{"id":16303,"date":"2026-08-10T12:53:57","date_gmt":"2026-08-10T18:53:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/declaracion-resico-de-persona-fisica-del-sat-2022\/"},"modified":"2026-08-10T12:53:57","modified_gmt":"2026-08-10T18:53:57","slug":"declaracion-resico-de-persona-fisica-del-sat-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/declaracion-resico-de-persona-fisica-del-sat-2022\/","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n RESICO de persona fisica del SAT 2022"},"content":{"rendered":"<h1>Declaraci\u00f3n RESICO de persona fisica del SAT 2022<\/h1>\n<p>El nuevo r\u00e9gimen de confianza ya se encuentra vigente, por lo que el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) ha habilitado un <strong>\u201cSimulador de declaraciones de pagos mensuales y definitivos\u201d<\/strong> de ISR e IVA en su portal de internet.<\/p>\n<p>En el presente art\u00edculo estaremos analizando el procedimiento para la presentaci\u00f3n del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuestos al Valor Agregado (IVA) que estar\u00e1n utilizando los contribuyentes del R\u00e9gimen Simplificado de Confianza (<strong>RESICO<\/strong>).<\/p>\n<h2>Pago de ISR e IVA del RESICO (simulador del SAT)<\/h2>\n<p>Antes de utilizar el simulador recomendamos tener en cuenta lo siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>Deber\u00e1s contar con tu RFC y contrase\u00f1a o en su caso la e.firma.<\/li>\n<li>El SAT recomienda los siguientes exploradores: Chrome, Firefox, Safari y Edge.<\/li>\n<li>El simulador que analizaremos en el presente art\u00edculo es para los contribuyentes que tributen en r\u00e9gimen simplificado de confianza (RESICO).<\/li>\n<li>Las declaraciones del r\u00e9gimen simplificado de confianza deber\u00e1n presentarse a partir del periodo de enero 2022, el cual se deber\u00e1 presentar a m\u00e1s tardar el d\u00eda 17 de febrero del mismo ejercicio.<\/li>\n<\/ul>\n<p>1.- Deber\u00e1s ingresar a la p\u00e1gina del SAT donde se encuentra el \u00abSimulador de RESICO\u00bb, para despu\u00e9s seleccionar el bot\u00f3n \u201cINICIAR\u201d como se muestra a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>2.- Posteriormente deber\u00e1s ingresar tu RFC y contrase\u00f1a o bien tu e.firma, como se muestra en la siguiente pantalla:<\/p>\n<p>3.- En la siguiente pantalla deber\u00e1s seleccionar el men\u00fa \u201cPresentar declaraci\u00f3n\u201d, como se muestra continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>4.- A continuaci\u00f3n, deber\u00e1s configurar la declaraci\u00f3n seleccionando el \u201cEjercicio\u201d, \u201cPeriodicidad\u201d \u201cTipo de declaraci\u00f3n\u201d y \u201cPeriodo\u201d. Tambi\u00e9n deber\u00e1s seleccionar las \u201cObligaciones a declarar\u201d y seleccionar el bot\u00f3n \u201cSIGUIENTE\u201d como se muestra a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>5.- Despu\u00e9s de seleccionar el bot\u00f3n \u201cSIGUINTE\u201d el sistema comenzara a cargar la informaci\u00f3n de la siguiente manera:<\/p>\n<p>6.- La siguiente pantalla nos indicara la fecha de corte de las facturas emitidas de tipo ingreso y egreso, que en el presente ejemplo es el d\u00eda 6 de enero del a\u00f1o 2022, como se presenta en la siguiente pantalla:<\/p>\n<p>7.- En la secci\u00f3n de ISR simplificado de confianza para personas f\u00edsicas aparecer\u00e1n los ingresos precargados cobrados en el mes, sin embargo, el sistema tambi\u00e9n permite la captura de ingresos adicionales en el mes, como se muestra en la siguiente:<\/p>\n<p>8.- En la secci\u00f3n de \u201cDeterminaci\u00f3n\u201d, el sistema autom\u00e1ticamente seleccionara la \u201cTasa aplicable\u201d en funci\u00f3n a los ingresos cobrados y amparados por facturas del mes y calculara el impuesto de manera autom\u00e1tica, como se muestra a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>9.- En la secci\u00f3n de pago podr\u00e1s capturar el \u201cSubsidio el empleo\u201d y seleccionar si se tienen compensaciones por aplicar y por ultimo se determina una \u201cCantidad a pagar\u201d como se muestra en la siguiente pantalla:<\/p>\n<p>10.- Una vez determinado el ISR por pagar, determinaremos el IVA simplificado de confianza, como se muestra a continuaci\u00f3n, en donde aparecer\u00e1 precargado las actividades sujetas ya sean a la tasa del 16% o en este caso las sujetas al estimulo de la regi\u00f3n fronteriza:<\/p>\n<p>11.- Para tomar en cuenta el IVA acreditable del periodo deber\u00e1s seleccionar el bot\u00f3n \u201cCAPTURAR\u201d a un costado, como se presenta a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Al seleccionar capturar se desplegar\u00e1 la siguiente pantalla:<\/p>\n<p>En donde deber\u00e1s detallar si el IVA pagado en gastos y adquisiciones corresponde a IVA acreditable por actividades gravadas y tasa 0% o en su caso IVA acreditable por actividades mixtas.<\/p>\n<p>12.- Con los datos anteriores la determinaci\u00f3n del impuesto se ha concluido, con un Impuesto a favor de $2,162 pesos en el presente ejemplo, como lo podemos observar a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>13.- En la secci\u00f3n de pago se detalla el impuesto a favor en este caso:<\/p>\n<p>14.- Por \u00faltimo deber\u00e1s \u201cGuardar\u201d la declaraci\u00f3n y regresar a la administraci\u00f3n de la declaraci\u00f3n para conocer el \u201cTotal a pagar\u201d:<\/p>\n<h2>\u00a0<\/h2>\n<p>Como podemos observar contaremos con informaci\u00f3n precargada de ingresos y egresos por lo que ser\u00e1 muy importante monitorear durante el mes la correcta facturaci\u00f3n para evitar problemas con la informaci\u00f3n prellenada del sistema de declaraciones del SAT. Por otro lado, invitamos a los lectores a mantenerse informados respecto a las nuevas obligaciones de los contribuyentes que tributen en el RESICO, para que cumplan con ellas y puedan continuar obteniendo esta facilidad.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 es RESICO?<\/h3>\n<p>Es el nuevo r\u00e9gimen fiscal del <strong>SAT<\/strong> que entr\u00f3 en <strong>vigencia el 01 Enero 2022 <\/strong>y ofrece muchas facilidades para los nuevos y actuales emprendedores, principalmente los que est\u00e1n registrados como personas f\u00edsicas, pero tambi\u00e9n aplica para las personas morales.<\/p>\n<h3>\u00bfQui\u00e9nes son obligados?<\/h3>\n<p>El RESICO est\u00e1 dirigido a las <strong>personas f\u00edsicas<\/strong> que realizan actividades empresariales, servicios profesionales y actividades primarias (AGAPES) con ingresos que no superen los <strong>3.5 millones de pesos al a\u00f1o<\/strong> y las <strong>personas morales<\/strong> tambi\u00e9n pueden acogerse a este nuevo r\u00e9gimen fiscal siempre y cuando los ingresos no superen los <strong>35 millones de pesos<\/strong>.<\/p>\n<p>Para identificar si es una persona f\u00edsica o una persona moral puedes realizarlo mediante su RFC de la siguiente manera:<\/p>\n<ul>\n<li>Personas f\u00edsicas el RFC contiene 13 caracteres.<\/li>\n<li>Personas morales el RFC contiene 12 caracteres.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Declaraci\u00f3n RESICO de persona fisica del SAT 2022 El nuevo r\u00e9gimen de confianza ya se encuentra vigente, por lo que el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) ha habilitado un \u201cSimulador de declaraciones de pagos mensuales y definitivos\u201d de ISR e IVA en su portal de internet. 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