{"id":14620,"date":"2026-08-10T12:35:49","date_gmt":"2026-08-10T18:35:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/cfdi-sat-3-3\/"},"modified":"2026-08-10T12:35:49","modified_gmt":"2026-08-10T18:35:49","slug":"cfdi-sat-3-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/cfdi-sat-3-3\/","title":{"rendered":"CFDI SAT 3.3"},"content":{"rendered":"<h1>CFDI SAT 3.3<\/h1>\n<p><strong>Versi\u00f3n 3.2 (vigencia o convivencia)<\/strong><\/p>\n<p>A partir del 1 de diciembre del 2017, la unica versi\u00f3n v\u00e1lida para emitir las facturas electr\u00f3nicas ser\u00e1 la versi\u00f3n 3.3 Publicaci\u00f3n oficial del SAT <br \/>Convivencia <\/p>\n<p>A partir del 1 de Julio del 2017 entra en vigor la versi\u00f3n 3.3 de la factura electr\u00f3nica. No obstante, los contribuyentes podr\u00e1n continuar emitiendo facturas en la versi\u00f3n 3.2 hasta el 30 de Noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturaci\u00f3n.\u00a0<br \/><strong><br \/><\/strong><br \/><strong>Versi\u00f3n 3.3 (entrada en vigor del comprobante)<\/strong><\/p>\n<p>Entrada en vigor <\/p>\n<p>El SAT oficialmente ha publicado en su pagina del SAT como el 1 de julio de 2017. La factura electr\u00f3nica y el timbrado ser\u00e1 versi\u00f3n 3.3 La publicaci\u00f3n viene acompa\u00f1ada con la documentacion t\u00e9cnica que especifica la estructura, forma y sintaxis que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), vigente a partir del 1 de julio del 2017 y establece el est\u00e1ndar tecnol\u00f3gico bajo el cual se debe emitir. Adicionalmente publica las Gu\u00edas de llenado y Cat\u00e1logos del comprobante. La referencia publicada oficialmente: Anexo 20 versi\u00f3n 3.3 del SAT.<\/p>\n<p><strong><br \/><\/strong><br \/><strong>El nuevo CFDI 3.3<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los principales cambios de la versi\u00f3n ser\u00e1 sobre la estructura y formaci\u00f3n del XML. Esta estructura cambia de manera importante, se han eliminado un total de 40 atributos en las etiquetas y se han a\u00f1adido un total de 20 etiquetas nuevas incorporando el nacimiento de la versi\u00f3n 3.3. <\/p>\n<p>El reto es el llenado o &#8220;poblado&#8221; de informacion en la nueva estructura a partir de informaci\u00f3n contenida en los nuevos cat\u00e1logos. Uno de los impactos importantes es aplicar calculos aritm\u00e9ticos para llenado de algunas etiquetas cuyo contenido sean importes. Como se ha indicado la nueva estructura reta al llenado o &#8220;poblado&#8221; correcto de los datos. Los catalogos permitiran que la informacion proporcionada por los contribuyentes sea homog\u00e9nea. <\/p>\n<p>Recomendamos familiarizarse con los nuevos cat\u00e1logos publicados por el SAT, los programas de factura electr\u00f3nica y la informaci\u00f3n generada por los ERP deber\u00e1n de ser capaces de alimentar esta informaci\u00f3n para el cumplimiento de la estructura.Tambien los programas deber\u00e1n aplicar las reglas de validaci\u00f3n y de calculo al momento de la emisi\u00f3n del Cfdi versi\u00f3n 3.3Ahora no se permitiran valores cero y tampoco valores negativos, se adicionan 2 tipos de comprobantes, la serie y el folio vuelven a formar parte de la cadena original y se actualizar\u00e1 el QR. <\/p>\n<p>Existir\u00e1 un proceso de confirmaci\u00f3n para los importes no congruentes y tipo de cambio fuera de rango. Asignaci\u00f3n de la clave de confirmaci\u00f3n por parte del PAC. <\/p>\n<p>El receptor asegura la generaci\u00f3n de CFDI con estas caracter\u00edsticas.El uso de zonas horarias, estar\u00e1 basado de acuerdo al c\u00f3digo postal del EMISOR, los conceptos deben asociarse a una clave de producto o servicio, los conceptos deben asociarse a una clave de unidad de medida estandarizada, a cada concepto se le calcular\u00e1 los descuentos e impuestos correspondientes a nivel partida.Nacen nuevas actividades adicionales como la emisi\u00f3n del Cfdi con el complemento de recepci\u00f3n de pago, existiran 4 maneras para cancelar un Cfdi y un proceso de confirmaci\u00f3n para cuando se lleguen a timbrar Cfdi con importes de montos elevados.<\/p>\n<p><strong>Los nuevos cat\u00e1logos del SAT para la versi\u00f3n 3.3<\/strong><\/p>\n<p><strong>Nuevos cat\u00e1logos <\/strong><\/p>\n<p>Se han definido un total de 17 cat\u00e1logos para que sean integrados al momento de llenar o poblar de datos el XML en la versi\u00f3n 3.3, el objetivo que se persigue es que la informaci\u00f3n generada sea homogenea por todos los contribuyentes en conjunto. Estos cat\u00e1logos estan sujetos para reglas de validaci\u00f3n, para la estandarizaci\u00f3n unica de las descripciones y los tipos de datos. <\/p>\n<p>El contribuyente deber\u00e1 poner atenci\u00f3n a los catalogos ClaveProdServ y ClaveUnidad una de las actividades esenciales ser\u00e1 que el contribuyente deba relacionar estos a los productos y servicios registrados actualmente en sus sistemas ERP y el software de uso de factura electronica en versi\u00f3n 3.3, a continuaci\u00f3n se enmumeran los nuevos cat\u00e1logos del sat versi\u00f3n 3.3 <\/p>\n<p>1. Aduana 2. ClaveProdServ 3. ClaveUnidad 4. CodigoPostal 5. FormaPago 6. Impuesto 7. MetodoPago 8. Moneda 9. NumPedimentoAduana 10. Pais 11. PatenteAduanal 12. RegimenFiscal 13. TasaOCuota 14. TipoDeComprobante 15. TipoFactor 16. TipoRelacion 17. UsoCFDI\u00a0<br \/><strong><br \/><\/strong><br \/><strong>Relacionar los CFDI 3.3<\/strong><br \/><strong>Comprobantes relacionados <\/strong><\/p>\n<p>Se implementa un nodo opcional con diferentes atributos para precisar informaci\u00f3n de los comprobantes relacionados con el CFDI en cuesti\u00f3n. Los atributos son por ejemplo: tipo de relaci\u00f3n que existe entre el CFDI y el (los) previos y UUID de CFDI relacionado.Atributo opcional para registrar el folio fiscal (UUID) de un CFDI relacionado con el presente comprobante, por ejemplo: Si el CFDI relacionado es un comprobante de traslado que sirve para registrar el movimiento de la mercanc\u00eda. Si este comprobante se usa como nota de cr\u00e9dito o nota de d\u00e9bito del comprobante relacionado. Si este comprobante es una devoluci\u00f3n sobre el comprobante relacionado. Si \u00e9ste sustituye a una factura cancelada.<\/p>\n<p><strong>Cuando emitir complemento recepci\u00f3n de pagos<\/strong><br \/><strong>Complemento recepci\u00f3n de pagos <\/strong><\/p>\n<p>El complemento de recepci\u00f3n de pagos da vida a una nueva manera de operar y registrar las operaciones que tenga la empresa o negocio, debido a que este complemento se podr\u00e1 utilizar \u00fanicamente cuando el pago sea efectuado despu\u00e9s de haber emitido la factura y cuando ya se haya confirmado el pago en la cuenta, de esta manera el contribuyente al emitir un complemento de recepci\u00f3n de pago estar\u00e1 declarando conoce al 100% el m\u00e9todo pago de dicho comprobante y que ya fue cubierto el importe del comprobante. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s una de sus funciones principales es la de identificar las operaciones realizadas por transferencia y agregar el n\u00famero de autorizaci\u00f3n de la operaci\u00f3n; esto quiere decir que ya no se podr\u00e1 relacionar el pago con los \u00faltimos 4 d\u00edgitos de la cuenta, sino ahora se deber\u00e1 indicar el n\u00famero de autorizaci\u00f3n o el n\u00famero de operaci\u00f3n del movimiento, con el fin de poder identificar de una manera exacta el pago para hacerlo m\u00e1s claro y transparente.De modo que si tu comprobante fue emitido en parcialidades, deber\u00e1s realizar un complemento de pago por cada pago que la empresa reciba y desde luego haciendo referencia al UUID o comprobante fiscal.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Opciones para Cancelaci\u00f3n de CFDI 3.3<\/strong><br \/><strong>4 formas de cancelar un CFDI 3.3 <br \/><\/strong> <br \/>1.- Con solicitud de autorizaci\u00f3n por parte del proveedor <br \/>2.- Sin autorizaci\u00f3n <br \/>3.- Nota de cr\u00e9dito <br \/>4.- Por sustituci\u00f3n (trat\u00e1ndose de CFDI\u2019s con complemento de recepci\u00f3n de pago) <\/p>\n<p>Aquellos comprobantes que hayan sido pagados parcial o totalmente, no podr\u00e1n ser cancelados, aunque de ser incorrectos podr\u00e1n realizarse correcciones, pero no ser\u00e1 mediante el mecanismo de cancelaci\u00f3n sino por medio de la sustituci\u00f3n del comprobante; Trat\u00e1ndose de comprobantes que se emitan y ya cuentan con un CFDI relacionado con complementos de pagos, la \u00fanica forma con la que podr\u00e1 \u201ccancelar\u201d es a trav\u00e9s de comprobantes de egresos (Notas de cr\u00e9dito) ya sea por devoluci\u00f3n, descuento, entre otros. <\/p>\n<p>Cancelaci\u00f3n por solicitud de autorizaci\u00f3n <br \/>Se refiere a el env\u00edo de una solicitud v\u00eda buz\u00f3n tributario al receptor para comenzar la solicitud de la cancelaci\u00f3n del comprobante y que la contraparte acepte la cancelaci\u00f3n. <\/p>\n<p>Cancelaci\u00f3n sin autorizaci\u00f3n <br \/>Puede realizarse la cancelaci\u00f3n sin solicitar su autorizaci\u00f3n <\/p>\n<p>Nota de Cr\u00e9dito <br \/>Trat\u00e1ndose de comprobantes que se emitan y ya cuentan con un CFDI relacionado con complementos de pagos, la \u00fanica forma con la que podr\u00e1 \u201ccancelar\u201d es a trav\u00e9s de comprobantes de egresos (Notas de cr\u00e9dito) ya sea por devoluci\u00f3n, descuento, entre otros. <\/p>\n<p>Por sustituci\u00f3n <br \/>Si nos referimos a comprobantes que incorporen el complemento para recepci\u00f3n de pagos, el mecanismo para aplicar correcciones ser\u00e1 mediante sustituci\u00f3n, es decir, la emisi\u00f3n de un nuevo comprobante con los datos correctos, e incluir\u00e1 los datos del UUID (folio fiscal) que est\u00e1 sustituyendo.<\/p>\n<p><strong>Confirmaci\u00f3n de montos incongruentes o elevados<\/strong><br \/><strong>Proceso de confirmaci\u00f3n de timbrado CFDI 3.3 <br \/><\/strong> <br \/>Durante un estudio realizado por el SAT en el a\u00f1o 2015, identific\u00f3 que algunos contribuyentes caen en la mira del SAT por operaciones a las que se les atribuye el conocido \u201cError de dedo\u201d ya que en estos comprobantes se muestran cifras que pudieran llegar a ser ruidosas para cualquier persona. <\/p>\n<p>Debido a esto el SAT decidi\u00f3 poner cartas sobre este asunto, lanzando en esta nueva versi\u00f3n de Facturaci\u00f3n Electr\u00f3nica CFDI 3.3 la confirmaci\u00f3n de montos mayores a 20 millones de pesos para ingresos y 400 mil pesos en adelante para la n\u00f3mina. Es importante se\u00f1alar que estos montos podr\u00e1n ser configurados ante el SAT, debido a que, si las operaciones diarias de su negocio son mayores a estas cantidades, se deber\u00e1 establecer un monto diferente para estas empresas y as\u00ed evitar las solicitudes de confirmaci\u00f3n por cada comprobante que la misma emita sobre estas cantidades. <\/p>\n<p>Aunque el SAT a\u00fan no ha revelado exactamente cu\u00e1l va a ser el proceso correcto a seguir sobre esta instancia, sabemos que bastar\u00e1 con ponerse en contacto con el SAT para realizar dicha configuraci\u00f3n.\u00a0<\/p>\n<p><strong>El impacto en los sistemas ERP y la versi\u00f3n 3.3<br \/>Que debes saber sobre el impacto en los sistemas ERP <\/strong><\/p>\n<p>Una de las herramientas m\u00e1s utilizadas en el mundo de la industria empresarial y corporativa, son los ERP, sistemas que permiten realizar operaciones y arrojar informaci\u00f3n sobre toda la parte administrativa y operacional de cualquier tipo de negocio; entregando reportes y estad\u00edsticas que se vuelven una herramienta clave para los puestos directivos y gerenciales de las empresas. <\/p>\n<p>En dichos sistemas se encuentra la comunicaci\u00f3n total entre lo que es la operaci\u00f3n del negocio, relacionada directamente con la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica, recibos de n\u00f3mina, contabilidad electr\u00f3nica, validaci\u00f3n de cualquier tipo de comprobante entre otras soluciones para las cuales, las soluciones de EDIFACTMX se conectan, creando una comunicaci\u00f3n directa para la emisi\u00f3n de la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica. <\/p>\n<p>Al momento de realizar cambios en el Anexo 20 y espec\u00edficamente hablando de todos los cambios que implica esta nueva facturaci\u00f3n electr\u00f3nica que dara vida a el CFDI Versi\u00f3n 3.3; podemos decir que se vuelve un trabajo importante al momento de comenzar con las diferentes reglas de validaci\u00f3n que ahora el sistema debe de procesar para que sus comprobantes puedas ser certificados, adem\u00e1s por la parte del alta de todos los cat\u00e1logos se ha hecho una versi\u00f3n m\u00e1s robusta y completa. <\/p>\n<p>Para los clientes o corporativos que cuentan con la versi\u00f3n actual del CFDI, debemos mencionar que ser\u00e1 de suma importancia, por no decir vital, que se hagan estos cambios tanto en las validaciones como en los cat\u00e1logos para poder seguir emitiendo la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica, debido a que esta nueva versi\u00f3n se basar\u00e1 en cat\u00e1logos y dejar\u00e1 a un lado los campos abiertos de informaci\u00f3n.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Si eres nuestro cliente no hay que preocuparse <\/strong><\/p>\n<p>En EdifactMx ponemos a su alcance un f\u00e1cil y r\u00e1pido layout en XML que cumple con todas las reglas y condiciones para que su ERP emita CFDI en versi\u00f3n 3.3 a tiempo. Adem\u00e1s EDIFACTMX asignar\u00e1 un ingeniero especializado que le apoyar\u00e1 para una exitosa migraci\u00f3n de CFDI 3.2 a CFDI 3.3. El cliente deber\u00e1 preparar la informaci\u00f3n generando un archivo en formato XML, como m\u00e9todo de interfaz que permita la emisi\u00f3n de CFDI v3.3 y complemento de recepci\u00f3n de pagos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1les\u00a0son los beneficios de la Facturaci\u00f3n CDFI versi\u00f3n 3.3 <\/strong><\/p>\n<p>Uno de los principales objetivos del SAT, es la implementaci\u00f3n de la nueva facturaci\u00f3n electr\u00f3nica en su versi\u00f3n 3.3 del CFDI, versi\u00f3n que consiste en mejorar el proceso de informaci\u00f3n que se requiere para la emisi\u00f3n de un comprobante. Dicha versi\u00f3n cuenta con ventajas y beneficios que aplican directamente a las entes involucradas como lo son los Contribuyentes, los proveedores de certificaci\u00f3n y por supuesto al mismo SAT. <\/p>\n<p>SAT <br \/>Beneficio = Mejor control de informaci\u00f3n, junto con incorporaci\u00f3n de informaci\u00f3n relevante de calidad. Reto = La implementaci\u00f3n de todos los cambios aplicados en el anexo 20 que dan vida al CFDI 3.3 <\/p>\n<p>PAC (PROVEEDOR AUTORIZADO DE CERTIFICACI\u00d3N) <br \/>Beneficio = Acercamiento del contribuyente por ser un proveedor autorizador de certificaci\u00f3n del SAT. Reto= Ayudar, encaminar e implementar la nueva versi\u00f3n al contribuyente; entregando informaci\u00f3n valiosa y de f\u00e1cil comprensi\u00f3n para su operaci\u00f3n en la nueva versi\u00f3n siendo su mejor soluci\u00f3n fiscal. <\/p>\n<p>CONTRIBUYENTES <br \/>Beneficios = Mejores procesos en sus operaciones de una manera transparente y ordenada Reto =La adaptaci\u00f3n a los nuevos procesos que solicita el SAT para la nueva versi\u00f3n de Facturaci\u00f3n Electr\u00f3nica CFDI 3.3<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CFDI SAT 3.3 Versi\u00f3n 3.2 (vigencia o convivencia) A partir del 1 de diciembre del 2017, la unica versi\u00f3n v\u00e1lida para emitir las facturas electr\u00f3nicas ser\u00e1 la versi\u00f3n 3.3 Publicaci\u00f3n oficial del SAT Convivencia A partir del 1 de Julio del 2017 entra en vigor la versi\u00f3n 3.3 de la factura electr\u00f3nica. 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