{"id":13477,"date":"2026-08-10T12:23:36","date_gmt":"2026-08-10T18:23:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/a-cuanto-equivale-el-isr\/"},"modified":"2026-08-10T12:23:36","modified_gmt":"2026-08-10T18:23:36","slug":"a-cuanto-equivale-el-isr","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edifact.com.mx\/blog\/a-cuanto-equivale-el-isr\/","title":{"rendered":"A cu\u00e1nto equivale el ISR"},"content":{"rendered":"<h1>A cu\u00e1nto equivale el ISR<\/h1>\n<p>\u00bfA cu\u00e1nto equivale el ISR?<\/p>\n<p>Lo primero que debemos conocer es que es el ISR. Es un impuesto que tiene como objetivo gravar los ingresos percibidos por un trabajador y que incrementan el patrimonio de un contribuyente.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9nes deben pagarlo?<\/p>\n<p>La ley del Impuesto Sobre la Renta menciona que las personas f\u00edsicas o morales est\u00e1n obligadas al pago del ISR en los siguientes casos:<\/p>\n<ul>\n<li>Los residentes en M\u00e9xico respecto de todos los ingresos, cualquiera que sea la ubicaci\u00f3n de la fuente de riqueza de donde procedan.<\/li>\n<li>Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el pa\u00eds, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento.<\/li>\n<li>Los residentes en\u00a0 el\u00a0 extranjero,\u00a0 respecto\u00a0 de\u00a0 los\u00a0 ingresos\u00a0 procedentes\u00a0 de\u00a0 fuentes\u00a0 de\u00a0 riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el pa\u00eds, o cuando teni\u00e9ndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a \u00e9ste.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Existen algunos mecanismos y beneficios para evitar la doble tributaci\u00f3n en el caso de los extranjeros establecidos en territorio mexicano y de mexicanos establecidos en territorio extranjero, as\u00ed como una serie de obligaciones que est\u00e1n definidas claramente en la ley con las cuales, si hay que cumplir fiscalmente, pero es un tema amplio que podemos abordar en otro art\u00edculo\u2026<\/p>\n<p>En este lo que nos interesa es conocer cuanto debemos pagar por ese impuesto y a continuaci\u00f3n lo vamos a descubrir, aunque de antemano te adelanto que es muy variable ese dato, ya veremos porque\u2026<\/p>\n<p>La ley del ISR menciona en el art\u00edculo 9 que las personas morales deber\u00e1n calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%, sin embargo, no solamente por ese concepto se paga el impuesto sobre la renta, ni es el \u00fanico porcentaje establecido, ni son los \u00fanicos obligados. Si cuentas con un RFC y est\u00e1s en cualquiera de los supuestos que menciona la ley en su art\u00edculo 1, estar\u00e1s sujeto al pago de este impuesto y mencionamos una serie de ingresos que sin bien no pertenecen a un mismo r\u00e9gimen a todas se les grava.<\/p>\n<ol>\n<li>Salarios, honorarios, remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes.<\/li>\n<li>Arrendamiento de inmuebles y muebles.<\/li>\n<li>Contratos de servicio tur\u00edstico de tiempo compartido, enajenaci\u00f3n de acciones; arrendamiento financiero; regal\u00edas, asistencia t\u00e9cnica y publicidad; intereses; premios.<\/li>\n<li>Actividades art\u00edsticas, deportivas o espect\u00e1culos p\u00fablicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos.<\/li>\n<li>Dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales.<\/li>\n<li>Venta de bienes inmuebles; construcci\u00f3n de obras, instalaci\u00f3n, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspecci\u00f3n o supervisi\u00f3n y otros ingresos.<\/li>\n<li>Ingresos por comercializaci\u00f3n o fabricaci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n<p>Finalmente, para concluir con el tema, es necesario conocer que los porcentajes de impuesto sobre la renta a pagar var\u00edan normalmente desde el 1.9% hasta el 35% mensual y se le conoce como retenci\u00f3n provisional, incluso en algunos casos muy puntuales puede ser mayor.<\/p>\n<p>Para determinar el porcentaje de retenci\u00f3n se utiliza una tabla de l\u00edmite inferior y superior, esta tabla establece un rango de ganancias y les va aplicando un porcentaje, el cual va ascendiendo a medida que los ingresos lo hacen, es decir; mientras m\u00e1s ganas, m\u00e1s aportas a este impuesto.<\/p>\n<p>Lo anterior no debe ser un motivo para no querer declarar ingresos y por ende no pagar la cantidad que corresponda de ISR. Vale la pena mencionar que le riesgo de incurrir en un incumplimiento al momento de reportar el pago de ISR puede ser motivo de una sanci\u00f3n severa por parte de la autoridad y que esta precisa tambi\u00e9n algunas cuestiones en el caso de que un contribuyente se dedique a m\u00e1s de una de las actividades mencionadas en la ley que gravan diferente porciento de ISR, por lo tanto, si bien l<strong>a tabla de retenci\u00f3n se puede consultar en la p\u00e1gina del SAT (Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria)<\/strong>, lo ideal es consultar a un experto en temas fiscales para determinar con exactitud y poder cumplir lo establecido sin preocupaciones o si pretendes adentrarte en el mundo fiscal, tomar algunos cursos y estudiar la ley de este impuesto, as\u00ed como tratar de estar informado de cualquier nueva publicaci\u00f3n que exista donde se haya adicionado o reformado alg\u00fan art\u00edculo de la ley.<\/p>\n<p>Ya en el ejercicio del cumplimiento propiamente, conociendo bien todos los porcentajes que debes aplicar para declarar el ISR, al momento de hacerlo; lo recomendado es contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificaci\u00f3n y por medio de sus sistemas ingresar la informaci\u00f3n para el timbrado de la factura correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A cu\u00e1nto equivale el ISR \u00bfA cu\u00e1nto equivale el ISR? 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