00a1No cometas errores, haz que tus Gastos M\u00e9dicos sean deducibles!<\/strong><\/h4>\n<p>Como <strong>trabajador asalariado<\/strong> seguro te has preguntado si est\u00e1s obligado a presentar tu Declaraci\u00f3n Anual y qu\u00e9 <strong>deducciones<\/strong> puedes realizar a tus ingresos acumulados.<\/p>\n<p>Primero veamos si est\u00e1s obligado a realizar tu <strong>Declaraci\u00f3n Anual<\/strong><\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>Si cumples alguno de estos supuestos te encuentras obligado a presentar tu Declaraci\u00f3n Anual<\/strong><\/td>\n<td>\n<ul>\n<li>Recibiste ingresos anuales mayores a 400 mil pesos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<ul>\n<li>Si trabajaste para dos o m\u00e1s patrones de manera simult\u00e1nea.<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<ul>\n<li>Dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del a\u00f1o del que se trate.<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<ul>\n<li>Obtuviste adicionalmente ingresos distintos a salarios.<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<ul>\n<li>Si tuviste ingresos por concepto de jubilaci\u00f3n, pensi\u00f3n o indemnizaci\u00f3n laboral.<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<ul>\n<li>Tu empleador es del extranjero o persona no obligada a retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR).<\/li>\n<\/ul>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Sobre las deducciones que podr\u00e1s aplicar, hoy tocaremos el tema de <strong>Gastos M\u00e9dicos<\/strong> y \u00e1rea de la salud.<\/p>\n<p>Siendo de los gastos que m\u00e1s afectan el bolsillo, podremos aliviarlo conociendo bien qu\u00e9 se debe hacer para lograr hacerlos deducibles de impuestos.<\/p>\n<p>En el aspecto de salud puedes deducir:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Gastos m\u00e9dicos<\/strong>, dentales, del \u00e1rea de psicolog\u00eda y nutrici\u00f3n.<\/li>\n<li>Gastos hospitalarios y medicamentos.<\/li>\n<li>Honorarios a enferemeras.<\/li>\n<li>An\u00e1lisis y estudios cl\u00ednicos.<\/li>\n<li>Alquiler o compra de aparatos de rehabilitaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Pr\u00f3tesis.<\/li>\n<li>Compra de lentes \u00f3pticos graduados.<\/li>\n<li>Primas de seguro de gastos m\u00e9dicos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ahora bien, lo importante aqu\u00ed es saber qu\u00e9 car\u00e1cter\u00edsticas s\u00ed y cu\u00e1les no lograr\u00e1n que el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (<strong>SAT<\/strong>) te las reconozca. No cometas errores.<\/p>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<p>Para hacer <strong>deducibles los gastos m\u00e9dicos<\/strong>, dentales, de psic\u00f3logos y nutri\u00f3logos deben ser prestados por personas con t\u00edtulo profesional legal, de hecho, los honorarios m\u00e9dicos deben incluir la c\u00e9dula profesional del especialista que te atiende y emite tu factura.<\/p>\n<p>Por ende, pide factura y que venga a tu nombre. P\u00eddela a todos y en todos lados. Al doctor, al hospital, al laboratorio, a la enfermera que contrates para que te cuide despu\u00e9s de la hospitalizaci\u00f3n, al psic\u00f3logo y nutri\u00f3logo. <\/p>\n<p>Si el especialista no emite factura, considera que de seguir con \u00e9l no podr\u00e1s aplicar ninguno de los pagos que le hagas; sopesa qu\u00e9 es m\u00e1s, el beneficio o el da\u00f1o de ir con una profesionista que se niega a dar factura.<\/p>\n<p>Cuida que los datos de tu factura sean correctos. Tome tu tiempo para solicitarla adecuadamente y revisarla cuando te la entreguen. Revisa la clave de producto o servicio, que est\u00e9 relacionada a la deducci\u00f3n que vas a hacer. Indica a la persona que emitir\u00e1 la factura que <strong>Uso de CFDI<\/strong> necesitas, que se acorde al servicio que te dieron, si no est\u00e1s seguro, consulta r\u00e1pidamente en Internet el cat\u00e1logo. Y tambi\u00e9n, para la <strong>Forma de Pago<\/strong>, confirma que pongan el que corresponde al que est\u00e1s utilizando (cheque nominativo, transferencia electr\u00f3nica de fondos, tarjeta de cr\u00e9dito o tarjeta de d\u00e9bito).<\/p>\n<p>Para los gastos de este rubro, deber\u00e1s realizar su pago con cheque, transferencia electr\u00f3nica o tarjeta, d\u00e9bito o cr\u00e9dito. No uses efectivo para pagarlos, de pagarlos en efectivo podr\u00edas hacerlos no deducibles.<\/p>\n<p>En el tema de medicamentos, cabe recalcar que s\u00f3lo son deducibles los medicamentos que tengan que ver con tu hospitalizaci\u00f3n, es decir, los que vengan dentro de la factura del hospital. No entran medicinas que se adquieran en la farmacia.<\/p>\n<p>Con respecto a los lentes, s\u00f3lo ser\u00e1n deducibles hasta por $2,500.00 pesos y la factura deber\u00e1 indicar las caracter\u00edsticas de \u00e9stos. Si cuentas con el diagn\u00f3stico que hizo el m\u00e9dico o especialista es mucho mejor.<\/p>\n<p>Para gastos aplicables a salud, podr\u00e1s deducir no s\u00f3lo los tuyos sino tambi\u00e9n los de tu esposo(a) o concubino(a), hijos, nietos, padres y abuelos. Esto aplica s\u00f3lo si estas personas no percibieron ingresos durante el a\u00f1o que excedan el Valor de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) anual equivalente a $29,402.88 pesos.<\/p>\n<p>La historia es diferente para la persona que cuenta con Seguro de Gastos M\u00e9dicos Mayores. Si lo tienes, considera que no lo deducir\u00e1s como Gasto M\u00e9dico sino como Prima de Seguro, cuida que sea este <strong>Uso de CFDI<\/strong> el que diga tu factura.<\/p>\n<p>Ten en cuenta que todas estas deducciones tienen un l\u00edmite. Para el rubro de <strong>Gastos M\u00e9dicos<\/strong>, el <strong>SAT<\/strong> indica que el monto total de deducciones personales no podr\u00e1n exceder de cinco UMAs anuales que equivale a $147,014.40 pesos o del 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor. \u00a0<\/p>\n<p>Sabemos que, a veces, cuando se realizan pagos de <strong>Gastos M\u00e9dicos<\/strong> no se tiene cabeza para caer en cuenta de la facturaci\u00f3n, pero es por ello que te invitamos a que compartas con tus familiares esta informaci\u00f3n para que el d\u00eda de ma\u00f1ana ellos puedan saber c\u00f3mo proceder y tengan, al menos, un beneficio al cumplir tus <strong>obligaciones fiscales<\/strong>. Recuerda que puedes obtener un saldo a favor si presentas tus deducciones en tu Declaraci\u00f3n Anual.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>GASTOS M\u00e9DICOS DEDUCIBLES \u00a1No cometas errores, haz que tus Gastos M\u00e9dicos sean deducibles! 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