{"id":15755,"date":"2026-08-10T12:47:55","date_gmt":"2026-08-10T18:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/conciliacion-fiscal-y-contable-ejemplos\/"},"modified":"2026-08-10T12:47:55","modified_gmt":"2026-08-10T18:47:55","slug":"conciliacion-fiscal-y-contable-ejemplos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/conciliacion-fiscal-y-contable-ejemplos\/","title":{"rendered":"Conciliaci\u00f3n fiscal y contable ejemplos"},"content":{"rendered":"<h1>Conciliaci\u00f3n fiscal y contable ejemplos<\/h1>\n<p>A continuaci\u00f3n te hablaremos acerca de la conciliaci\u00f3n contable y fiscal.\u00a0<\/p>\n<h4><strong>\u00bfQu\u00e9 es la conciliaci\u00f3n contable y fiscal?<\/strong><\/h4>\n<p>Todas las personas morales cuando presentan su declaraci\u00f3n anual para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), tienen la necesidad de hacer una conciliaci\u00f3n entre su resultado contable y fiscal, esto con la finalidad de que la informaci\u00f3n contable que tiene como base las normas de informaci\u00f3n financiera, pueda o no incorporar la informaci\u00f3n que se debe incluir o no agregar por la normatividad fiscal para poder calcular los impuestos.<\/p>\n<p>Por\u00a0 lo tanto, la conciliaci\u00f3n es una forma en la que se puede conciliar el resultado contable (financiero) con el resultado fiscal (base gravable) con la cual se debe tomar en cuenta al momento de calcular el impuesto anual, obteniendo como utilidad la verificaci\u00f3n de ambos resultados por medio de las partidas que se consideran y se excluyen en ambos resultados.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que es importante que la contabilidad financiera siga las al pie de la letra las Normas de Informaci\u00f3n Financiera, mejor conocidas como \u201cNIF\u201d, pues en ellas se determina la base para los registros contables y la presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n financiera. Dicha informaci\u00f3n nos ayuda al debido c\u00e1lculo de impuestos.<\/p>\n<p>Ahora te explicaremos los rubros que conforman la conciliaci\u00f3n, y las partidas que son m\u00e1s comunes en una conciliaci\u00f3n contable y fiscal.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p><strong>INGRESOS FISCALES NO CONTABLES<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>\u00a0<strong>INGRESOS CONTABLES NO FISCALES<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Ajuste anual por inflaci\u00f3n acumulable.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Anticipo de clientes.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Ganancia en la enajenaci\u00f3n de terreno y activo fijo.<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Anticipos de clientes de ejercicios anteriores.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Actualizaci\u00f3n de impuestos a favor.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Utilidad contable en venta de activo fijo.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p><strong>DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p><strong>DEDUCCI\u00d3NES CONTABLES NO FISCALES<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Ajuste anual por inflaci\u00f3n deducible.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Costo de lo vendido fiscal.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Deducci\u00f3n de inversiones.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  P\u00e9rdida en la enajenaci\u00f3n de terreno y activo fijo.<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Costo de venta contable<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Depreciaci\u00f3n y amortizaci\u00f3n contable.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  Gastos que no re\u00fanen requisitos fiscales.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  ISR y PTU.<\/p>\n<p>\u00b7 \u00a0 \u00a0  P\u00e9rdida contable en la enajenaci\u00f3n de activo fijo.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Estas fueron las principales partidas, ahora te explicaremos cada una a detalle:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ajuste anual por inflaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0 Dentro de la Ley de ISR, se considera como ingreso acumulable, como deducci\u00f3n autorizada a dicho ajuste, correspondiente a la diferencial entre el promedio de deudas y cr\u00e9ditos, lo obtenido se debe multiplicar por la inflaci\u00f3n del ejercicio, en donde si el resultado promedio de las deudas es mayor, ser\u00e1 un ajuste acumulable o deducible<\/li>\n<li><strong>Anticipos de clientes.<\/strong> Con fines fiscales, es considerado los ingresos percibidos cuando hablamos de enajenaci\u00f3n de bienes o prestaci\u00f3n de servicios, al momento de que se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestaci\u00f3n pactada, aun cuando provenga de anticipos.*1<\/li>\n<\/ul>\n<p>En cambio, hablando con fines contables, no es considerado un ingreso pues los cobros anticipados a cuenta de futuras ventas de productos o prestaci\u00f3n de servicios.*2<\/p>\n<p>Continuando, si es que se registra un anticipo en un determinado ejercicio fiscal, y al siguiente se factura, se le conocer\u00e1 como ingreso contable no fiscal.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Depreciaci\u00f3n y amortizaci\u00f3n de activos. <\/strong>Los activos fijos como por ejemplo, edificios, maquinaria, equipo de transporte o mobiliario, etc. Deben sufrir\u00a0 una p\u00e9rdida o deterioro en su vida \u00fatil, la cual se establecer\u00e1 de forma contable en relaci\u00f3n a los resultados o beneficios esperados. En cuesti\u00f3n de materia fiscal, se determinan porcentajes m\u00e1ximos de depreciaci\u00f3n anual dependiendo de la clasificaci\u00f3n de cada activo.<\/li>\n<li><strong>Ganancia o p\u00e9rdida en venta de activo. <\/strong>Cuando se calcula un deterioro contable y fiscalmente diferente, como consecuencia nos resultar\u00e1 una ganancia o p\u00e9rdida fiscal, tanto el valor en libros, como en papeles de trabajo.<\/li>\n<li><strong>Costo de venta.<\/strong> A veces puede ser un poco tedioso pues depende del sistema de costeo y m\u00e9todo de valuaci\u00f3n utilizado para los inventarios.<\/li>\n<li><strong>Gastos que no re\u00fanen requisitos fiscales. <\/strong>Hay ciertas obligaciones fiscales que si no se cumplen, se genera en un gasto en un no deducible para efectos de ISR. Aunque hablando financieramente, no existe una cuenta de no deducibles.\u00a0<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ya que vimos algunas de las partidas, como consiguiente surge la conciliaci\u00f3n aritm\u00e9tica que parte del resultado contable, al cual se le debe sumar todos los ingresos fiscales, las deducciones contables, y se les resta los ingresos contables y deducciones fiscales, es decir:<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\n<p><strong>RESULTADO CONTABLE<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\u00a0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>(+)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>INGRESOS FISCALES NO CONTABLES<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\u00a0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>(+)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\u00a0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>(-)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>INGRESOS CONTABLES NO FISCALES<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\u00a0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>(-)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p>DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\u00a0<\/td>\n<td>\u00a0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p>(=)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p><strong>RESULTADO FISCAL<\/strong><\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Cuando se presenta la declaraci\u00f3n anual, se debe realizar los papeles de trabajo que establecen las partidas anteriormente mencionadas, as\u00ed como es importante considerar la conciliaci\u00f3n del ejercicio inmediato anterior, para detectar si habr\u00e1 partidas que se tendr\u00e1n que reconocer en esta nueva declaraci\u00f3n del ejercicio 2016 y llegar a una base correcta para el pago de impuestos.<\/p>\n<p>[1] Art. 17 Fracci\u00f3n I, inciso c) de la LISR.<\/p>\n<p>[2] Normas de Informaci\u00f3n Financiera, Bolet\u00edn C-9, p\u00e1rrafo 26.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Conciliaci\u00f3n fiscal y contable ejemplos A continuaci\u00f3n te hablaremos acerca de la conciliaci\u00f3n contable y fiscal.\u00a0 \u00bfQu\u00e9 es la conciliaci\u00f3n contable y fiscal? 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